2015
21
00
00
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
P
2015
21
02
00
FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL
P
2015
21
02
01
FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL (01)
01
P
210201
1
INGRESOS
75199878
0
I
P
210201
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
15884250
0
I
P
210201
3
05
- 02
Del Gobierno Central
15884250
0
I
P
210201
4
05
- 02
002
Subsecretaría de Servicios Sociales - Programa 05
15884250
0
I
P
210201
5
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
1295
0
I
P
210201
6
07
- 01
Venta de Bienes
1295
0
I
P
210201
7
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
907924
0
I
P
210201
8
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
207422
0
I
P
210201
9
08
- 99
Otros
700502
0
I
P
210201
10
09
APORTE FISCAL
58390661
0
I
P
210201
11
09
- 01
Libre
58390661
0
I
P
210201
12
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
13481
0
I
P
210201
13
10
- 03
Vehículos
13481
0
I
P
210201
14
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
1267
0
I
P
210201
15
12
- 10
Ingresos por Percibir
1267
0
I
P
210201
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
210201
17
GASTOS
75199878
0
G
P
210201
18
21
GASTOS EN PERSONAL
11501949
0
G
02
P
210201
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
2202305
0
G
03
P
210201
20
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
24515871
0
G
04
P
210201
21
24
- 01
Al Sector Privado
744288
0
G
05
P
210201
22
24
- 01
548
Alianzas Público-Privadas
744288
0
G
06
P
210201
23
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
23771583
0
G
07
P
210201
24
24
- 03
334
Programa de Acompañamiento Psicosocial
11110353
0
G
08
P
210201
25
24
- 03
337
Programa de Acompañamiento Sociolaboral
10601230
0
G
09
P
210201
26
24
- 03
339
Programa Eje - Pobreza Extrema
2060000
0
G
10
P
210201
27
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
784380
0
G
P
210201
28
29
- 03
Vehículos
28644
0
G
P
210201
29
29
- 04
Mobiliario y Otros
56702
0
G
P
210201
30
29
- 06
Equipos Informáticos
222453
0
G
P
210201
31
29
- 07
Programas Informáticos
476581
0
G
11
P
210201
32
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
36194373
0
G
P
210201
33
33
- 01
Al Sector Privado
34625990
0
G
05
P
210201
34
33
- 01
001
Programa de Emprendimiento y Microfinanzas
23715850
0
G
12,13
P
210201
35
33
- 01
002
Programa de Desarrollo Social
5026400
0
G
13,14
P
210201
36
33
- 01
007
Programa de Empleabilidad
5125515
0
G
15
P
210201
37
33
- 01
009
Programa de Educación Financiera
758225
0
G
16
P
210201
38
33
- 03
A Otras Entidades Públicas
1568383
0
G
P
210201
39
33
- 03
003
Intervención en Territorios
752623
0
G
17
P
210201
40
33
- 03
004
Huertos Comunitarios
383160
0
G
18
P
210201
41
33
- 03
006
Habitabilidad en Comunidades
432600
0
G
18
P
210201
42
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
210201
43
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
210201
01
Dotación Máxima de Vehículos 46
210201
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 579
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
de la Ley N° 18.834. respecto de los empleos a contrata incluidos en esta
dotación.
Hasta un 15% del personal a contrata podrá desempeñar las funciones de
carácter directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fun-
da del Jefe del Servicio, en la que deberá precisarse, en todo caso, las
referidas funciones.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 60.351
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 278.044
- En el Exterior en Miles de $ 4.422
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 336.059
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 17
- Miles de $ 134.143
210201
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 55.498
210201
04
La individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos
y de las personas o entidades ejecutoras, los montos asignados y la moda-
lidad de asignación deberán ser informados trimestralmente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos dentro de los treinta días siguientes al
término del respectivo trimestre.
