2014
07
00
00
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
P
2014
07
03
00
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
P
2014
07
03
02
FONDO DE ADMINISTRACIÓN PESQUERO (01)
01
P
070302
1
INGRESOS
5163573
0
I
P
070302
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
4521416
0
I
P
070302
3
05
- 02
Del Gobierno Central
4521416
0
I
P
070302
4
05
- 02
001
Subsecretaría de Pesca- Programa 01
4521416
0
I
P
070302
5
09
APORTE FISCAL
642157
0
I
P
070302
6
09
- 01
Libre
642157
0
I
P
070302
7
GASTOS
5163573
0
G
P
070302
8
21
GASTOS EN PERSONAL
201818
0
G
02
P
070302
9
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
97723
0
G
03
P
070302
10
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
4861869
0
G
P
070302
11
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
4861869
0
G
P
070302
12
24
- 03
002
Cumplimiento Art. 173 Ley N° 18.892
4861869
0
G
04
P
070302
13
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
2163
0
G
P
070302
14
29
- 07
Programas Informáticos
2163
0
G
05
P
070302
01
La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura deberá entregar a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos, a más tardar el 15 de febrero de 2014,un informe en detalle
sobre el estado de avance de la meta "Implementación del Fondo de Administración
Pesquera y de Fomento de la Pesca para el Desarrollo de la Pesca de la región de
la Araucanía", en el período 2010-2013, asociado al tercer objetivo del Eje Economía
y Desarrollo Productivo del Plan Araucanía, debido a que durante el 2014 se deberían alcanzar las metas propuestas.
070302
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 4
El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter
directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada
del jefe de servicio, en la que deberá precisarse las referidas
funciones.
Con todo, dicho personal no podrá exceder de 2 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 3.386
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional en Miles de $ 6.189
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 97.952
070302
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N°18.575
- Miles de $ 1.793
070302
04
Con cargo a estos recursos, y sin perjuicio de la ejecución de programas
y proyectos por medio de transferencias a organismos e instituciones del
sector público, previa suscripción de convenios, se podrán desarrollar
directamente licitaciones, suscribir contratos y efectuar transferencias
directas a particulares beneficiarios, todo ello, según programas y
proyectos que el Consejo acuerde desarrollar en el marco de los objetivos
previstos por el artículo 173 de la Ley N° 18.892 para el Fondo de
Administración Pesquero.
Las transferencias de recursos a organismos e instituciones del sector
público no se incorporarán a sus presupuestos, sin perjuicio de lo cual deberán
rendir cuenta de su utilización a la Contraloría General de la República.
Trimestralmente la Dirección Ejecutiva del FAP remitirá a la Dirección
de Presupuestos, un informe detallado del gasto ejecutado con apertura
regional, y por componentes financiados, así como una consolidación para
el conjunto de los convenios que se hayan suscrito.
Asimismo, se publicará dicho informe, al término de cada trimestre en la
página web.
En caso que existan recursos transferidos como apoyo social a la crisis
pesquera, sean estos como capacitación, becas de estudio o cualquiera otra,
se deberá informar en la página web del servicio sobre los montos y
destinatarios de estos recursos, además de acreditar mediante documentos
escritos los servicios involucrados.
070302
05
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.