2014
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2014
16
35
00
SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA NORTE
P
2014
16
35
01
SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA NORTE (01)
(01)
P
163501
1
INGRESOS
49435158
0
I
P
163501
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
47212882
0
I
P
163501
3
05
- 02
Del Gobierno Central
47212882
0
I
P
163501
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
16949124
0
I
P
163501
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
11576408
0
I
P
163501
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
18636866
0
I
P
163501
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
50484
0
I
P
163501
8
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
1035572
0
I
P
163501
9
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
1022722
0
I
P
163501
10
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
949776
0
I
P
163501
11
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
1060
0
I
P
163501
12
08
- 99
Otros
71886
0
I
P
163501
13
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
155964
0
I
P
163501
14
12
- 10
Ingresos por Percibir
155964
0
I
P
163501
15
15
SALDO INICIAL DE CAJA
8018
0
I
P
163501
16
GASTOS
49435158
0
G
P
163501
17
21
GASTOS EN PERSONAL
26830882
0
G
02
P
163501
18
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
8396999
0
G
03
P
163501
19
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
14100586
0
G
P
163501
20
24
- 01
Al Sector Privado
4214
0
G
P
163501
21
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
4214
0
G
P
163501
22
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
14096372
0
G
P
163501
23
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
14096372
0
G
P
163501
24
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
98658
0
G
P
163501
25
29
- 04
Mobiliario y Otros
98658
0
G
P
163501
26
35
SALDO FINAL DE CAJA
8033
0
G
P
163501
1
Dotación Máxima de Vehículos 43
163501
2
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal Ley N° 18.834
- N° de cargos 1.448
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 8.746
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 48
- N° de horas semanales 1.344
Incluye, en la dotación máxima de personal Ley N° 18.834, hasta 7
cargos que podrán desempeñarse indistintamente de acuerdo al régimen de
remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N°
19.664, con 33 horas semanales y 2 cargos en el Programa de Enfermería
Rural que se desempeñarán de acuerdo al régimen de remuneraciones del
citado decreto ley.
Durante el año 2014, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
265.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 729.144
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 1.641.568
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 268
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 387
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 196.520
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 66.735
e) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 840.328
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 6
- Miles de $ 51.021
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N°86, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 86
- Miles de $ 70.848
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
163501
3
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, Leyes N°s 18.575, 15.076 y 19.664
- Miles de $ 121.627