2016
09
00
00
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
P
2016
09
11
00
JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
P
2016
09
11
01
JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES (01,02)
01,02
P
091101
1
INGRESOS
489857217
0
I
P
091101
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
72911947
0
I
P
091101
3
05
- 01
Del Sector Privado
1034967
0
I
P
091101
4
05
- 01
003
Administradora del Fondo para Bonificación por Retiro
1034967
0
I
P
091101
5
05
- 02
Del Gobierno Central
71876980
0
I
P
091101
6
05
- 02
080
Fondo para la Educación, Ley N° 20.630
71876980
0
I
P
091101
7
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
1115
0
I
P
091101
8
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
8970140
0
I
P
091101
9
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
4629808
0
I
P
091101
10
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
199162
0
I
P
091101
11
08
- 99
Otros
4141170
0
I
P
091101
12
09
APORTE FISCAL
404599515
0
I
P
091101
13
09
- 01
Libre
404599515
0
I
P
091101
14
14
ENDEUDAMIENTO
3373500
0
I
P
091101
15
14
- 02
Endeudamiento Externo
3373500
0
I
P
091101
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
091101
17
GASTOS
489857217
0
G
P
091101
18
21
GASTOS EN PERSONAL
163510149
0
G
03
P
091101
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
31242797
0
G
04
P
091101
20
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
2224298
0
G
P
091101
21
23
- 01
Prestaciones Previsionales
29642
0
G
P
091101
22
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
2194656
0
G
P
091101
23
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
145332150
0
G
P
091101
24
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
145332150
0
G
P
091101
25
24
- 03
170
Convenios con Municipalidades y otras Instituciones
139737874
0
G
05
P
091101
26
24
- 03
171
Programa de Material de Enseñanza
3877803
0
G
P
091101
27
24
- 03
178
Plan de Fomento de Lectura Primera Infancia
795089
0
G
06
P
091101
28
24
- 03
180
Capacitación a Terceros
921384
0
G
08
P
091101
29
25
INTEGROS AL FISCO
1636
0
G
P
091101
30
25
- 01
Impuestos
1636
0
G
P
091101
31
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
13588563
0
G
P
091101
32
29
- 03
Vehículos
158036
0
G
P
091101
33
29
- 04
Mobiliario y Otros
7319846
0
G
P
091101
34
29
- 05
Máquinas y Equipos
1655984
0
G
P
091101
35
29
- 06
Equipos Informáticos
1370362
0
G
P
091101
36
29
- 07
Programas Informáticos
2324561
0
G
P
091101
37
29
- 99
Otros Activos no Financieros
759774
0
G
P
091101
38
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
127372954
0
G
P
091101
39
31
- 02
Proyectos
127372954
0
G
P
091101
40
32
PRÉSTAMOS
0,001
0
G
P
091101
41
32
- 06
Por Anticipos a Contratistas
0,001
0
G
P
091101
42
32
- 06
001
Anticipos a Contratistas
16488630
0
G
P
091101
43
32
- 06
002
Recuperación de Anticipos a Contratistas
-16488630
0
G
P
091101
44
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
6502234
0
G
P
091101
45
33
- 03
A Otras Entidades Públicas
6502234
0
G
P
091101
46
33
- 03
005
Municipalidades
6502234
0
G
07
P
091101
47
34
SERVICIO DE LA DEUDA
81436
0
G
P
091101
48
34
- 04
Intereses Deuda Externa
80436
0
G
P
091101
49
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
091101
50
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
091101
01
Dotación Máxima de Vehículos 36
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 20.067,
durante el año 2016 quedarán cubiertos por el seguro escolar a que se
refiere dicha ley, los párvulos atendidos por la Junta Nacional de
Jardines Infantiles y por aquellas entidades que reciban aportes por
transferencias de fondos, a través de la Junta Nacional de Jardines
Infantiles.
091101
02
El Ministerio de Educación informará a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos, a más tardar el 31 de marzo, las metas de cobertura, desa-
gregadas por nivel educacional, modalidad de atención y región. Asimismo,
deberá informar semestralmente a dicha Comisión, dentro de los treinta
días siguientes al término del semestre respectivo, sobre el avance en
el cumplimiento de dichas metas.
091101
03
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 15.586
A la provisión de vacantes que se produzcan en el Servicio no le será
aplicable lo dispuesto en el artículo 17º de la Ley Nº 18.834. Un
número máximo de 120 funcionarios a contrata de la Junta Nacional de
Jardines Infantiles podrá desempeñar funciones de carácter directivo
que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe de
Servicio, en la que se deberá precisar las referidas funciones.
Se podrá contratar personal de reemplazo,en aquellos casos en que por
cualquier razón, funcionarios de planta o contrata que se desempeñen
en la Junta Nacional de Jardines Infantiles y se encuentren imposibi-
litados para desempeñar sus cargos por un período superior a 7 días.
Dichas contrataciones no se imputarán a la dotación máxima de personal
establecida en su glosa.
