2015
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2015
16
46
00
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO OCCIDENTE
P
2015
16
46
01
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO OCCIDENTE (01)
01
P
164601
1
INGRESOS
225277126
0
I
P
164601
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
218238326
0
I
P
164601
3
05
- 02
Del Gobierno Central
218238326
0
I
P
164601
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
82017494
0
I
P
164601
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
83699682
0
I
P
164601
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
52363565
0
I
P
164601
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
157585
0
I
P
164601
8
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
5275
0
I
P
164601
9
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
3733431
0
I
P
164601
10
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
2870446
0
I
P
164601
11
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
2713633
0
I
P
164601
12
08
- 99
Otros
156813
0
I
P
164601
13
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
397628
0
I
P
164601
14
12
- 10
Ingresos por Percibir
397628
0
I
P
164601
15
15
SALDO INICIAL DE CAJA
32020
0
I
P
164601
16
GASTOS
225277126
0
G
P
164601
17
21
GASTOS EN PERSONAL
88385937
0
G
02
P
164601
18
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
58368695
0
G
03
P
164601
19
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
1098119
0
G
P
164601
20
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
1098119
0
G
P
164601
21
23
- 03
001
Indemnización de Cargo Fiscal
1098119
0
G
P
164601
22
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
76999201
0
G
P
164601
23
24
- 01
Al Sector Privado
17276
0
G
P
164601
24
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
17276
0
G
P
164601
25
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
76981925
0
G
P
164601
26
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
76981925
0
G
P
164601
27
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
393141
0
G
P
164601
28
29
- 04
Mobiliario y Otros
393141
0
G
P
164601
29
35
SALDO FINAL DE CAJA
32033
0
G
P
164601
01
Dotación Máxima de Vehículos 64
164601
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal Ley N° 18.834
- N° de cargos 4.627
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 22.863
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 328
- N° de horas semanales 9.184
Incluye, en la dotación máxima de personal Ley N° 18.834, hasta 17
cargos que podrán desempeñarse indistintamente de acuerdo al régimen de
remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N°
19.664, con 33 horas semanales y 1 cargo en el Programa de Enfermería
Rural que se desempeñarán de acuerdo al régimen de remuneraciones del
citado decreto ley.
Durante el año 2015, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
1.097.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 1.872.794
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 5.319.262
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.995
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 173
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 444.612
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 15.032
e) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 2.403.846
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 15
- Miles de $ 93.005
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N° 1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 126
- Miles de $ 123.717
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
164601
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, Leyes N°s 18.575, 15.076 y 19.664
- Miles de $ 353.562