2014
09
00
00
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
P
2014
09
01
00
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN
P
2014
09
01
01
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN (01,02,03,14)
01,02,03,14
P
090101
1
INGRESOS
210592748
0
I
P
090101
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
8283356
0
I
P
090101
3
05
- 02
Del Gobierno Central
8283356
0
I
P
090101
4
05
- 02
007
Ley N° 20.595 y Sistema Chile Solidario
2103356
0
I
P
090101
5
05
- 02
080
Fondo para la Educación, Ley N° 20.630
6180000
0
I
P
090101
6
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
1082
0
I
P
090101
7
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
1203343
0
I
P
090101
8
07
- 02
Venta de Servicios
1203343
0
I
P
090101
9
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
531305
0
I
P
090101
10
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
530223
0
I
P
090101
11
08
- 99
Otros
1082
0
I
P
090101
12
09
APORTE FISCAL
200566342
0
I
P
090101
13
09
- 01
Libre
200516637
0
I
P
090101
14
09
- 03
Servicio de la Deuda Externa
49705
0
I
P
090101
15
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
6320
0
I
P
090101
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
090101
17
GASTOS
210592748
0
G
P
090101
18
21
GASTOS EN PERSONAL
30947578
0
G
04
P
090101
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
6234642
0
G
05,06
P
090101
20
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
160726750
0
G
06
P
090101
21
24
- 01
Al Sector Privado
155231999
0
G
P
090101
22
24
- 01
002
Premio al Mérito Juan Vilches Jimenez, D.S.(Ed.) N°391/2003
1349
0
G
P
090101
23
24
- 01
024
Convenio INTEGRA
151876390
0
G
07
P
090101
24
24
- 01
180
Instituto Astronómico Isaac Newton
39099
0
G
P
090101
25
24
- 01
181
Fundación Tiempos Nuevos
2770506
0
G
08
P
090101
26
24
- 01
184
Instituto de Chile
440383
0
G
09
P
090101
27
24
- 01
185
Premios Nacionales y Premio Luis Cruz Martínez
104272
0
G
P
090101
28
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
5494751
0
G
P
090101
29
24
- 03
090
Consejo de Calificación Cinematográfica
3427
0
G
P
090101
30
24
- 03
136
Desarrollo de Capacidades para el Estudio e Investigaciones Pedagógicas
3141207
0
G
10
P
090101
31
24
- 03
381
Intercambios Docentes, Cultural y de Asistencia
259109
0
G
11
P
090101
32
24
- 03
532
Sistema de Información y Gestión Escolar
2091008
0
G
12
P
090101
33
25
INTEGROS AL FISCO
170206
0
G
P
090101
34
25
- 01
Impuestos
170206
0
G
P
090101
35
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
3333673
0
G
13
P
090101
36
29
- 03
Vehículos
97439
0
G
P
090101
37
29
- 04
Mobiliario y Otros
281375
0
G
P
090101
38
29
- 05
Máquinas y Equipos
135060
0
G
P
090101
39
29
- 06
Equipos Informáticos
767163
0
G
P
090101
40
29
- 07
Programas Informáticos
2052636
0
G
P
090101
41
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
1059870
0
G
P
090101
42
31
- 02
Proyectos
1059870
0
G
P
090101
43
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
8068237
0
G
P
090101
44
33
- 01
Al Sector Privado
6555991
0
G
P
090101
45
33
- 01
024
Convenio INTEGRA
6555991
0
G
07
P
090101
46
33
- 03
A Otras Entidades Públicas
1512246
0
G
P
090101
47
33
- 03
010
Sistema de Información y Gestión Escolar
1512246
0
G
12
P
090101
48
34
SERVICIO DE LA DEUDA
50733
0
G
P
090101
49
34
- 02
Amortización Deuda Externa
47712
0
G
P
090101
50
34
- 04
Intereses Deuda Externa
1993
0
G
P
090101
51
34
- 07
Deuda Flotante
1028
0
G
P
090101
52
35
SALDO FINAL DE CAJA
1059
0
G
P
090101
01
Se otorgará la calidad de agente público, para todos los efectos legales,
a 12 personas que se encuentren contratadas a honorarios y sean responsables
de programas, dentro de los Programas Presupuestarios del Capítulo Subsecre-
taría de Educación.