Se contemplan recursos para contratar 712 personas, a media jornada,
destinados al Programa Extensión Horaria. Dichos contratos no se
imputarán a la dotación máxima de personal establecida en esta glosa.
Recursos para contratar 911 personas por un período máximo de 1,5
meses al año, destinados a la atención de Jardines de Verano. Dichos
contratos no se imputarán a la dotación máxima de personal establecida
en esta glosa.
Incluye $ 1.700.000 miles para dar cumplimiento a lo establecido en el
Título I, del D.F.L.(Ed.) N°1, de 2015, que modifica la planta de
personal de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 474.962
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 1.214.718
- En el Exterior en Miles de $ 10.478
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 372
- Miles de $ 7.507.213
Adicionalmente incluye la contratación para la Inspección Técnica
de obras, ITOs y para la Asesoría Técnica de obras, ATOs por hasta
$ 1.932.078 miles.
Con cargo a estos recursos se podrá contratar a honorarios, los que
tendrán la calidad de Agentes Públicos, para todos los efectos
legales,de acuerdo a lo que se estipule en los respectivos contratos.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 20
- Miles de $ 233.289
f) $ 11.424.530 miles para el cumplimiento del artículo trigésimo cuarto
de la Ley Nº 20.213.
091101
04
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 2.112.240
b) $ 2.325.000 miles para mantenimiento de jardines infantiles
En el plazo de 90 días, contados de la publicación de esta ley, la
JUNAEB deberá informar sobre las condiciones laborales que brindan
las empresas concesionarias a sus trabajadoras, con especial mención
a las manipuladoras de alimentos.
091101
05
La transferencia de fondos se regirá por el Decreto Supremo N° 67 de
Educación, de 2010 y sus modificaciones.
Asimismo, y a contar de la fecha de publicación de esta Ley, y mediante
una o más resoluciones dictadas por el Servicio y con la visación de la
Dirección de Presupuestos, se establecerán los montos de recursos men-
suales que podrán transferirse a cada institución, en relación al número
de párvulos que asisten a los establecimientos de educación pre básica.
Con cargo a estos recursos podrán financiarse todo tipo de gastos, inclui-
dos los de personal, tales como remuneraciones, capacitaciones a los
funcionarios, pagos de horas extras, bonos, aguinaldo reajustes u otros
beneficios que pacten con sus respectivos empleadores.
Los trabajadores y trabajadoras de los establecimientos financiados a través
de esta asignación podrán matricular a sus hijos e hijas en el mismo Jardín
Infantil o Sala Cuna en que desempeñen sus funciones.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles deberá informar, antes del 30 de
abril, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, sobre la situación
salarial del personal dependiente de las instituciones con que se haya
suscrito convenios.
091101
06
Antes del 31 de marzo el Ministerio de Educación deberá informar a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos las metas asociadas a cada uno de
estos programas, especificando sus metas, objetivos y los mecanismos de
avaluación que contemplará. Semestralmente, dentro de los treinta días
siguientes al término del período respectivo, remitirá a dicha Comisión un
informe del estado de avance en la implementación de estos programas y su
nivel de ejecución.
091101
07
Los recursos serán transferidos mediante convenios a las municipalidades y
entidades privadas sin fines de lucro, para la construcción, adecuación,
demolición de infraestructura existente, habilitación y reparación de
espacios educativos de educación preescolar, para la atención de niños en
el nivel de sala cuna, en el nivel medio y grupos heterogéneos.
Hasta $ 2.993.000 miles de estos recursos podrán ser utilizados para repa-
raciones de jardines infantiles.
En el convenio respectivo se establecerá, entre otros, el monto de los
recursos y la modalidad en que estos serán entregados, la forma de rendi-
ción del uso de los mismos y el compromiso de uso y administración del
bien raíz que se genere con este aporte. Tratándose de las municipalidades,
en el convenio se establecerá la forma y condiciones en que el bien raíz
se integrará al patrimonio de la municipalidad. En el caso de las entida-
des privadas sin fines de lucro, los bienes raíces generados por estos re-
cursos serán entregados por la JUNJI, sujetos al uso para los fines que
fueron construidos, y sólo podrán ser enajenados después de quince años
contados desde la fecha de su construcción, estableciéndose en el contrato
la modalidad de cumplimiento de estas obligaciones.
Antes del 31 de marzo el Ministerio de Educación deberá informar a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos, el número de convenios que ha
suscrito, que mantiene vigentes o a los que se ha puesto término con los
diversos municipios del país para el funcionamiento de los Jardines Infan-
tiles; además enviará semestralmente, dentro de los treinta días siguien-
tes al término del período respectivo, a dicha Comisión un informe de su
cumplimiento y estado de ejecución.
Lo anterior no obsta a la información que debe proporcionar y la supervi-
gilancia que le compete a la Superintendencia creada al efecto.
091101
08
Incluye recursos para cursos de perfeccionamiento para los funcionarios
de los Jardines Infantiles considerados en el Subtítulo 24, ítem 03,
asignación 170 "Convenios con Municipalidades y otras Instituciones" de
este mismo Programa, los que podrán ser certificados por el Centro de
Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, CPEIP.