2015
07
00
00
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
P
2015
07
09
00
SERVICIO NACIONAL DE TURISMO
P
2015
07
09
01
SERVICIO NACIONAL DE TURISMO (01)
01
P
070901
1
INGRESOS
24724088
0
I
P
070901
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
1030000
0
I
P
070901
3
05
- 02
Del Gobierno Central
1030000
0
I
P
070901
4
05
- 02
129
Subsecretaria de Turismo
1030000
0
I
P
070901
5
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
158263
0
I
P
070901
6
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
143222
0
I
P
070901
7
08
- 99
Otros
15041
0
I
P
070901
8
09
APORTE FISCAL
23535815
0
I
P
070901
9
09
- 01
Libre
23535815
0
I
P
070901
10
15
SALDO INICIAL DE CAJA
10
0
I
P
070901
11
GASTOS
24724088
0
G
P
070901
12
21
GASTOS EN PERSONAL
7030462
0
G
02
P
070901
13
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
2176470
0
G
03
P
070901
14
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
15271441
0
G
P
070901
15
24
- 01
Al Sector Privado
15271441
0
G
P
070901
16
24
- 01
131
Programa de Promoción Turística
6895898
0
G
04
P
070901
17
24
- 01
132
Programa Vacaciones Tercera Edad
5114175
0
G
05
P
070901
18
24
- 01
133
Programa Giras de Estudio
2231368
0
G
06
P
070901
19
24
- 01
135
Programa Turismo Familiar
1030000
0
G
07
P
070901
20
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
245715
0
G
P
070901
21
29
- 03
Vehículos
30754
0
G
P
070901
22
29
- 06
Equipos Informáticos
18128
0
G
P
070901
23
29
- 07
Programas Informáticos
196833
0
G
08
P
070901
01
Dotación Máxima de Vehículos 22
070901
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 269
El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo
que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe de
Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones.
Con todo, dicho personal no podrá exceder de 40 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 19.841
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional en Miles de $ 153.268
- En el exterior en Miles de $ 10.099
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 402.409
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 8
- Miles de $ 65.369
070901
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 23.397
070901
04
La transferencia de estos recursos se realizará a través de uno o más
convenios con el ejecutor, en el cual se fijarán las metas y objetivos de
cada componente o actividad, así como su fuente de financiamiento.
Copia de dichos convenios deberán ser enviados a la Dirección de
Presupuestos en el mes de su tramitación.
Estos recursos podrán financiar acciones, proyectos o programas de promo -
ción turística, y asignarse de acuerdo a la normativa vigente en la materia.
Además podrá financiarse la constitución de los equipos de gestión y ope-
ración del programa, así como también para contratar consultores,evaluadores,
expertos y especialistas nacionales y extranjeros requeridos para el desa-
rrollo del programa y de los convenios de desempeño, así como los gastos
asociados a la supervisión, coordinación y difusión y para la realización
de estudios de demanda.
Se incluyen gastos en personal hasta por $ 290.000 miles, y en bienes y
servicios de consumo por hasta $ 11.241 miles.
El Servicio Nacional de Turismo deberá mantener actualizado en su sitio
web un informe detallado, desagregado por regiones, de los destinos y
lugares promovidos en el extranjero con los fondos de este programa.
070901
05
Con cargo a estos recursos se podrá comprometer y adjudicar contratos,
de acuerdo a la normativa vigente, por hasta $ 4.906.053 miles.
Podrá financiarse la contratación de servicios de personas naturales o
jurídicas, así como los gastos asociados a la supervisión, coordinación,
difusión y evaluación de impacto del programa.
Se incluyen gastos en personal hasta por $ 163.678 miles, y en bienes y
servicios de consumo por hasta $ 45.000 miles.
El Servicio deberá informar anualmente a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos acerca de las personas contratadas, recursos asignados,
finalidades de las transferencias y objetivos alcanzados dentro de la
política nacional de turismo.
070901
06
Con cargo a esta asignación se podrá comprometer y adjudicar contratos,
de acuerdo a la normativa vigente, por hasta $ 2.132.610 miles.
Podrá financiarse la contratación de servicios de personas naturales o
jurídicas, así como los gastos asociados a la supervisión, coordinación,
difusión y evaluación de impacto del programa.
Se incluyen gastos en personal hasta por $ 90.000 miles, y en bienes y ser-
vicios de consumo por hasta $ 8.758 miles.
El SERNATUR mantendrá actualizada en su página web un informe detallado
identificando los establecimientos educacionales y el número de alumnos,
por región, que han sido beneficiados con los recursos de este Programa.
070901
07
Con cargo a estos recursos se podrá comprometer y adjudicar contratos, de
acuerdo a la normativa vigente, hasta por $ 980.952 miles.
Podrá financiarse la contratación de servicios de personas naturales o
jurídicas, así como los gastos asociados a la supervisión, coordinación,
difusión y evaluación de impacto del programa.
Se incluyen gastos en personal hasta por $ 40.974 miles, y en bienes y
servicios de consumo por hasta $ 5.376 miles.
Los convenios que celebre el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR) con sus
entidades ejecutoras podrán considerar acceso preferente para los usuarios del Subsistema “Seguridades y Oportunidades” de la Ley N° 20.595. Mediante convenio
que se suscribirá entre el SERNATUR y el Ministerio de Desarrollo Social, se establecerán las condiciones y la forma en que se hará efectivo dicho acceso preferente.
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08
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.