2017
05
00
00
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
P
2017
05
10
00
SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR
P
2017
05
10
02
RED DE CONECTIVIDAD DEL ESTADO (01)
01
P
051002
1
INGRESOS
4306693
0
I
P
051002
2
09
APORTE FISCAL
4306693
0
I
P
051002
3
09
- 01
Libre
4306693
0
I
P
051002
4
GASTOS
4306693
0
G
P
051002
5
21
GASTOS EN PERSONAL
1084114
0
G
02
P
051002
6
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
3020169
0
G
P
051002
7
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
202410
0
G
P
051002
8
29
- 06
Equipos Informáticos
108687
0
G
P
051002
9
29
- 07
Programas Informáticos
93723
0
G
03
P
051002
01
Para cumplir con las actividades señaladas en el Decreto Supremo N° 5.996, de 1999 del
Ministerio del Interior y sus modificaciones. La incorporación de instituciones
públicas a la Red de Conectividad del Estado, se regulará por el Decreto Supremo
N° 1.299, de 2004, en conjunto de los Ministerios del Interior y de Hacienda.
Durante el año 2017, las instituciones del Sector Público que se incorporen o estén operando con la Red de Conectividad del Estado, transferirán a la Subsecretaría del Interior los recursos que estén utilizando en el financiamiento de conectividad a internet, tanto en lo referido a cobros fijos y/o variables según el consumo. Asimismo, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública establecerá un cronograma, considerando seguridad de redes y sistemas, pertinencia y condiciones para la incorporación a la mencionada red de nuevas instituciones públicas. Adicionalmente, se podrán establecer nuevas condiciones de operatividad, para aquellos servicios que ya se encuentran adscritos a la Red de Conectividad del Estado.
051002
02
Incluye :
a) Convenios con personas naturales
- N° de personas 47
- Miles de $ 1.084.114
051002
03
Semestralmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos recursos.