2014
21
00
00
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
P
2014
21
06
00
CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA
P
2014
21
06
01
CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA (01,02)
01,02
P
210601
1
INGRESOS
75151441
0
I
P
210601
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
190522
0
I
P
210601
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
188192
0
I
P
210601
4
08
- 99
Otros
2330
0
I
P
210601
5
09
APORTE FISCAL
74954799
0
I
P
210601
6
09
- 01
Libre
70890482
0
I
P
210601
7
09
- 03
Servicio de la Deuda Externa
4064317
0
I
P
210601
8
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
4120
0
I
P
210601
9
10
- 03
Vehículos
4120
0
I
P
210601
10
15
SALDO INICIAL DE CAJA
2000
0
I
P
210601
11
GASTOS
75151441
0
G
P
210601
12
21
GASTOS EN PERSONAL
7780583
0
G
03
P
210601
13
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
1298828
0
G
04
P
210601
14
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
12710265
0
G
05
P
210601
15
24
- 01
Al Sector Privado
7982013
0
G
P
210601
16
24
- 01
576
Fondo de Desarrollo Indígena
5972598
0
G
06,07,08
P
210601
17
24
- 01
579
Fondo de Cultura y Educación Indígena
1189151
0
G
06
P
210601
18
24
- 01
589
Protección del Medio Ambiente y Recursos Naturales
55983
0
G
P
210601
19
24
- 01
599
Consulta a los Pueblos Indígenas
764281
0
G
09
P
210601
20
24
- 02
Al Gobierno Central
3540207
0
G
P
210601
21
24
- 02
003
Instituto de Desarrollo Agropecuario
3540207
0
G
10
P
210601
22
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
1188045
0
G
P
210601
23
24
- 03
889
Instrumentos Cofinanciados de Apoyo al Fondo de Desarrollo Indígena
676753
0
G
06,11
P
210601
24
24
- 03
999
Programa de Apoyo al Fondo de Cultura y Educación Indígena
511292
0
G
06,11
P
210601
25
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
115969
0
G
P
210601
26
29
- 03
Vehículos
29727
0
G
P
210601
27
29
- 04
Mobiliario y Otros
22176
0
G
P
210601
28
29
- 06
Equipos Informáticos
22866
0
G
P
210601
29
29
- 07
Programas Informáticos
41200
0
G
12
P
210601
30
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
49179479
0
G
13
P
210601
31
33
- 01
Al Sector Privado
45216211
0
G
P
210601
32
33
- 01
043
Fondo de Tierras y Aguas Indígenas
44447473
0
G
06,14,15
P
210601
33
33
- 01
044
Gastos Asociados de Administración
768738
0
G
P
210601
34
33
- 02
Al Gobierno Central
3197681
0
G
P
210601
35
33
- 02
003
Instituto de Desarrollo Agropecuario
3197681
0
G
10
P
210601
36
33
- 03
A Otras Entidades Públicas
765587
0
G
P
210601
37
33
- 03
999
Programa de Apoyo al Fondo de Tierras y Aguas Indígenas
765587
0
G
06,11
P
210601
38
34
SERVICIO DE LA DEUDA
4066317
0
G
P
210601
39
34
- 02
Amortización Deuda Externa
2966509
0
G
P
210601
40
34
- 04
Intereses Deuda Externa
1097808
0
G
P
210601
41
34
- 07
Deuda Flotante
2000
0
G
P
210601
01
Dotación máxima de vehículos : 19
210601
02
CONADI deberá entregar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, trimes-
tralmente, un informe en detalle en el Eje Indígena del Plan Araucanía.
Se deberá entregar, además, trimestralmente un informe en detalle que señale
el estado de avance de las nueve metas establecidas en el Eje Indígena del
Plan Araucanía.
210601
03
Incluye:
a) Dotación máxima de personal : 447
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo
10 de la Ley Nº 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos
en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ : 7.585
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional, en Miles de $ : 196.577
- En el exterior, en Miles de $ : 5.151
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ : 18.547
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas : 8
- Miles de $ : 64.098
f) Aplicación artículos 43, 46 y 68 de la Ley Nº 19.253
210601
04
Incluye:
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ : 25.660
b) Aplicación artículos 43, 46 y 68 de la Ley Nº 19.253
210601
05
La individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos y de las
personas o entidades ejecutoras, los montos asignados y la modalidad de
asignación deberán ser informados trimestralmente a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos dentro de los treinta días siguientes al término del
respectivo trimestre.
210601
06
La distribución se efectuará por resolución del Servicio, con visación de la
Dirección de Presupuestos, la que podrá ser dictada a contar de la fecha
de publicación de esta ley.
