2016
21
00
00
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
P
2016
21
01
00
SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES
P
2016
21
01
01
SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES (01)
01
P
210101
1
INGRESOS
46648962
0
I
P
210101
2
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
1502
0
I
P
210101
3
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
251986
0
I
P
210101
4
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
240701
0
I
P
210101
5
08
- 99
Otros
11285
0
I
P
210101
6
09
APORTE FISCAL
46327827
0
I
P
210101
7
09
- 01
Libre
45040088
0
I
P
210101
8
09
- 02
Servicio de la Deuda Interna
1287739
0
I
P
210101
9
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
3147
0
I
P
210101
10
10
- 04
Mobiliario y Otros
3147
0
I
P
210101
11
15
SALDO INICIAL DE CAJA
64500
0
I
P
210101
12
GASTOS
46648962
0
G
P
210101
13
21
GASTOS EN PERSONAL
16811973
0
G
02
P
210101
14
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
3272766
0
G
03
P
210101
15
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
11
0
G
P
210101
16
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
11
0
G
P
210101
17
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
25197180
0
G
04,05
P
210101
18
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
25197180
0
G
P
210101
19
24
- 03
315
Elige Vivir Sano
535343
0
G
06
P
210101
20
24
- 03
341
Sistema de apoyo a la selección de Beneficios Sociales
6277402
0
G
07,08,09,10,11
P
210101
21
24
- 03
342
Apoyo, Monitoreo y Supervisión a la Gestión Territorial
1107030
0
G
07,09
P
210101
22
24
- 03
349
Subsidio al Pago Electrónico de Prestaciones Monetarias
1467860
0
G
12
P
210101
23
24
- 03
351
Sistema Nacional de Cuidado
427656
0
G
13
P
210101
24
24
- 03
352
Programa Pago Cuidadores de Personas con Discapacidad
7518600
0
G
14
P
210101
25
24
- 03
353
Ayudas Técnicas Chile Crece Contigo
415200
0
G
P
210101
26
24
- 03
409
Programa Asuntos Indígenas
1063276
0
G
15
P
210101
27
24
- 03
998
Programa Noche Digna
6384813
0
G
16
P
210101
28
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
76793
0
G
P
210101
29
29
- 04
Mobiliario y Otros
14145
0
G
P
210101
30
29
- 05
Máquinas y Equipos
12653
0
G
P
210101
31
29
- 07
Programas Informáticos
49995
0
G
P
210101
32
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1290239
0
G
P
210101
33
34
- 01
Amortización Deuda Interna
481040
0
G
P
210101
34
34
- 03
Intereses Deuda Interna
806699
0
G
P
210101
35
34
- 07
Deuda Flotante
2500
0
G
P
210101
01
Dotación Máxima de Vehículos 44
210101
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 646
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo
10 de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos
en esta dotación.
El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter direc-
tivo, las que serán asignadas mediante resolución fundada del Subse-
cretario de Servicios Sociales. Con todo, dicho personal no podrá ex-
ceder de 30 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 100.455
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 271.840
- En el Exterior en Miles de $ 6.537
d) Convenios con personas naturales
18 personas de las que se contraten con cargo a estos recursos podrán
tener la calidad de agentes públicos para todos los efectos legales,
conforme a lo que se establezca en los respectivos contratos.
- N° de personas 19
- Miles de $ 280.171
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 28
- Miles de $ 292.562
210101
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 103.663
210101
04
La Subsecretaría deberá remitir a la Comisión Especial Mixta de Presupues-
tos,al mes siguiente del término de cada trimestre, informes que inclu-
yan por cada Programa o institución receptora los gastos ejecutados desa-
gregados por región, actividades y montos.
210101
05
La individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos y de
las personas o entidades ejecutoras, los montos asignados y la modalidad
de asignación deberán ser informados trimestralmente a la Comisión Espe-
cial Mixta de Presupuestos dentro de los treinta días siguientes al térmi-
no del respectivo trimestre.
210101
06
De acuerdo a las características del programa a ejecutar, se podrán efec-
tuar todo tipo de gastos. Con todo, el gasto en personal, correspondiente
a 5 personas, será hasta $ 123.177 miles. Además estos recursos podrán
financiar proyectos de instituciones públicas o de personas jurídicas
del sector privado que no persigan fines de lucro. En el convenio que sus-
criba al efecto se deberá estipular, a lo menos, las acciones a desarro-
llar y las metas, plazos, y la forma de rendir cuenta del uso de los re-
cursos. Los convenios serán publicados en la página web de la institución
y de la organización receptora, la que deberá, además, publicar en igual
medio la información sobre sus estados financieros, balance y memoria
anual de sus actividades. Todo o parte de estos recursos podrán ser asig-
nados directamente por el Ministerio.
