2016
09
00
00
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
P
2016
09
09
00
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
P
2016
09
09
01
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS (01,02)
01,02
P
090901
1
INGRESOS
551828026
0
I
P
090901
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
7414681
0
I
P
090901
3
05
- 02
Del Gobierno Central
7414681
0
I
P
090901
4
05
- 02
005
Ley N° 20.595 y Sistema Chile Solidario
7414681
0
I
P
090901
5
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
5057023
0
I
P
090901
6
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
191844
0
I
P
090901
7
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
2050050
0
I
P
090901
8
08
- 99
Otros
2815129
0
I
P
090901
9
09
APORTE FISCAL
539282376
0
I
P
090901
10
09
- 01
Libre
539282376
0
I
P
090901
11
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
10621
0
I
P
090901
12
10
- 03
Vehículos
10621
0
I
P
090901
13
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
62325
0
I
P
090901
14
12
- 10
Ingresos por Percibir
62325
0
I
P
090901
15
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
090901
16
GASTOS
551828026
0
G
P
090901
17
21
GASTOS EN PERSONAL
12427643
0
G
03,13
P
090901
18
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
5044604
0
G
04
P
090901
19
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
388881
0
G
P
090901
20
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
388881
0
G
P
090901
21
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
532422840
0
G
P
090901
22
24
- 01
Al Sector Privado
532422840
0
G
05,06
P
090901
23
24
- 01
190
Programa de Alimentación JUNJI
80218705
0
G
P
090901
24
24
- 01
230
Aporte a Instituciones Colaboradoras
414657
0
G
07
P
090901
25
24
- 01
231
Programa de Alimentación para Educación Básica
259286560
0
G
P
090901
26
24
- 01
234
Capacitación a Terceros
264329
0
G
P
090901
27
24
- 01
239
Control Programas de la JUNAEB
3837713
0
G
08,14
P
090901
28
24
- 01
240
Programa de Alimentación de Vacaciones
3029752
0
G
09
P
090901
29
24
- 01
242
Programa de Alimentación para Kinder
29433933
0
G
P
090901
30
24
- 01
243
Programa de Alimentación Enseñanza Media
116667059
0
G
P
090901
31
24
- 01
244
Programa de Alimentación para Refuerzo Educativo
292364
0
G
10
P
090901
32
24
- 01
246
Programa de Alimentación para Prekinder
24866633
0
G
P
090901
33
24
- 01
248
Programa de Alimentacion Especial para Estudiantes Adultos
6192587
0
G
P
090901
34
24
- 01
249
Programa Alimentación para Actividades Extraescolares en liceos
167392
0
G
P
090901
35
24
- 01
258
Programa de Alimentación Reescolarización plan 12 años escolaridad
194516
0
G
11
P
090901
36
24
- 01
290
Bono manipuladoras de alimentos
7556640
0
G
12
P
090901
37
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
1377032
0
G
P
090901
38
29
- 03
Vehículos
144801
0
G
P
090901
39
29
- 04
Mobiliario y Otros
72135
0
G
P
090901
40
29
- 05
Máquinas y Equipos
45672
0
G
P
090901
41
29
- 06
Equipos Informáticos
352525
0
G
P
090901
42
29
- 07
Programas Informáticos
761899
0
G
P
090901
43
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
165026
0
G
P
090901
44
31
- 02
Proyectos
165026
0
G
P
090901
45
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
090901
46
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
090901
47
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
090901
01
Dotación Máxima de Vehículos 56
090901
02
En los procesos de licitación que lleve a cabo la Junta Nacional de Auxilio
Escolar y Becas con empresas prestadoras de servicios alimentarios deberá
tomar los resguardos para garantizar el fiel cumplimiento del artículo 11 de
la ley N° 19.886. Para ello podrá, entre otras, asociar al monto de garantía
de fiel cumplimiento a períodos anuales del contrato o rebajar, según el
caso, el porcentaje exigido al efecto en el reglamento de la precitada ley.
