2015
05
00
00
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
P
2015
05
75
00
GOBIERNO REGIONAL REGIÓN XV ARICA Y PARINACOTA
P
2015
05
75
01
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO REGIÓN XV (01)
01
P
057501
1
INGRESOS
3296342
0
I
P
057501
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
4220
0
I
P
057501
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
4200
0
I
P
057501
4
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
10
0
I
P
057501
5
08
- 99
Otros
10
0
I
P
057501
6
09
APORTE FISCAL
3291122
0
I
P
057501
7
09
- 01
Libre
3291122
0
I
P
057501
8
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
057501
9
GASTOS
3296342
0
G
P
057501
10
21
GASTOS EN PERSONAL
2145078
0
G
02
P
057501
11
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
802735
0
G
03
P
057501
12
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
10
0
G
P
057501
13
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
10
0
G
P
057501
14
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
239313
0
G
P
057501
15
24
- 01
Al Sector Privado
239313
0
G
P
057501
16
24
- 01
050
Pagos Art.39 e Inciso Final Art.y 72 Ley N°19.175
239313
0
G
04
P
057501
17
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
107206
0
G
P
057501
18
29
- 04
Mobiliario y Otros
7210
0
G
P
057501
19
29
- 05
Máquinas y Equipos
24373
0
G
P
057501
20
29
- 06
Equipos Informáticos
32342
0
G
P
057501
21
29
- 07
Programas Informáticos
43281
0
G
P
057501
22
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
057501
23
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
057501
24
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
057501
01
Dotación Máxima de Vehículos 5
057501
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 70
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 16.393
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 39.571
- En el Exterior en Miles de $ 3.650
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 634.575
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 1
- Miles de $ 16.764
057501
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N°18.575
- Miles de $ 18.228
057501
04
A esta asignación se imputarán los gastos de los consejeros regio-
nales por concepto de: i)dietas (de acuerdo a la asistencia a sesiones
y comisiones, según lo estipula la Ley N°19.175 y sus modificaciones),
ii) pasajes y reembolsos de gastos para asistencia a sesiones del consejo
y de comisiones por concepto de traslado, alimentación y alojamiento
cuando ello signifique trasladarse fuera de su residencia habitual y
iii) pasajes y reembolsos por concepto de traslado, alimentación y aloja-
miento respecto de tareas encomendadas por el consejo regional a sus
miembros, incluidos los cometidos al extranjero, en la medida que exista
disponibilidad presupuestaria.
Para los fines de calcular el monto máximo de recursos que se pueda
disponer para cometidos al extranjero, se establece que el monto
autorizado para gastos reembolsables en este presupuesto asciende a
$119.855 miles.