2016
07
00
00
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
P
2016
07
19
00
COMITÉ INNOVA CHILE
P
2016
07
19
01
COMITÉ INNOVA CHILE
P
071901
1
INGRESOS
42281225
0
I
P
071901
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
37946969
0
I
P
071901
3
05
- 02
Del Gobierno Central
37946969
0
I
P
071901
4
05
- 02
003
CORFO
2763335
0
I
P
071901
5
05
- 02
005
Fondo de Innovación para la Competitividad
32624231
0
I
P
071901
6
05
- 02
010
Subsecretaría de Economía
2559403
0
I
P
071901
7
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
4334246
0
I
P
071901
8
08
- 99
Otros
4334246
0
I
P
071901
9
15
SALDO INICIAL DE CAJA
10
0
I
P
071901
10
GASTOS
42281225
0
G
P
071901
11
21
GASTOS EN PERSONAL
2077827
0
G
01
P
071901
12
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
876987
0
G
02
P
071901
13
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
10
0
G
P
071901
14
23
- 01
Prestaciones Previsionales
10
0
G
P
071901
15
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
39326391
0
G
P
071901
16
24
- 01
Al Sector Privado
39326391
0
G
P
071901
17
24
- 01
004
Innovación Empresarial
39326391
0
G
03
P
071901
18
26
OTROS GASTOS CORRIENTES
10
0
G
P
071901
19
26
- 01
Devoluciones
10
0
G
P
071901
01
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 58
b) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 18.871
- En el Exterior en Miles de $ 23.816
c) Convenios con personas naturales
- N° de personas 15
- Miles de $ 101.226
d) La Corporación de Fomento de la Producción podrá designar en comisión
de servicio a 9 funcionarios, los cuales no estarán afectos a las
limitaciones establecidas en el artículo 76 de la Ley N° 18.834.
071901
02
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 30.080
071901
03
Con cargo a esta asignación se podrán transferir recursos a entidades
públicas y privadas.
Incluye hasta $ 124.560 miles para Gastos en Personal, y hasta 25 personas a
honorarios y/o Código del Trabajo, para la evaluación y/o seguimiento de
proyectos y programas.
La contratación de expertos extranjeros, para los fines descritos en el
párrafo precedente, podrá realizarse en casos calificados por resolución
fundada del Director Ejecutivo del Comité, sin sujeción a las exigencias del
artículo 12 de la ley N° 18.834, del artículo 48 del D.L.N° 1.094, de 1975
y del artículo 100 del decreto N°597 de 1984, del Ministerio del Interior. A
estos expertos, se les podrá financiar los gastos de traslado, alojamiento,
alimentación y otros que demanden las actividades.
Se podrá comprometer con cargo a futuros presupuestos hasta $19.663.196 miles
por sobre el monto autorizado en esta asignación.
Además incluye hasta $534.570 miles del presupuesto asignado al Programa de
Innovación Tecnológica Empresarial para la celebración de convenios de
desempeño con Universidades Regionales que realicen un programa de difusión
y acompañamiento a las empresas de la Región, con la finalidad de que formulen
proyectos al programa de Innovación Tecnológica Empresarial: Innovación de
Productos o Procesos y Validación y Empaquetamiento de Innovaciones. Las
Universidades ejecutoras serán seleccionadas de conformidad con las normas de contratación pública que resulten aplicables.
Con cargo a estos recursos, el Comité InnovaChile podrá financiar programas
que contemplen la entrega de subsidios de carácter reembolsable, de modo tal
que, cumplidas condiciones objetivas, éstos se conviertan en un préstamo de
fomento, dando origen a un crédito a favor de dicho Comité. La(s) condición(es)
que debe(n) concurrir para configurar el devengamiento y exigibilidad del
préstamo, así como los demás aspectos operativos necesarios para su debida implementación y cobro, serán establecidos por un Reglamento, el que deberá
ser dictado por el Director Ejecutivo del Comité.