090901
03
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 636
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 180.051
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 431.035
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 42
- Miles de $ 274.362
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 11.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 11
- Miles de $ 132.036
f) El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo
que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe del
Servicio, en la que deberán precisarse las referidas funciones. Con
todo, dicho personal no podrá exceder de 15 funcionarios.
090901
04
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 95.489
090901
05
Los recursos de los Programas de Alimentación Escolar están dirigidos a
estudiantes de establecimientos regidos por el D.F.L.(Ed.) N°2, de 1998 y
a los niños atendidos por la Junta Nacional de Jardines Infantiles. También
considera a estudiantes:
a) De la Ley N° 20.595 y Chile Solidario, incluyendo a los egresados de
este último programa.
b) Residentes en hogares estudiantiles e internados atendidos por la Junta
Nacional de Auxilio Escolar y Becas.
c) Que participan directamente en actividades del Programa "4 a 7", por un
monto de hasta $ 547.000 miles.
Asimismo, incluye apoyo alimenticio para escolares, personal docente y no
docente, padres o apoderados que participen directamente en actividades
extraescolares, por un monto de hasta $ 528.500 miles y la alimentación de
los profesores encargados de los programas.
El Programa de Alimentación Escolar tendrá las especificaciones que a con-
tinuación se señalan, en las asignaciones presupuestarias que se indican:
a) Asignación 231, Programa de Alimentación para Educación Básica:
Servicio Calorías Nº Máximo de
por Alumno raciones diarias
Desayuno 250 1.300.000
Almuerzo 450 1.300.000
Hogar Desayuno 450 6.200
Hogar Almuerzo 650/850 6.200
Hogar Once 250 6.200
Hogar Cena 650/850 6.200
Tercer servicio 250 436.300
(Ley Nº 20.595 y Sistema Chile Solidario)
b) Asignación 242, Programa de Alimentación para Kinder:
Considera la atención de hasta 142.000 preescolares diarios, los cuales
incluyen hasta 35.000 niños con una ración adicional por efecto de exten-
sión de la jornada escolar.
Incluye el servicio de alimentación para 28.350 preescolares de la Ley
Nº20.595 y Chile Solidario, incluyendo a los egresados de este último
programa.
c) Asignación 243, Programa de Alimentación Enseñanza Media:
Servicio Calorías Nº Máximo de
por Alumno raciones diarias
Desayuno 350 525.000
Almuerzo 650 525.000
Tercer servicio 300 153.000
(Ley Nº 20.595 y Sistema Chile Solidario)
d) Asignación 246, Programa de Alimentación para Prekinder:
Considera la atención de hasta 135.000 preescolares diarios, los cuales
incluyen hasta 35.000 niños con una ración adicional por efecto de exten-
sión de la jornada escolar.
Incluye servicios de alimentación para 19.850 preescolares de la Ley
Nº20.595 y Chile Solidario, incluyendo a los egresados de este último
programa.
La evidencia científica avala que la alimentación es factor fundamental en
la salud de las personas tanto para prevenir enfermedades como para su trata-
miento (a modo de ejemplo para el autismo la guía clínica del Ministerio de
Salud incluye la dieta). En consecuencia, en todos los programas de alimenta-
ción se podrá considerar un trato diverso para la obesidad,celíacos,autistas,
alérgico alimentarios y opciones alimentarias (veganos u otros).
Los programas de alimentación entregados por la JUNAEB a través de la presente
asignación, deberán incluir menús especiales para niños y adolescentes con necesidades alimentarias especiales debidamente certificadas.
090901
06
Mediante decreto del Ministerio de Educación, que podrá ser dictado una
vez publicada esta ley, se podrá establecer las condiciones de todo tipo
mediante las que la JUNAEB podrá efectuar contratos en forma directa con
empresas que permitan ampliar la cobertura de atención de los estudiantes,
durante el año 2016, con los Programas de Alimentación, a aquellos que
provienen de hogares pertenecientes a los tres quintiles de menores ingresos
de la población del país. En estos contratos podrán participar tanto las
empresas que actualmente son concesionarias de los Programas de Alimentación
de JUNAEB como otras que no lo son.