210101
07
La transferencia de estos recursos se efectuará sobre la base de los con-
venios que suscriba el Ministerio de Desarrollo Social y los organismos
ejecutores, en las que se estipularán las acciones a desarrollar y los
demás procedimientos y modalidades que considere necesarias, los que po-
drán suscribirse una vez publicada la Ley de Presupuestos del año 2016.
Para el caso de Convenios destinados a la aplicación del instrumento de
caracterización socioeconómica, estos recursos sólo podrán transferirse
una vez que, los órganos ejecutores, se encuentren al día en la presenta-
ción de la rendición de cuentas de los convenios destinados a la aplica-
ción de dicho instrumento.
Copia de dichos convenios se enviarán a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos a más tardar 30 días después de su total tramitación.
Estos convenios podrán contener cláusulas que permitan su prórroga en
forma automática y sucesiva por periodos iguales, en la medida que los
Programas a ejecutar cuenten con la disponibilidad presupuestaria según la
Ley de Presupuestos del Sector Público del año respectivo. Mediante Reso-
lución del Ministro de Desarrollo Social se establecerá el monto a trans-
ferir.
Para el sólo efecto de la ejecución de los recursos transferidos a los
ejecutores, estos convenios podrán contener cláusulas que extiendan su
vigencia por un periodo que no exceda 6 meses del respectivo periodo
presupuestario.
De acuerdo a las características del programa a ejecutar, se podrán
efectuar todo tipo de gastos. Para la ejecución del "Sistema de apoyo a la
selección de Beneficios Sociales", el gasto en personal, correspondiente a
110 personas, será hasta $1.485.554 miles.
210101
08
El presupuesto de este programa incluye hasta $ 83.040 miles para la ad-
quisición, instalación de módulos de autoatención y ordenadores de fila
electrónicos, y/o nuevas aplicaciones informáticas, actualizaciones y/o
desarrollo de nuevas funcionalidades en los módulos de autoatención y en
los ordenadores de fila electrónicos instalados en el ejecutor, para uso
en ellos. Además, podrá incluir la adquisición e instalación de elementos
gráficos, dispositivos y/o accesorios complementarios a los equipos insta-
lados en municipios, para uso en ellos, y que permitan maximizar su utili-
zación por parte de los usuarios. Este equipamiento y las nuevas aplica-
ciones informáticas, así como las actualizaciones de software y desarrollo
de nuevas funcionalidades, los elementos gráficos y los dispositivos y/o
accesorios complementarios, podrán ser transferidos a título gratuito a
los ejecutores que participen de este programa o hayan participado de a-
cuerdo a convenios de los años 2013, 2014 y 2015. Dicha transferencia se
efectuará mediante resolución del Jefe de Servicio, en la cual se identi-
ficarán los correspondientes equipos, accesorios y sistemas informáticos.
Antes del 31 de marzo de 2016 la Subsecretaría de Servicios Sociales debe-
rá informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre los crite-
rios a considerar para seleccionar a los ejecutores que se beneficiarán
con la transferencia de los módulos de autoatención y ordenadores de filas
electrónicos. Adicionalmente, informará de manera trimestral, dentro de
los treinta días siguientes al término del trimestre respectivo, sobre el
listado de ejecutores beneficiarios, el equipamiento y sistemas informáti-
cos transferidos en cada caso.
Con cargo a estos recursos se podrán contratar la totalidad de las perso-
nas con calidad de Agente Público, para todos los efectos legales.
210101
09
Con cargo a estos recursos también se podrán celebrar convenios con orga-
nismos del Gobierno Central, los que no se incorporarán en sus respectivos
presupuestos e instituciones privadas sin fines de lucro.
210101
10
Antes del 31 de marzo de 2016, el Ministerio de Desarrollo Social, deberá
entregar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, a partir de las
modificaciones realizadas a la Ficha de Protección Social o el instrumen-
to que lo reemplace, un informe que contenga los cambios efectuados y co-
mo ello afectará la medición de vulnerabilidad y su efecto esperado en
materia de focalización de programas.
210101
11
La Subsecretaría de Servicios Sociales deberá informar trimestralmente
a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, dentro de los treinta días
siguientes al término del periodo respectivo, sobre el avance del proce-
so de encuestaje.
210101
12
Con cargo a estos recursos se implementará durante el año 2016 el Subsidio
al Pago Electrónico de Prestaciones Monetarias, el que se continuará eje-
cutando conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N°4, de 2013, del
Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social y sus
modificaciones.
El Subsidio antes mencionado no constituirá renta ni será imponible para
ningún efecto, siendo compatible con cualquier otro beneficio y su pago
estará a cargo del Instituto de Previsión Social.