La Corporación Nacional de Desarrollo Indígena deberá informar trimestralmente
a la Comisión Mixta de Presupuestos tanto la nómina de beneficiarios como su
metodología de elección y actividades realizadas con estos recursos.
Se deberá entregar trimestralmente, además, un informe en detalle que señale el
estado de avance del Proceso Operativo para lograr Habitabilidad de las Tierras Traspasadas en la región de la Araucanía, referidas en la meta del Plan Araucanía
al 2014.
210601
07
Con cargo a estos recursos se podrán desarrollar los planes especiales a que
se refiere el artículo 23 de la Ley N°19.253.
210601
08
Con cargo a esta asignación se podrán focalizar recursos para financiar activi-
dades de atención de las comunidades indígenas que no fueron atendidas por los
Programas Orígenes I y II.
Las actividades se determinarán con el trabajo que se realice en terreno con
las comunidades beneficiadas a través de las denominadas Unidades de Planifica-
ción que administrarán un Fondo de recursos para la ejecución de las mismas.
Asimismo, para estas comunidades se podrán contemplar recursos para asistencias
técnicas, para lo cual se establecerá un registro de consultores, conformado
por personas jurídicas y naturales.
La ejecución de estas actividades estará a cargo de personal contratado para
este fin a quienes se les otorgará la calidad de Agente Público.
Para la realización de estas actividades el gasto de administración será de
hasta $720.505 miles, incluido gasto en personal hasta $ 613.195 miles.
Adicional a la dotación máxima de vehículos del Servicio, se autorizan 5 vehí-
culos destinados para estas actividades.
210601
09
Con cargo a esta asignación se podrá financiar todo tipo de gastos, incluso de
personal, que demande la ejecución del programa.
CONADI deberá entregar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos semestral-
mente, un informe en detalle que señale el estado de avance de la instituciona-
lización de canales permanentes de participación y consulta del pueblo mapuche
en la región de la Araucanía, referidas en la primera meta del Plan Araucanía
al 2014 para el Eje Indígena.
210601
10
Estos recursos corresponden al Programa de Desarrollo Territorial Indígena,
PDTI, que será ejecutado por INDAP, quien determinará las comunidades benefi-
ciarias del Programa.
INDAP y CONADI deberán entregar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos
semestralmente, un informe en detalle que señale el estado de avance de las
familias (agricultura de subsistencia) que obtienen seguridad alimentaria en
la región de la Araucanía, referidas en la meta del Plan Araucanía: 15.000
familias al 2014.
210601
11
Con cargo a estos recursos también se podrán celebrar convenios con organismos
del Gobierno Central, los que no se incorporarán en sus respectivos presupuestos.
210601
12
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos recursos.
210601
13
El Ministerio de Desarrollo Social enviará trimestralmente a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos del Congreso Nacional, un informe sobre las transferencias
de capital contempladas en este Programa, detallando las actividades realizadas.
210601
14
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todas las acciones necesarias
para cumplir los objetivos señalados en el artículo 20 de la Ley N° 19.253.
Se podrá comprometer un mayor gasto de hasta $ 7.567.529 miles por sobre el
monto autorizado en este ítem.
210601
15
A más tardar el 30 de abril de 2014, la CONADI deberá entregar a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos, un informe referido al primer trimestre del año
que incluya objetivos y cobertura del Programa, detallando el grado de avance
del mismo, a nivel comunal, regional y nacional. En dicho informe deberán
quedar claramente especificados el número de beneficiarios, montos dedicados a
la adquisición de tierras y aguas, superficies y volumen de derechos de aguas
de cada predio transferido a los beneficiarios y a las personas jurídicas o
naturales a los cuales la Corporación adquirió dichos activos. Igualmente, di-
cha información deberá contener la individualización de los beneficiarios, los
criterios de asignación, y el listado total de postulantes con sus respecti-
vos puntajes, ordenados de acuerdo a la fecha de presentación de las solicitu-
des.
Se deberá entregar semestralmente, además, un informe en detalle que señale el
estado de avance de las regularizaciones de título de dominio en la región de la Araucanía, referidas en la meta del Plan Araucanía: 15.000 regulaciones al 2014.
El uso de los recursos contemplados para el Fondo de Tierras y Aguas Indígenas
deberá ser informado a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos dentro de los
treinta días siguientes a la realización de cada compra, conforme al siguiente
detalle: individualización de las propiedades adquiridas, valor por hectárea,
número de beneficiarios, características prediales, avalúo fiscal y comercial,
los propietarios y todos los gastos concernientes al proceso de transferencia.