2014
10
00
00
MINISTERIO DE JUSTICIA
P
2014
10
04
00
GENDARMERÍA DE CHILE
P
2014
10
04
01
GENDARMERÍA DE CHILE (01,04,05,06)
01,04,05,06
P
100401
1
INGRESOS
301087729
0
I
P
100401
2
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
27418
0
I
P
100401
3
06
- 01
Arriendo de Activos No Financieros
27418
0
I
P
100401
4
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
59240
0
I
P
100401
5
07
- 02
Venta de Servicios
59240
0
I
P
100401
6
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
714642
0
I
P
100401
7
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
592622
0
I
P
100401
8
08
- 99
Otros
122020
0
I
P
100401
9
09
APORTE FISCAL
300197849
0
I
P
100401
10
09
- 01
Libre
300197849
0
I
P
100401
11
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
88580
0
I
P
100401
12
10
- 03
Vehículos
88580
0
I
P
100401
13
GASTOS
301087729
0
G
P
100401
14
21
GASTOS EN PERSONAL
220535706
0
G
02
P
100401
15
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
68914732
0
G
03
P
100401
16
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
483337
0
G
P
100401
17
23
- 01
Prestaciones Previsionales
483337
0
G
P
100401
18
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
7411554
0
G
P
100401
19
29
- 03
Vehículos
1956604
0
G
P
100401
20
29
- 04
Mobiliario y Otros
1495344
0
G
P
100401
21
29
- 05
Máquinas y Equipos
3784025
0
G
P
100401
22
29
- 06
Equipos Informáticos
165406
0
G
P
100401
23
29
- 07
Programas Informáticos
10175
0
G
P
100401
24
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
3742400
0
G
07
P
100401
25
31
- 02
Proyectos
3742400
0
G
P
100401
01
Dotación Máxima de Vehículos 319
100401
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 17.554
- Y horas médicas 2.871
No regirá la limitación establecida en el inciso 2° del artículo 10 de la
Ley N°18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 1.446.790
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 1.007.316
- En el Exterior en Miles de $ 10.429
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 633.540
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 48
- Miles de $ 307.764
100401
03
Incluye :
a) Recursos para el cumplimiento del artículo N° 14 del D.F.L N° 1.791(J),
de 1979.
b) $ 31.512.889 miles, por concepto de alimentación y bebidas para reos y
personal.
c) $ 600.107 miles para adquisición de frazadas.
d) $ 1.069.628 miles para adquisición de colchones.
e) $ 852.291 miles para adquisición de literas.
f) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 159.351
En el uso de estos recursos se priorizará la adquisición de aquellos
materiales, insumos e implementos destinados a garantizar la seguridad
de los funcionarios en el cumplimiento de sus funciones de vigilancia
y control de los internos.
100401
04
El Ministerio de Justicia entregará información semestral a la Comisión de
Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados, a la Comi-
sión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado y a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos, del gasto mensual destinado a cada
reo interno en una cárcel administrada directamente por Gendarmería de
Chile y el gasto mensual destinado a la administración en cada penal y por
cada reo interno en una cárcel administrada directamente por Gendarmería de
Chile y el gasto mensual destinado a cada reo en una cárcel concesionada.
100401
05
El Ministerio de Justicia informará a la Comisión Especial Mixta de Presu-
puestos sobre el número total de funcionarios por unidad carcelaria y del
incremento de la planta funcionaria de Gendarmería. Dicho informe se remi-
tirá semestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del
semestre respectivo.
100401
06
El Ministerio de Justicia elaborará trimestralmente un informe sobre las
condiciones de seguridad de las cárceles concesionadas y las que están
bajo su administración directa, señalando el número de homicidios, y
delitos sexuales cometidos al interior de las mismas, indicando el número
de denuncias formuladas y las medidas empleadas para una adecuada inves-
tigación de los ilícitos. Deberá informar, igualmente, de los casos de
muerte, accidente o lesiones que afecten a personal de Gendarmería. Dichas
informaciones deberán ser enviadas a la Comisión Especial Mixta de Presu-
puestos.
Asimismo, Gendarmería informará a la Comisión de Constitución, Legislación
y Justicia de ambas Cámaras, la estadística respecto del tipo y número de
medidas disciplinarias que se aplique a los internos, sobre todo las
relacionadas con el aislamiento, la incomunicación y todas aquellas que
importen una grave restricción a las garantías constitucionales.
100401
07
Incluye recursos para Fondo de Emergencias por $332.185 miles, para repa-
rar bienes muebles e inmuebles deteriorados por motines, fugas o intentos
de fuga, incendios y otras situaciones extraordinarias que perturben el
normal funcionamiento de los establecimientos penitenciarios.
A los proyectos respectivos no les será aplicable el procedimiento de iden-
tificación establecido en el artículo 19 bis del decreto Ley N° 1.263, de
1975, y su ejecución será dispuesta directamente por el Servicio mediante
resolución fundada.
Gendarmería informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos el actual
estado de los penales afectados por el terremoto de febrero de 2010 y de las
reparaciones efectivamente materializadas, indicando cuáles son las obras que
quedan pendientes, si las hubiere.
Gendarmería deberá informar a la Comisión de Constitución, Legislación y
Justicia de ambas Cámaras, respecto de los actuales niveles de hacinamiento
en los penales, desagregados por regiones.