090101
02
Anualmente la Subsecretaría remitirá a las Comisiones de Educación de ambas
Cámaras información, desagregada por edad, relativa al número de alumnos en
el sistema escolar, desagregados por el tipo de sostenedor y nivel educacio-
nal, para cada comuna y región.
090101
03
Dotación máxima de vehículos, comprende:
a) Dotación máxima de vehículos que sirven a la Subsecretaría de Educación: 25
b) Dotación máxima de vehículos que forman parte del inventario de los
establecimientos educacionales de enseñanza media técnico profesional,
regidos conforme el D.L. Nº3.166, de 1980. : 24
090101
04
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 1.710
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 251.557
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 256.553
- En el Exterior en Miles de $ 70.111
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 1.829.425
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 55
- Miles de $ 507.356
La contratación de expertos extranjeros podrá realizarse, en casos califi-
cados por el Subsecretario de Educación, sin sujeción a las exigencias del
Decreto Supremo de Hacienda Nº98 de 1991, artículo 12 del D.F.L. N°29 de
2004 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley
Nº18.834, artículo 48 del D.L. Nº1.094 de 1975 y del artículo 100 del
Decreto Nº597 de 1984, del Ministerio de Interior.
El personal a contrata del Capítulo 01 Subsecretaría de Educación podrá
desempeñar las funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen,
mediante resolución fundada del Subsecretario de Educación, en la que deberá
precisar las referidas funciones. Con todo, el personal contratado en estas
condiciones no podrá exceder de 20 funcionarios.
090101
05
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N°18.575
- Miles de $ 393.926
b) Prevención de riesgos y mejoramiento de ambientes laborales
- Miles de $ 110.231
090101
06
El Ministerio de Educación deberá informar trimestralmente, dentro de los
treinta días siguientes al término del trimestre respectivo, a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos, de los gastos de publicidad y difusión,
efectuados en los diferentes programas de ese Ministerio, especificando los
recursos ejecutados por conceptos de campañas comunicacionales, cualquiera
sea su imputación presupuestaria (bienes y servicios de consumo y/o transfe-
rencias corrientes).
090101
07
El convenio entre el Ministerio de Educación e INTEGRA, que deberá ser
visado por la Dirección de Presupuestos, establecerá, entre otros, la forma
en que se entregarán estos recursos, el uso que la Fundación INTEGRA podrá
dar a ellos, la forma en que mensualmente rendirá cuenta de la ejecución de
los mismos al Ministerio de Educación y el número de niños que atenderá en
cada nivel y modalidad.
El Programa INTEGRA dará acceso preferente a los niños en edad preescolar beneficiarios de la Ley N° 20.595 y Sistema Chile Solidario.
Sin perjuicio de lo establecido en el inciso primero del Art. 3 de la Ley
N°16.744, durante el año 2014 quedarán cubiertos por el seguro escolar a que
se refiere dicha ley, los párvulos atendidos por Fundación INTEGRA y por
aquellas entidades que reciban aportes por transferencias de fondos, a tra-
vés de ésta.
El Ministerio de Educación enviará copia del convenio suscrito con INTEGRA a
la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, a más tardar el 31 de enero de
2014, desagregadas por nivel educacional, modalidad de atención y región.
Asimismo deberá informar semestralmente a la mencionada Comisión, dentro de
los treinta días siguientes al término del semestre respectivo, sobre el
grado de avance en el cumplimiento de dichas metas.
Además enviará semestralmente a la Unidad de asesoría Presupuestaria del
Congreso Nacional, a las Comisiones de Educación de la cámara de Diputados y
del Senado información actualizada, desagregada por regiones y comunas, so-
bre los detalles del convenio suscrito con INTEGRA, la cantidad de estable-
cimientos, capacidad de atención y matrícula y la atención de niños y niñas
en situación de vulnerabilidad.
