2013
21
00
00
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
P
2013
21
02
00
FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL
P
2013
21
02
01
FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL (01)
01
P
210201
1
INGRESOS
68380498
0
I
P
210201
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
14119751
0
I
P
210201
3
05
- 02
Del Gobierno Central
14119751
0
I
P
210201
4
05
- 02
002
Subsecretaría de Servicios Sociales - Programa 05
14119751
0
I
P
210201
5
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
1229
0
I
P
210201
6
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
860982
0
I
P
210201
7
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
195515
0
I
P
210201
8
08
- 99
Otros
665467
0
I
P
210201
9
09
APORTE FISCAL
53387348
0
I
P
210201
10
09
- 01
Libre
53387348
0
I
P
210201
11
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
8994
0
I
P
210201
12
10
- 99
Otros Activos no Financieros
8994
0
I
P
210201
13
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
1194
0
I
P
210201
14
12
- 10
Ingresos por Percibir
1194
0
I
P
210201
15
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
210201
16
GASTOS
68380498
0
G
P
210201
17
21
GASTOS EN PERSONAL
9652927
0
G
02
P
210201
18
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
2074518
0
G
03
P
210201
19
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
20649580
0
G
04
P
210201
20
24
- 01
Al Sector Privado
707060
0
G
05
P
210201
21
24
- 01
548
Alianzas Público-Privadas
707060
0
G
06
P
210201
22
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
19942520
0
G
07
P
210201
23
24
- 03
334
Programa de Acompañamiento Psicosocial
9905049
0
G
08
P
210201
24
24
- 03
337
Programa de Acompañamiento Sociolaboral
10037471
0
G
08
P
210201
25
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
397679
0
G
P
210201
26
29
- 04
Mobiliario y Otros
50596
0
G
P
210201
27
29
- 06
Equipos Informáticos
92458
0
G
P
210201
28
29
- 07
Programas Informáticos
254625
0
G
09
P
210201
29
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
35604794
0
G
P
210201
30
33
- 01
Al Sector Privado
35065796
0
G
05
P
210201
31
33
- 01
001
Programa de Emprendimiento y Microfinanzas
24153953
0
G
10,11
P
210201
32
33
- 01
002
Programa de Desarrollo Social
6250026
0
G
11,15
P
210201
33
33
- 01
007
Programa de Empleabilidad
3941517
0
G
12
P
210201
34
33
- 01
009
Programa de Educación Financiera
720300
0
G
13
P
210201
35
33
- 03
A Otras Entidades Públicas
538998
0
G
P
210201
36
33
- 03
005
Programa Socio Productivo en Municipalidades
538998
0
G
14
P
210201
37
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
210201
38
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
210201
01
Dotación máxima de vehículos 46
210201
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 536
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artí-
culo 10 de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata
incluidos en esta dotación. Hasta un 15% del personal a contrata
podrá desempeñar las funciones de carácter directivo que se le a-
signen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe del Servi-
cio, en la que deberá precisarse, en todo caso, las referidas fun-
ciones.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 54.687
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional, en Miles de $ 250.965
- En el Exterior, en Miles de $ 4.631
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 304.519
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 17
- Miles de $ 121.553
210201
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 55.497
210201
04
La individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos
y de las personas o entidades ejecutoras, los montos asignados y la moda-
lidad de asignación deberán ser informados trimestralmente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos dentro de los treinta días siguientes al
término del respectivo trimestre.
210201
05
Con cargo a este ítem se podrá destinar recursos a instituciones
públicas y organismos del Sector Público, los que no se incorporarán a
los presupuestos de los organismos receptores. No obstante, éstos deberán
informar mensualmente al FOSIS sobre el gasto efectivo y avance físico de
los proyectos que se financian, el cual remitirá un informe consolidado
a la Dirección de Presupuestos y a la Comisión Especial Mixta de Presu-
puestos con igual periodicidad.
210201
06
Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos, exclui-
do personal.
210201
07
El personal contratado con cargo a estas asignaciones podrá tener la cali-
dad de agente público, para todos los efectos legales, en un número que no
podrá exceder de 30. Las contrataciones respectivas se harán mediante reso-
lución fundada del Jefe de Servicio.
210201
08
Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos, incluso
la contratación de personal a honorarios. Podrá utilizarse como máximo
$1.351.106 miles en gastos de administración. Con todo, el gasto en hono-
rarios no podrá exceder de $1.061.746 miles.
210201
09
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.
