2015
09
00
00
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
P
2015
09
05
00
DIRECCIÓN DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS
P
2015
09
05
01
DIRECCIÓN DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS (01)
01
P
090501
1
INGRESOS
41638092
0
I
P
090501
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
380872
0
I
P
090501
3
05
- 01
Del Sector Privado
169435
0
I
P
090501
4
05
- 01
003
Administradora del Fondo para Bonificación por Retiro
169435
0
I
P
090501
5
05
- 02
Del Gobierno Central
211437
0
I
P
090501
6
05
- 02
005
De la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
211437
0
I
P
090501
7
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
443931
0
I
P
090501
8
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
327176
0
I
P
090501
9
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
212151
0
I
P
090501
10
08
- 99
Otros
115025
0
I
P
090501
11
09
APORTE FISCAL
40485113
0
I
P
090501
12
09
- 01
Libre
40485113
0
I
P
090501
13
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
090501
14
GASTOS
41638092
0
G
P
090501
15
21
GASTOS EN PERSONAL
18358758
0
G
02
P
090501
16
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
6236665
0
G
03
P
090501
17
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
395211
0
G
P
090501
18
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
395211
0
G
P
090501
19
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
8215715
0
G
04
P
090501
20
24
- 01
Al Sector Privado
2863760
0
G
P
090501
21
24
- 01
210
Instituciones Colaboradoras
1259453
0
G
05
P
090501
22
24
- 01
212
Museo San Francisco
23203
0
G
06
P
090501
23
24
- 01
222
Fundación Museo de la Memoria
1581104
0
G
06
P
090501
24
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
5351955
0
G
P
090501
25
24
- 03
192
Acciones culturales complementarias
5351955
0
G
07
P
090501
26
25
INTEGROS AL FISCO
15937
0
G
P
090501
27
25
- 01
Impuestos
15937
0
G
P
090501
28
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
2972027
0
G
P
090501
29
29
- 04
Mobiliario y Otros
2228546
0
G
08
P
090501
30
29
- 05
Máquinas y Equipos
239990
0
G
P
090501
31
29
- 06
Equipos Informáticos
265253
0
G
P
090501
32
29
- 07
Programas Informáticos
238238
0
G
P
090501
33
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
4881624
0
G
P
090501
34
31
- 02
Proyectos
4881624
0
G
P
090501
35
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
560155
0
G
P
090501
36
33
- 03
A Otras Entidades Públicas
560155
0
G
P
090501
37
33
- 03
005
Programa de Mejoramiento Integral de Bibliotecas Públicas
560155
0
G
P
090501
38
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
090501
39
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
090501
40
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
090501
01
Dotación Máxima de Vehículos 15
090501
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 1.236
Adicionalmente se podrá contratar hasta 62 personas para el Programa
Bibliotecas en el Metro
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 198.123
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 77.009
- En el Exterior en Miles de $ 27.955
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 175.928
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 14
- Miles de $ 152.881
f) $1.185.603 miles para la contratación de vigilantes y guardias según
las disposiciones legales vigentes.
g) El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter
directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada
del Jefe del Servicio, en la que deberán precisarse las referidas
funciones. Con todo, dicho personal no podrá exceder de 37 funciona-
rios.
090501
03
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 84.668
b) $ 648.630 miles para mantención y reparación de inmuebles.
Anualmente, dentro de los treinta días siguientes al término del año
respectivo, la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos informará
a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre los inmuebles
reparados con cargo a estos recursos, señalando la región y comuna
en que se encuentran.
090501
04
Antes del mes de Septiembre, deberá informarse a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos el resultado de estos recursos, indicando número
de beneficiados y tipos de programas financiados, entre otros.Asimismo,
deberá entregar el estado de avance de su ejecución.
090501
05
En el convenio que se suscriba al efecto se deberá estipular, a lo menos,
las acciones a desarrollar y las metas, plazos y la forma de rendir cuenta
del uso de los recursos. Los convenios serán publicados en la página web
de la institución y de la organización receptora, la que deberá, además,
publicar en igual medio información sobre sus estados financieros, balance
y memoria anual de actividades. Incluye $248.622 miles para la Corporación
Parque por la Paz Villa Grimaldi, $ 447.260 miles para la Fundación Arte y
Solidaridad, $ 142.234 miles para la Fundación Eduardo Frei Montalva,
$ 251.109 miles para Londres 38 Casa Memoria, $ 67.228 miles para el Museo
del Carmen de Maipú y $ 103.000 miles para El Memorial de Paine.
090501
06
Estos recursos serán transferidos conforme al convenio suscrito entre la
institución y el organismo receptor, en el cual deberá estipularse, a lo
menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y forma de rendir cuen-
ta de su uso. La institución deberá publicar en su página web el convenio y
el organismo receptor deberá incorporar en su página web información trimes-
tral sobre sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades,
incluyendo su balance.
La Fundación Museo de la Memoria deberá informar a la Dirección de Bibliote-
cas, Archivos y Museos, respecto al tipo de actividades que realizan, el
número de visitantes que reciben mensualmente y los recursos que trimestral-
mente perciben adicionales a la asignación que efectúa en su favor la ley de
presupuestos.
090501
07
Con cargo a estos recursos podrán ejecutarse todo tipo de gastos, incluidos
gastos en personal hasta por $ 305.506 miles para:
a) Desarrollar proyectos de mejoramiento y modernización de los servicios
al público.
b) Financiar proyectos específicos, los que podrán ejecutarse en conjunto
con instituciones nacionales y/o extranjeras.
c) Fortalecer el apoyo a los establecimientos educacionales con alumnos
vulnerables.
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08
Incluye recursos destinados a la adquisición de libros para las bibliotecas
públicas y a la adquisición de obras de arte para museos públicos.
Anualmente, dentro de los treinta días siguientes al término del año res-
pectivo, la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos informará a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre las bibliotecas y museos
públicos que recibieron los libros y obras de arte adquiridas con cargo a
estos recursos, indicando la región y comuna en que se encuentran.