210201
05
Con cargo a este ítem se podrá destinar recursos a instituciones
públicas y organismos del Sector Público, los que no se incorporarán a
los presupuestos de los organismos receptores. No obstante, éstos deberán
informar mensualmente al FOSIS sobre el gasto efectivo y avance físico de
los proyectos que se financian, el cual remitirá un informe consolidado
a la Dirección de Presupuestos y a la Comisión Especial Mixta de Presu-
puestos con igual periodicidad.
210201
06
Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos, exclui-
do personal.
210201
07
Con cargo a estos recursos se podrán contratar la totalidad de las personas
con calidad de Agente Público, para todos los efectos legales. Las contra-
taciones respectivas se harán mediante resolución fundada del Jefe de Ser-
vicio.
210201
08
Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos, incluso
la contratación de personal a honorarios. Podrá utilizarse como máximo
$ 1.697.568 miles en gastos de administración. Con todo, el gasto en ho-
norarios no podrá exceder de $ 1.274.296 miles. Estos recursos se podrán
ejecutar respecto de la Ley N° 20.595 y/o respecto del Subsistema Chile
Solidario, en conformidad con la normativa vigente.
El apoyo psicosocial será ejecutado por el Fondo de Solidaridad e Inver-
sión Social. El FOSIS estará facultado para celebrar convenios con los Mu-
nicipios y otras entidades públicas o privadas para la implementación de
los Programas.
210201
09
Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos, incluso
la contratación de personal a honorarios. Podrá utilizarse como máximo
$ 1.457.510 miles en gastos de administración. Con todo, el gasto en ho-
norarios no podrá exceder de $ 1.350.287 miles. Estos recursos se podrán
ejecutar respecto de la Ley N° 20.595 y/o respecto del Subsistema Chile
Solidario, en conformidad con la normativa vigente.
El apoyo sociolaboral será ejecutado por el Fondo de Solidaridad e Inver-
sión Social. El FOSIS estará facultado para celebrar convenios con los Mu-
nicipios y otras entidades públicas o privadas para la implementación de
los Programas.
210201
10
Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos, incluso
la contratación de personal a honorarios. Podrá utilizarse como máximo
$ 502.383 miles en gastos de administración. Estos recursos se podrán eje-
cutar para el Programa Eje, en los términos de lo previsto en el artículo
noveno transitorio de la Ley N° 20.595.
El FOSIS estará facultado para celebrar convenios con los Municipios y
otras entidades públicas o privadas para la implementación de los Progra-
mas.
Adicionalmente, informará de manera trimestral, dentro de los treinta días
siguientes al término del trimestre respectivo, la ejecución de estos re-
cursos a la Subsecretaría de Servicios Sociales.
210201
11
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.
210201
12
Con cargo a estos recursos, se considera $ 11.760.363 miles para atender a
lo menos a 18.900 usuarios de la ley N° 20.595 y Chile Solidario a través
del Programa Yo Emprendo Semilla, monto del cual podrá utilizarse como
máximo $ 804.238 miles en gastos de administración en la ejecución de éste
programa.
Podrán destinarse hasta $ 574.783 miles para gastos de administración del
resto de los programas.
210201
13
Mediante resoluciones del Servicio, con copia a la Dirección de Presupues-
tos, que podrán dictarse a contar de diciembre de 2014 se asignarán total
o parcialmente estos recursos entre las regiones del país.
Corresponderá a los Consejos Regionales resolver, sobre la base de la pro-
posición del Intendente, las provincias, comunas y/o agrupaciones de comu-
nas, en que se aplicarán los programas FOSIS y los recursos asignados a
cada una de ellas. Esta decisión deberá ser adoptada por el Gobierno
Regional dentro de un plazo de 30 días contado desde la recepción, por el
Intendente, de la resolución respectiva.
La determinación de los proyectos específicos que se financiarán, en cada
comuna, corresponderá a cada Municipalidad asignataria, la que deberá de-
cidir sobre la base del informe técnico del Servicio. En los casos de pro-
vincias o agrupaciones de comunas, la determinación se hará conforme lo
establezca el instructivo del Servicio, el que deberá incorporar la parti-
cipación de las comunas involucradas.