Para la ejecución del programa, se renovará en forma automática el conve-
nio de transferencia celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social
con el Instituto de Previsión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 11,
de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios
Sociales y sus modificaciones, en la medida que el programa cuente con
la disponibilidad presupuestaria según la Ley de Presupuestos del Sector
Público del año respectivo. Mediante Resolución del Ministro de Desarro-
llo Social se establecerá el monto a transferir al Instituto de Previsión
Social para el año 2016 para la ejecución del referido convenio.
Las Subsecretarías del Ministerio de Desarrollo Social, coordinarán el
traspaso de la administración de este subsidio. Con cargo a estos recursos
podrá destinarse hasta $44.049 miles, para gastos relacionados directamen-
te con su administración, excluidos los de personal.
210101
13
Con cargo a estos recursos se podrá celebrar convenios con organismos in-
ternacionales. De acuerdo a las características del programa a ejecutar,
se podrán efectuar todo tipo de gastos. Con todo, el gasto en personal,
correspondiente a una persona, será hasta $ 22.006 miles.
La Subsecretaría de Servicios Sociales deberá informar trimestralmente a
la Comisión Especial Mixta de Presupuesto, dentro de los treinta días
siguientes al término del periodo respectivo, sobre la implementación,
avances y resultados de este nuevo Programa, así como del estado de eje-
cución de estos recursos, instituciones receptoras y nivel de cumpli-
miento de metas comprometidas.
210101
14
Con cargo a estos recursos se financiará el componente del Pago a Cuidado-
res del Programa de Atención Domiciliaria a personas con dependencia
severa del Ministerio de Salud. La transferencia monetaria antes men-
cionada no constituirá renta ni será imponible para ningún efecto, siendo
compatible con cualquier otro beneficio que no tenga el mismo próposito y
su pago se podrá efectuar vía electrónica de conformidad al Decreto N° 04,
de 2013 del Ministerio de Desarrollo Social y sus modificaciones. Para es-
tos efectos se suscribirá un convenio de transferencia entre el Minis-
terio de Desarrollo Social con el Instituto de Previsión Social.
La regulación del presente subsidio se efectuará a través de un decreto
supremo del Ministerio de Desarrollo Social visado por la Dirección de
Presupuestos del Ministerio de Hacienda, el cual deberá contener, a lo me-
nos, la metodología para determinar el monto del subsidio y los requi-
sitos para su devengo y pago. Con cargo a estos recursos se podrán efec-
tuar gastos de implementación del programa hasta el monto de
$ 300.062 miles, excluidos los de personal.
210101
15
Con cargo a esta asignación se podrá financiar todo tipo de gastos que de-
mande la ejecución del programa. Con todo, el gasto en personal, corres-
pondiente a 22 personas, será hasta $ 563.807 miles.
Al personal contratado por este programa se le otorgará la calidad de A-
gente Público. Con cargo a estos recursos se podrán celebrar convenios con organismos
del Gobierno Central, los que no se incorporarán en sus respectivos presu-
puestos, organismos internacionales y cualquier otra institución pública o
privada.
210101
16
La transferencia de estos recursos se efectuará sobre la base de los con-
venios que suscriba el Ministerio de Desarrollo Social, a través de la
Subsecretaría de Servicios Sociales y los organismos ejecutores, en los
que se estipularán las acciones a desarrollar y los demás procedimientos y
modalidades que se consideren necesarias, los que podrán suscribirse una
vez publicada la Ley de Presupuestos del año 2016.
Dichos convenios podrán contener cláusulas que permitan su prórroga en
forma automática y sucesiva por periodos iguales, en la medida que el Pro-
grama cuente con la disponibilidad presupuestaria según la Ley de Presu-
puestos del Sector Público del año respectivo. Mediante Resolución del
Subsecretario de Servicios Sociales se establecerá el monto a transferir.
De acuerdo a las características del programa se podrán efectuar todo tipo
de gastos. Con todo, el gasto en personal, correspondiente a 10 personas,
será hasta $ 156.440 miles. La totalidad de las personas contratadas
con cargo a estos recursos podrá tener la calidad de Agente Público para
todos los efectos legales. Asimismo, deberá informar anualmente a la Co-
misión Especial Mixta de Presupuestos, respecto de los montos transferidos
a los órganos ejecutores y las metas u objetivos cumplidos.
Con cargo a estos recursos, también se podrán celebrar convenios con orga-
nismos del Gobierno Central, los que no se incorporarán en sus respectivos
presupuestos, e instituciones privadas sin fines de lucro.
Antes del 31 de marzo de 2016 el Ministerio de Desarrollo Social deberá
informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, las metas y objeti-
vos esperados para dicho año así como los instrumentos de evaluación al
que estará sometido el programa. Además, enviará trimestralmente, dentro
de los treinta días siguientes al término del periodo respectivo, un in-
forme de su cumplimiento y estado de ejecución.