La JUNAEB deberá publicar en su página web las empresas a que se refiere el
párrafo anterior, señalando el número de raciones contratadas y los
recursos comprometidos con cada una de ellas.
La evidencia científica avala que la alimentación es factor fundamental en
la salud de las personas tanto para prevenir enfermedades como para su trata-
miento (a modo de ejemplo para el autismo la guía clínica del Ministerio de
Salud incluye la dieta). En consecuencia, en todos los programas de alimenta-
ción se podrá considerar un trato diverso para la obesidad,celíacos,autistas,
alérgico alimentarios y opciones alimentarias (veganos u otros).
090901
07
Incluye recursos para:
a) Hogar Sagrado Corazón
- Miles de $ 66.345
b) Sociedad de Asistencia y Capacitación
- Miles de $ 199.036
c) Programa Asistencia Hogar de Cristo
- Miles de $ 149.276
090901
08
Mediante resolución de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, se
determinarán los tipos de acciones de controles que se realizarán.
Incluye convenios con personas naturales
- N° de personas 114
- Miles de $ 1.332.625
090901
09
Incluye recursos para:
a) Remunerar al personal de los establecimientos que atiendan este programa
y para transferirlos a las Municipalidades y otros organismos competentes.
El monto diario de dicha remuneración tendrá el carácter de no imponible
ni tributable y se fijará por Resolución de la Junta Nacional de Auxilio
Escolar y Becas, visada por la Dirección de Presupuestos. En dicha
resolución se fijará, además, el monto de estos recursos.
b) El programa centro para niños con cuidadores principales temporeros.
c) La entrega de alimentación para los beneficiarios y participantes de
programas recreacionales (vacaciones en escuelas, campamentos, colonias,
escuelas abiertas, trabajos voluntarios e inglés abre puertas).
090901
10
Conforme lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 19.398. Los criterios
para la selección de los establecimientos y alumnos beneficiarios serán
determinados por la Subsecretaría de Educación.
090901
11
Recursos destinados a entregar alimentación a niños y jóvenes de extrema
vulnerabilidad social, beneficiarios del programa de reescolarización admi-
nistrado por el Ministerio de Educación, a fin de lograr su incorporación
al sistema educacional.
090901
12
Con cargo a estos recursos, a contar del mes de enero del año 2016, la Junta
Nacional de Auxilio Escolar y Becas podrá efectuar transferencias a las
empresas de prestación de servicios alimenticios para establecimientos
escolares y preescolares derivados de la licitación denominada ID85.16-LP12,
Trato directo 1613, y los meses de enero y febrero 2016 de la licitación
ID 85-35-LP11, a fin de que éstas paguen un bono mensual a sus trabajadoras manipuladoras de alimentos con contrato vigente de jornada completa de
$67.500. Este bono asimismo se pagará al resto de dichas trabajadoras con
contrato parcial, en proporción a las horas de contrato. Mediante resolución
de JUNAEB se regulará la forma y modalidad en que se efectuará dicha trans-
ferencia.
El Ministerio de Educación deberá informar sobre el aumento del bono a las
manipuladoras de alimentos mediante los recursos que establece la Partida
respecto a la JUNAEB.
090901
13
La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas informará trimestralmente a
la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a las Comisiones de Hacienda
del Senado y de la Cámara de Diputados respecto de los recursos destinados
para el cumplimiento del protocolo de acuerdo entre la Junta Nacional de
Auxilio Escolar y Becas y los representantes de las manipuladoras de alimentos,
relativo a la asignación especial y permanente acordada en favor de las
manipuladoras, denominada “Bono Manipulador/a de Alimentos PAE/PAP”.
090901
14
La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas informará trimestralmente
a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a las Comisiones de
Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados respecto al uso de
recursos destinados para el control de programas de la JUNAEB, relativos
a los protocolos de control, periodicidad de estos controles, número de
fiscalizadores, uso del remanente de raciones no servidas y el manejo
de los excedentes de raciones no asignadas.