090101
08
En el convenio respectivo se establecerán, entre otros, los servicios, el
número de estudiantes y docentes que serán atendidos en forma gratuita en
el Museo Interactivo y los gastos a ejecutar durante el año 2014, el cual
será remitido al Congreso Nacional. Asimismo, en el mes de julio, la
Fundación le remitirá en forma detallada el nivel de ejecución de dicho
convenio.
Incluye:
a) $257.500 miles para la mantención mayor, mejoramiento y reposición de
la infraestructura y equipamiento.
b) $51.500 miles para la reposición de nuevas muestras y/o módulos exposi-
tivos a incorporar como oferta educativa en el museo de Santiago, o como
oferta itinerante.
090101
09
Estos recursos serán transferidos conforme al convenio suscrito entre el
Ministerio de Educación y el organismo receptor, en el cual deberá estipu-
larse, entre otros, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y forma de
rendir cuenta de su uso.
El Ministerio deberá publicar en su página web el convenio y el organismo
receptor deberá incorporar en su página web información trimestral sobre sus
estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo su
balance.
090101
10
Conforme al Decreto N°25, de 2006, del Ministerio de Educación, y sus modi-
ficaciones.
Incluye el financiamiento para las siguientes líneas de acción:
a) Fondo de investigación educativa, con la participación de expertos.
- Miles de $ 464.147
b) Fortalecimiento equipo de estudios y apoyo a la gestión municipal.
- Miles de $ 562.751
Fortalecer un equipo de análisis del sistema educacional que vincule
información proveniente de diagnósticos derivados de estudios, investiga-
ciones, o evaluaciones con estrategias de acción concretas en los sistemas
de gestión de los municipios.
El Ministerio de Educación deberá informar trimestralmente, dentro de los
treinta días siguientes al término del trimestre respectivo, a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos,las nóminas del personal contratado con estos
recursos, así como sus responsabilidades.
c) Gastos de operación para estudios, investigaciones y evaluaciones.
- Miles de $ 21.791
090101
11
Para el cumplimiento de convenios y acuerdos con otros países y/o con orga-
nismos internacionales.
Incluye financiamiento para la organización de reuniones en el país, confor-
me a acuerdos internacionales sobre la educación y la ciencia, y pagar pasa-
jes y estadía de expertos chilenos y extranjeros, por viajes desde y hacia
el país, autorizados por resolución fundada del Subsecretario de Educación.
Considera financiamiento de servicios de traducción simultánea de los expo-
sitores.
Los expertos chilenos que hagan uso de estos recursos deben desarrollar ac-
tividades en establecimientos educacionales.
El Ministerio deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta
de Presupuestos sobre el resultado de las actividades realizadas en el marco
del cumplimiento de convenios y acuerdos con otros países y organismos in-
ternacionales, dentro de los treinta días siguientes al término del respec-
tivo trimestre.
090101
12
Recursos destinados al Sistema de Información y Gestión Escolar de acuerdo a
lo establecido en la Resolución N°216, del año 2011, del Ministerio de Edu-
cación y sus modificaciones.
Considera $38.319 miles para contratación de personal a honorarios, mediante
resolución del Subsecretario de Educación, para mejoramiento de sistemas de
información de subvenciones y procesamiento de información.
El Ministerio de Educación deberá enviar a la Unidad de Asesoría Presupues-
taria del Congreso Nacional un informe detallado sobre el funcionamiento de
este sistema.
090101
13
Incluye $110.231 miles para prevención de riesgos y mejoramiento de ambien-
tes laborales.
090101
14
El Ministerio de Educación deberá informar a las Comisiones de Educación del
Senado y de la Cámara de Diputados y a la Comisión Especial Mixta de Presu-
puestos, al 31 de enero de 2014, la forma en que el Gobierno ha tratado y
resuelto la denominada “deuda histórica” de los profesores municipales, por
el pago de la asignación contemplada en el decreto ley N° 3.551.