2014
20
00
00
MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
P
2014
20
01
00
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
P
2014
20
01
01
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO (01,09)
01,09
P
200101
1
INGRESOS
15234994
0
I
P
200101
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
69850
0
I
P
200101
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
58595
0
I
P
200101
4
08
- 99
Otros
11255
0
I
P
200101
5
09
APORTE FISCAL
15145209
0
I
P
200101
6
09
- 01
Libre
14860996
0
I
P
200101
7
09
- 03
Servicio de la Deuda Externa
284213
0
I
P
200101
8
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
14935
0
I
P
200101
9
10
- 03
Vehículos
14935
0
I
P
200101
10
15
SALDO INICIAL DE CAJA
5000
0
I
P
200101
11
GASTOS
15234994
0
G
P
200101
12
21
GASTOS EN PERSONAL
6857314
0
G
02
P
200101
13
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
2297281
0
G
03
P
200101
14
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
5562316
0
G
P
200101
15
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
5562316
0
G
04
P
200101
16
24
- 03
313
División de Organizaciones Sociales
1144453
0
G
05,06
P
200101
17
24
- 03
314
Secretaría de Comunicaciones
1039618
0
G
P
200101
18
24
- 03
315
Seguimiento de Políticas Públicas y Gestión Institucional
857394
0
G
06
P
200101
19
24
- 03
316
Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Regionales, Provinciales y Comunales
1200094
0
G
06
P
200101
20
24
- 03
318
Fondo de Fortalecimiento de Organizaciones y Asociaciones de Interés Público (Ley N° 20.500)
1320757
0
G
06,07
P
200101
21
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
231870
0
G
P
200101
22
29
- 03
Vehículos
63008
0
G
P
200101
23
29
- 04
Mobiliario y Otros
28028
0
G
P
200101
24
29
- 05
Máquinas y Equipos
5389
0
G
P
200101
25
29
- 06
Equipos Informáticos
80340
0
G
P
200101
26
29
- 07
Programas Informáticos
55105
0
G
08
P
200101
27
34
SERVICIO DE LA DEUDA
285213
0
G
P
200101
28
34
- 02
Amortización Deuda Externa
182450
0
G
P
200101
29
34
- 04
Intereses Deuda Externa
101763
0
G
P
200101
30
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
200101
31
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
200101
01
Dotación Máxima de Vehículos 35
200101
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 418
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
de la Ley N°18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta
dotación.
El personal a contrata podrá desempeñar las funciones de carácter direc-
tivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe
de Servicio, en la que deberá precisarse, en todo caso, las referidas
funciones. Dicho personal no podrá exceder de 25 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 133.404
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 58.808
- En el Exterior en Miles de $ 3.647
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 1.043.822
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 21
- Miles de $ 294.772
200101
03
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 32.494
b) Los resultados de estudios, encuestas y sondeos de opinión pública que
se financien con estos recursos, de ser solicitados, deberán ser
proporcionados a los medios de difusión y a quien lo solicite en un
plazo no superior a los veinte días hábiles, salvo que la autoridad
ministerial los defina como parte de su análisis político estratégico.
Asimismo, trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al
término del respectivo período, la Secretaría General de Gobierno, in-
formará de los estudios, encuestas y sondeos de opinión pública que
efectúe con cargo a este subtítulo, precisando el área en que se desa-
rrollaron las precitadas actividades, sus características técnicas, la
entidad que se adjudicó su realización y el costo asociado a las mismas.
200101
04
Con cargo a estos recursos se podrán financiar todo tipo de gastos,
incluidos los de personal, para la ejecución de programas y actividades de
acuerdo con lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 1992,
del Ministerio Secretaría General de Gobierno. Los montos de gastos en
personal que se financien serán los siguientes: División de Organizaciones
Sociales, hasta $ 701.634 miles ; Secretaría de Comunicaciones, hasta
$ 898.770 miles; Seguimiento de Políticas Públicas y Gestión Institucional,
hasta $ 758.867 miles; Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Regiona-
les, Provinciales y Comunales, hasta $ 29.676 miles y Fondo de Fortaleci-
miento de Organizaciones y Asociaciones de Interés Público, hasta $ 24.589
miles. Trimestralmente se informará detalladamente a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos acerca del gasto en personal incurrido con cargo a
estas transferencias, debiéndose igualmente publicar dichas contrataciones
en el banner de Gobierno Transparente del Ministerio de la Secretaría
General de Gobierno, especificando en cada caso la entidad ejecutora del
programa por medio de la cual se materializó la contratación.
200101
05
Incluye $ 286.680 miles para el programa de apoyo a organizaciones
sociales.
Trimestralmente, dentro de los 30 días siguientes al término del trimestre
respectivo, el Ministerio Secretaría General de Gobierno deberá informar a
la Comisión Especial Mixta de Presupuestos las actividades desarrolladas
con cargo a esta transferencia, indicando la organización social benefi-
ciaria, la actividad financiada y el monto asignado en cada caso.
200101
06
La Subsecretaría deberá informar trimestralmente a través de su página
web, de la aplicación de los recursos de esta asignación, especificando
las características de los programas realizados, el monto utilizado y
su ejecutor.
Además, dicha información deberá remitirse electrónicamente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos, en igual periodicidad.
El Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Regionales, Provinciales y
Comunales destinará el 50% de los recursos autorizados para el año 2014 a
programas regionales.
200101
07
Será incompatible ser miembro del Consejo del Fondo y miembro de las
organizaciones que postulen proyectos a tal Fondo.
Incluye también recursos para proyectos de carácter comunal y local, adju-
dicados previa realización de uno o más concursos públicos, conforme a las
bases que el Ministerio formule.
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08
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.
200101
09
El Ministerio Secretaría General de Gobierno realizará un estudio que
establezca la mejor alternativa ministerial para el funcionamiento de
la División de Organizaciones Sociales.