Los recursos que eventualmente fueren liberados en las regiones, provin-
cias, comunas y/o agrupaciones de comunas o por proyectos que habiendo
sido seleccionados no se ejecutaren, serán aplicados sin más trámite por
el Servicio, considerando los proyectos priorizados.
Los criterios técnicos de elegibilidad por cada una de las líneas de
acción que considera este ítem y los procedimientos específicos serán lo
que establezca el Servicio mediante resolución, la que podrá dictarse
igualmente a contar de la fecha antes indicada.
Exceptúense los programas transferidos por Subsecretaría de Servicios So-
ciales Programa 05.
Se podrán incluir hasta $ 161.711 miles para gastos de administración.
210201
14
Con cargo a estos recursos, se consideran $2.369.000 miles para atender
a familias en la Región de Aysén a través de la entrega de un subsidio de
calefacción denominado "Subsidio de Calefacción". Este bono será focaliza-
do preferentemente en familias que cuenten con adultos mayores o personas
en situación de discapacidad hasta el cuarto quintil de vulnerabilidad y
en otras familias hasta el tercer quintil de vulnerabilidad según puntaje
de la ficha de protección social o el instrumento de caracterización so-
cioeconómica vigente, y podrá ser entregado directamente a los usuarios
por medio de transferencias no rendibles. La regulación del presente sub-
sidio se efectuará a través del Decreto N° 5 del 2013 del Ministerio de
Desarrollo Social y sus modificaciones.
210201
15
Con cargo a estos recursos se consideran $ 802.312 miles para atender
1.300 usuarios de la ley N° 20.595 y Chile Solidario.
Se podrán incluir hasta $ 73.851 miles para gastos de administración.
Además se incorporan a este ítem $ 3.321.575 miles para atender a lo me-
nos 6.000 usuarios del programa Yo Trabajo, monto del cual podrá u-
tilizarse como máximo $ 115.025 miles en gastos de administración en la
ejecución de este programa.
Podrá destinarse hasta $ 71.212 miles para gastos de administración
del resto de los programas. Para la ejecución de estos recursos el Fondo
de Solidaridad e Inversión Social, podrá celebrar convenios con otras
entidades públicas.
Anualmente el Ministerio informará a la Comisión Especial Mixta de Pre-
supuestos sobre la utilización de los recursos asignados por esta glo-
sa, indicando los montos transferidos, los conceptos que justifican
dichas transferencias, las personas beneficiadas y un detalle aca-
bado de los usuarios del programa ley N° 20.595 y Chile Solidario que
han sido beneficiados.
210201
16
Se podrán incluir hasta $ 65.325 miles para financiar todo tipo de gas-
tos de administración, incluido personal. Antes de 31 de marzo de 2015
el Fondo de Solidaridad e Inversión Social enviará a la Comisión Espe-
cial Mixta de Presupuestos un informe con los objetivos, metas, caracte-
rísticas y número potencial de población beneficiaria de este programa
así como un cronograma de su implementación para el año 2015. La ejecución
de estos recursos deberán considerar acceso preferente para los usuarios
del Subsistema "Seguridades y Oportunidades" de la Ley N° 20.595. Mediante
convenio que se suscribirá entre el Fondo de Solidaridad e Inversión So-
cial y el Ministerio de Desarrollo Social, se establecerán las condiciones
y la forma en que se hará efectivo dicho acceso preferente.
210201
17
Con cargo a estos recursos se podrá realizar todo tipo de gastos, incluso
de personal.
El Fondo de Solidaridad e Inversión Social estará facultado para celebrar
convenios con los Municipios y otras entidades públicas o privadas para la
implementación de una o más actividades del Programa.
210201
18
Se podrán incluir hasta $ 74.160 miles para financiar todo tipo de gas-
tos de administración, incluido personal.
El Fondo de Solidaridad e Inversión Social estará facultado para celebrar
convenios con los Municipios y otras entidades públicas o privadas para la
implementación de una o más actividades del Programa.