210201
10
Con cargo a estos recursos, se considera $11.172.129 miles para atender a
lo menos a 18.900 usuarios de la ley N° 20.595 y Chile Solidario a través
del Programa Yo Emprendo Semilla, monto del cual podrá utilizarse como
máximo $764.012 miles en gastos de administración en la ejecución de éste
programa.
Podrán destinarse hasta $546.033 miles para gastos de administración del
resto de los programas.
210201
11
Mediante resoluciones del Servicio, con copia a la Dirección de Presupues-
tos, que podrán dictarse a contar de diciembre de 2012 se asignarán total
o parcialmente estos recursos entre las regiones del país.
Corresponderá a los Consejos Regionales resolver, sobre la base de la pro-
posición del Intendente, las provincias, comunas y/o agrupaciones de comu-
nas, en que se aplicarán los programas FOSIS y los recursos asignados a
cada una de ellas. Esta decisión deberá ser adoptada por el Gobierno
Regional dentro de un plazo de 30 días contado desde la recepción, por el
Intendente, de la resolución respectiva.
La determinación de los proyectos específicos que se financiarán, en cada
comuna, corresponderá a cada Municipalidad asignataria, la que deberá de-
cidir sobre la base del informe técnico del Servicio. En los casos de pro-
vincias o agrupaciones de comunas, la determinación se hará conforme lo
establezca el instructivo del Servicio, el que deberá incorporar la parti-
cipación de las comunas involucradas.
Los recursos que eventualmente fueren liberados en las regiones, provin-
cias, comunas y/o agrupaciones de comunas o por proyectos que habiendo
sido seleccionados no se ejecutaren, serán aplicados sin más trámite por
el Servicio, considerando los proyectos priorizados.
Los criterios técnicos de elegibilidad por cada una de las líneas de
acción que considera este ítem y los procedimientos específicos serán lo
que establezca el Servicio mediante resolución, la que podrá dictarse
igualmente a contar de la fecha antes indicada.
Exceptúense los programas transferidos por Subsecretaría de Servicios So-
ciales Programa 05.
Se podrán incluir hasta $72.996 miles para gastos de administración.
210201
12
Con cargo a estos recursos se consideran $762.182 miles para atender 1.300
usuarios de la ley N° 20.595 y Chile Solidario.
Se podrán incluir hasta $70.157 miles para gastos de administración.
Además se incorporan a este ítem $2.185.440 miles para atender a lo menos
3.822 usuarios del programa Yo Trabajo, monto del cual podrá utilizarse
como máximo $109.272 miles en gastos de administración en la ejecución de
este programa.
Podrá destinarse hasta $67.650 miles para gastos de administración del
resto de los programas. Para la ejecución de estos recursos el Fondo de
Solidaridad e Inversión Social, podrá celebrar convenios con otras entida-
des públicas.
Anualmente el Ministerio informará a la Comisión Especial Mixta de Presu-
puestos sobre la utilización de los recursos asignados por esta glosa,
indicando los montos transferidos, los conceptos que justifican dichas
transferencias, las personas beneficiadas y un detalle acabado de los
usuarios del programa ley N° 20.595 y Chile Solidario que han sido bene-
ficiados.
210201
13
Se podrán incluir hasta $62.057 miles para financiar todo tipo de gastos
de administración, incluido personal. Antes de 31 de marzo de 2013 el
Fondo de Solidaridad e Inversión Social enviará a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos un informe con los objetivos, metas, característi-
cas y número potencial de población beneficiaria de este programa así
como un cronograma de su implementación para el año 2013.
210201
14
Se podrán incluir hasta $23.792 miles para financiar todo tipo de gastos
de administración, incluido personal.
A más tardar el 31 de marzo de 2013 el Ministerio de Desarrollo Social
informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, las metas y obje-
tivos esperados para dicho año así como los instrumentos de evaluación
al que estará sometido. Trimestralmente, dentro de los treinta días si-
guientes al término del trimestre del periodo respectivo, se remitirá a la
precitada Comisión informe sobre el estado de avance del programa.
210201
15
Con cargo a estos recursos, se consideran $2.000.000 miles para atender
a familias en la Región de Aysén a través de la entrega de un subsidio de
calefacción denominado "Bono Leña". Este bono será focalizado a familias
hasta el segundo quintil de vulnerabilidad según puntaje de la ficha de
protección social o el instrumento que la reemplace, personas en situa-
ción de discapacidad, adultos mayores y mujeres jefas de hogar y podrá
ser entregado directamente a los usuarios por medio de transferencias no
rendibles. La regulación del presente subsidio se efectuará a través de
un decreto del Ministerio de Desarrollo Social, visado por la Dirección
de Presupuestos.