2015
09
00
00
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
P
2015
09
09
00
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
P
2015
09
09
01
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS (01)
01
P
090901
1
INGRESOS
493004524
0
I
P
090901
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
7143238
0
I
P
090901
3
05
- 02
Del Gobierno Central
7143238
0
I
P
090901
4
05
- 02
005
Ley N° 20.595 y Sistema Chile Solidario
7143238
0
I
P
090901
5
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
4871890
0
I
P
090901
6
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
184820
0
I
P
090901
7
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
2575000
0
I
P
090901
8
08
- 99
Otros
2112070
0
I
P
090901
9
09
APORTE FISCAL
480918121
0
I
P
090901
10
09
- 01
Libre
480918121
0
I
P
090901
11
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
10232
0
I
P
090901
12
10
- 03
Vehículos
10232
0
I
P
090901
13
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
60043
0
I
P
090901
14
12
- 10
Ingresos por Percibir
60043
0
I
P
090901
15
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
090901
16
GASTOS
493004524
0
G
P
090901
17
21
GASTOS EN PERSONAL
10959410
0
G
02
P
090901
18
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
4049836
0
G
03
P
090901
19
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
618251
0
G
P
090901
20
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
618251
0
G
P
090901
21
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
476441698
0
G
P
090901
22
24
- 01
Al Sector Privado
476441698
0
G
04,05
P
090901
23
24
- 01
190
Programa de Alimentación JUNJI
71660521
0
G
P
090901
24
24
- 01
230
Aporte a Instituciones Colaboradoras
399477
0
G
06
P
090901
25
24
- 01
231
Programa de Alimentación para Educación Básica
237694374
0
G
P
090901
26
24
- 01
234
Capacitación a Terceros
162525
0
G
P
090901
27
24
- 01
239
Control Programas de la JUNAEB
3094519
0
G
07
P
090901
28
24
- 01
240
Programa de Alimentación de Vacaciones
2918836
0
G
08
P
090901
29
24
- 01
242
Programa de Alimentación para Kinder
26415129
0
G
P
090901
30
24
- 01
243
Programa de Alimentación Enseñanza Media
106946011
0
G
P
090901
31
24
- 01
244
Programa de Alimentación para Refuerzo Educativo
281661
0
G
09
P
090901
32
24
- 01
246
Programa de Alimentación para Prekinder
21120758
0
G
P
090901
33
24
- 01
248
Programa de Alimentacion Especial para Estudiantes Adultos
5399228
0
G
P
090901
34
24
- 01
249
Programa Alimentación para Actividades Extraescolares en liceos
161264
0
G
P
090901
35
24
- 01
258
Programa de Alimentación Reescolarización plan 12 años escolaridad
187395
0
G
10
P
090901
36
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
933329
0
G
P
090901
37
29
- 03
Vehículos
78280
0
G
P
090901
38
29
- 04
Mobiliario y Otros
69494
0
G
P
090901
39
29
- 06
Equipos Informáticos
151548
0
G
P
090901
40
29
- 07
Programas Informáticos
634007
0
G
P
090901
41
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
090901
42
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
090901
43
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
090901
01
Dotación Máxima de Vehículos 48
090901
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 636
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 129.658
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 312.433
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 256.844
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 11
- Miles de $ 123.605
f) El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo
que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe del
Servicio, en la que deberán precisarse las referidas funciones. Con
todo, dicho personal no podrá exceder de 15 funcionarios.
090901
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 91.993
090901
04
Los recursos de los Programas de Alimentación Escolar están dirigidos a
estudiantes de establecimientos regidos por el D.F.L.(Ed.) N°2, de 1998 y
a los niños atendidos por la Junta Nacional de Jardines Infantiles. También
considera a estudiantes:
a) De la Ley N° 20.595 y Chile Solidario, incluyendo a los egresados de
este último programa.
b) Residentes en hogares estudiantiles e internados atendidos por la Junta
Nacional de Auxilio Escolar y Becas.
c) Que participan directamente en actividades del Programa "4 a 7", por un
monto de hasta $ 526.570 miles.
Asimismo, incluye apoyo alimenticio para escolares, personal docente y no
docente, padres o apoderados que participen directamente en actividades
extraescolares, por un monto de hasta $ 509.000 miles y la alimentación de
los profesores encargados de los programas.
Mediante resolución de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, que
deberá dictarse antes del 31 de diciembre de 2014, que llevará la visación
de la Dirección de Presupuestos, se establecerá el número de raciones
alimenticias que podrán entregar a los estudiantes de establecimientos
regidos por el D.F.L.(Ed.) N°2, de 1998, según la cantidad de calorías por
alumno en los diferentes servicios que se entregan en los Programas de
Alimentación.
090901
05
Mediante decreto del Ministerio de Educación, que podrá ser dictado una
vez publicada esta ley, se podrá establecer las condiciones de todo tipo
mediante las que la JUNAEB podrá efectuar contratos en forma directa con
empresas que permitan ampliar la cobertura de atención de los estudiantes,
durante el año 2015, con los Programas de Alimentación, a aquellos que
provienen de hogares pertenecientes a los tres quintiles de menores ingresos
de la población del país. En estos contratos podrán participar tanto las
empresas que actualmente son concesionarias de los Programas de Alimentación
de JUNAEB como otras que no lo son.
La JUNAEB deberá publicar en su página web las empresas a que se refiere el
párrafo anterior, señalando el número de raciones contratadas y los
recursos comprometidos con cada una de ellas.
090901
06
Incluye recursos para:
a) Hogar Sagrado Corazón
- Miles de $ 63.916
b) Sociedad de Asistencia y Capacitación
- Miles de $ 191.750
c) Programa Asistencia Hogar de Cristo
- Miles de $ 143.811
090901
07
Mediante resolución de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, se
determinarán los tipos de acciones de controles que se realizarán.
Incluye gastos en personal asociados a la ejecución de esta asignación.
090901
08
Incluye recursos para:
a) Remunerar al personal de los establecimientos que atiendan este programa
y para transferirlos a las Municipalidades y otros organismos competentes.
El monto diario de dicha remuneración tendrá el carácter de no imponible
ni tributable y se fijará por Resolución de la Junta Nacional de Auxilio
Escolar y Becas, visada por la Dirección de Presupuestos. En dicha
resolución se fijará, además, el monto de estos recursos.
b) El programa de jardines familiares estacionales para hijos mayores de
6 años de madres temporeras.
c) La entrega de alimentación para los beneficiarios y participantes de
programas recreacionales (vacaciones en escuelas, campamentos, colonias,
escuelas abiertas y trabajos voluntarios).
090901
09
Conforme lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 19.398. Los criterios
para la selección de los establecimientos y alumnos beneficiarios serán
determinados por la Subsecretaría de Educación.
090901
10
Recursos destinados a entregar alimentación a niños y jóvenes de extrema
vulnerabilidad social, beneficiarios del programa de reescolarización admi-
nistrado por el Ministerio de Educación, a fin de lograr su incorporación
al sistema educacional.