2016
05
00
00
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
P
2016
05
09
00
SERVICIO NACIONAL PARA PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL
P
2016
05
09
01
SERVICIO NACIONAL PARA PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL (01,02)
01,02
P
050901
1
INGRESOS
63594515
0
I
P
050901
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
1790343
0
I
P
050901
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
6228
0
I
P
050901
4
08
- 99
Otros
1784115
0
I
P
050901
5
09
APORTE FISCAL
61804162
0
I
P
050901
6
09
- 01
Libre
61804162
0
I
P
050901
7
15
SALDO INICIAL DE CAJA
10
0
I
P
050901
8
GASTOS
63594515
0
G
P
050901
9
21
GASTOS EN PERSONAL
7293543
0
G
03
P
050901
10
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
3867850
0
G
04
P
050901
11
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
52412708
0
G
P
050901
12
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
52412708
0
G
P
050901
13
24
- 03
001
Programa de Tratamiento y Rehabilitación
42976852
0
G
05
P
050901
14
24
- 03
003
Otros Programas de Prevención
3017765
0
G
06
P
050901
15
24
- 03
005
Programas de Capacitación
710615
0
G
07
P
050901
16
24
- 03
012
Municipalidades - Programa PREVIENE
4617806
0
G
08
P
050901
17
24
- 03
013
Programa Control Cero Alcohol
1089670
0
G
09
P
050901
18
26
OTROS GASTOS CORRIENTES
9245
0
G
P
050901
19
26
- 01
Devoluciones
9245
0
G
P
050901
20
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
11159
0
G
P
050901
21
29
- 06
Equipos Informáticos
11159
0
G
P
050901
22
35
SALDO FINAL DE CAJA
10
0
G
P
050901
01
Dotación Máxima de Vehículos 18
050901
02
Parte de estos fondos se podrá transferir a organismos y/o entidades
del Sector Público. En este caso la transferencia no se incorporará al
presupuesto del organismo receptor de los fondos, sin perjuicio de la
obligación de las entidades receptoras de rendir cuenta a la Contraloría
General de la República.
050901
03
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 161
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
de la Ley N°18.834 respecto de los empleos a contrata incluidos en la
dotación. Se podrá contratar a un número máximo de 9 profesionales a
honorarios en calidad de agente público para todos los efectos legales.
El personal a contrata podrá desempeñar las funciones de carácter
directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del
Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones.
Con todo, dicho personal no podrá exceder de 28 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 11.233
c) Autorización máxima para gastos en viáticos:
- En Territorio Nacional, en Miles de $ 60.664
- En el Exterior, en Miles de $ 10
d) Convenios con personas naturales:
- N° de personas 253
- Miles de $ 3.717.675
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 5
- Miles de $ 51.588
050901
04
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 51.540
b) Al menos $ 240.662 miles para ser destinados a material educativo
preventivo
050901
05
Estos recursos podrán ser destinados a gasto para actividades de capacitación y a la contratación de planes, programas, desarrollar actividades de tratamiento, rehabilita-
ción y/o integración social, con entidades públicas o privadas, destinados a personas afectadas por el consumo de alcohol o drogas estupefacientes o sicotrópicas; y a desarrollar actividades de supervisión, asesoría especializada y convenios de colabora-
ción.
Se podrá contratar planes de tratamiento y/o rehabilitación hasta por 24 meses, sujeto
a la disponibilidad presupuestaria del año siguiente.
El Servicio deberá informar, en el mes de marzo de 2016, los resultados finales y la
evaluación de los planes de tratamiento ejecutados durante el 2015 a las Comisiones de
Salud y de Educación de ambas Cámaras del Congreso Nacional. Dichos informes estarán
disponibles en el mismo plazo en la página web del Servicio.
En el mismo informe deberá acompañar los lineamientos definidos para la asignación de los recursos de este Programa, adjuntando copia de los convenios que se hayan celebra-
do para su ejecución.
Incluye gastos en personal hasta por $56.451 miles, con un máximo de 4 personas a honorarios.
Trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del período respectivo, se deberá enviar la misma información actualizada.
El Servicio deberá informar los resultados de las intervenciones y las entidades contratadas, en forma semestral, a las Comisiones de Salud de ambas cámaras, y a la Comisión de Educación, Deporte y Recreación de la Cámara de Diputados y a la Comisión
de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Senado. Dichos informes deberán estar disponibles en la página web del Servicio.
Incluye $1.071.489 miles para el tratamiento de 559 cupos de adultos infractores de ley, en el marco de la Ley N° 18.216, y sus modificaciones.
050901
06
Estos recursos se aplicarán de acuerdo a los convenios que se suscriban con entidades
públicas o privadas, los que deberán contener, a lo menos, los objetivos de las
actividades y/o programas a desarrollar.
Incluye gastos en personal hasta por $165.182 miles, con un máximo de 17 personas a honorarios.
Antes del 31 de marzo de 2016 el Servicio deberá enviar a la Comisión Especial Mixta
de Presupuestos un informe en el que se dé cuenta de los lineamientos definidos para
la asignación de los recursos de este Programa, adjuntando copia de los convenios
que se hayan celebrado en el primer trimestre e indicando los plazos y metas para el
resto del período.
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07
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos destinados a
actividades de capacitación y jornadas de trabajo en materias relacionadas con la
prevención o recuperación (tratamiento, rehabilitación, integración social y gestión), del consumo de alcohol o drogas estupefacientes o psicotrópicas, las que se podrán convenir con entidades públicas o privadas.
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Los convenios para la transferencia de recursos a las municipalidades y/o Corporacio-
nes Municipales se suscribirán sobre la base de los programas comunales de prevención del consumo de drogas estupefacientes o psicotrópicas y alcohol. Estos convenios podrán contemplar aportes municipales para su ejecución.
La incorporación de nuevas comunas a este programa y la distribución de recursos entre
comunas de cada región deberá ser informada al Gobierno Regional respectivo.
Se deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos el
desglose por municipio de los montos transferidos y el criterio bajo el cual éstos
fueron distribuidos.
Asimismo, remitirá copia del informe a la Dirección de Presupuestos en el mismo plazo.
La información antes señalada, deberá estar disponible en el sitio web del Servicio,
debiendo ser acompañada, en el plazo que corresponda, por la ejecución trimestral de
los recursos señalados.
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Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos, incluso en
personal hasta por $208.344 miles con un máximo de 26 personas a honorarios, para los fines y actividades que contemple el programa.