2014
10
00
00
MINISTERIO DE JUSTICIA
P
2014
10
04
00
GENDARMERÍA DE CHILE
P
2014
10
04
01
GENDARMERÍA DE CHILE (01,04,05,06)
(01,04,05,06)
P
100401
1
INGRESOS
301087729
0
I
P
100401
2
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
27418
0
I
P
100401
3
06
- 01
Arriendo de Activos No Financieros
27418
0
I
P
100401
4
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
59240
0
I
P
100401
5
07
- 02
Venta de Servicios
59240
0
I
P
100401
6
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
714642
0
I
P
100401
7
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
592622
0
I
P
100401
8
08
- 99
Otros
122020
0
I
P
100401
9
09
APORTE FISCAL
300197849
0
I
P
100401
10
09
- 01
Libre
300197849
0
I
P
100401
11
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
88580
0
I
P
100401
12
10
- 03
Vehículos
88580
0
I
P
100401
13
GASTOS
301087729
0
G
P
100401
14
21
GASTOS EN PERSONAL
220535706
0
G
02
P
100401
15
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
68914732
0
G
03
P
100401
16
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
483337
0
G
P
100401
17
23
- 01
Prestaciones Previsionales
483337
0
G
P
100401
18
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
7411554
0
G
P
100401
19
29
- 03
Vehículos
1956604
0
G
P
100401
20
29
- 04
Mobiliario y Otros
1495344
0
G
P
100401
21
29
- 05
Máquinas y Equipos
3784025
0
G
P
100401
22
29
- 06
Equipos Informáticos
165406
0
G
P
100401
23
29
- 07
Programas Informáticos
10175
0
G
P
100401
24
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
3742400
0
G
07
P
100401
25
31
- 02
Proyectos
3742400
0
G
P
100401
1
Dotación Máxima de Vehículos 319
100401
2
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 17.554
- Y horas médicas 2.871
No regirá la limitación establecida en el inciso 2° del artículo 10 de la
Ley N°18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 1.446.790
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 1.007.316
- En el Exterior en Miles de $ 10.429
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 633.540
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 48
- Miles de $ 307.764
100401
3
Incluye :
a) Recursos para el cumplimiento del artículo N° 14 del D.F.L N° 1.791(J),
de 1979.
b) $ 31.512.889 miles, por concepto de alimentación y bebidas para reos y
personal.
c) $ 600.107 miles para adquisición de frazadas.
d) $ 1.069.628 miles para adquisición de colchones.
e) $ 852.291 miles para adquisición de literas.
f) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 159.351
En el uso de estos recursos se priorizará la adquisición de aquellos
materiales, insumos e implementos destinados a garantizar la seguridad
de los funcionarios en el cumplimiento de sus funciones de vigilancia
y control de los internos.
100401
4
El Ministerio de Justicia entregará información semestral a la Comisión de
Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados, a la Comi-
sión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado y a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos, del gasto mensual destinado a cada
reo interno en una cárcel administrada directamente por Gendarmería de
Chile y el gasto mensual destinado a la administración en cada penal y por
cada reo interno en una cárcel administrada directamente por Gendarmería de
Chile y el gasto mensual destinado a cada reo en una cárcel concesionada.
100401
5
El Ministerio de Justicia informará a la Comisión Especial Mixta de Presu-
puestos sobre el número total de funcionarios por unidad carcelaria y del
incremento de la planta funcionaria de Gendarmería. Dicho informe se remi-
tirá semestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del
semestre respectivo.
100401
6
El Ministerio de Justicia elaborará trimestralmente un informe sobre las
condiciones de seguridad de las cárceles concesionadas y las que están
bajo su administración directa, señalando el número de homicidios, y
delitos sexuales cometidos al interior de las mismas, indicando el número
de denuncias formuladas y las medidas empleadas para una adecuada inves-
tigación de los ilícitos. Deberá informar, igualmente, de los casos de
muerte, accidente o lesiones que afecten a personal de Gendarmería. Dichas
informaciones deberán ser enviadas a la Comisión Especial Mixta de Presu-
puestos.
Asimismo, Gendarmería informará a la Comisión de Constitución, Legislación
y Justicia de ambas Cámaras, la estadística respecto del tipo y número de
medidas disciplinarias que se aplique a los internos, sobre todo las
relacionadas con el aislamiento, la incomunicación y todas aquellas que
importen una grave restricción a las garantías constitucionales.
100401
7
Incluye recursos para Fondo de Emergencias por $332.185 miles, para repa-
rar bienes muebles e inmuebles deteriorados por motines, fugas o intentos
de fuga, incendios y otras situaciones extraordinarias que perturben el
normal funcionamiento de los establecimientos penitenciarios.
A los proyectos respectivos no les será aplicable el procedimiento de iden-
tificación establecido en el artículo 19 bis del decreto Ley N° 1.263, de
1975, y su ejecución será dispuesta directamente por el Servicio mediante
resolución fundada.
Gendarmería informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos el actual
estado de los penales afectados por el terremoto de febrero de 2010 y de las
reparaciones efectivamente materializadas, indicando cuáles son las obras que
quedan pendientes, si las hubiere.
Gendarmería deberá informar a la Comisión de Constitución, Legislación y
Justicia de ambas Cámaras, respecto de los actuales niveles de hacinamiento
en los penales, desagregados por regiones.