2016
08
00
00
MINISTERIO DE HACIENDA
P
2016
08
15
00
DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
P
2016
08
15
01
DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (01)
01
P
081501
1
INGRESOS
10419476
0
I
P
081501
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
17014
0
I
P
081501
3
05
- 07
De Organismos Internacionales
17014
0
I
P
081501
4
05
- 07
002
Banco Mundial - Fortalecimiento Sistema Alta Dirección Pública
17014
0
I
P
081501
5
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
54011
0
I
P
081501
6
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
53476
0
I
P
081501
7
08
- 99
Otros
535
0
I
P
081501
8
09
APORTE FISCAL
10339888
0
I
P
081501
9
09
- 01
Libre
10210368
0
I
P
081501
10
09
- 03
Servicio de la Deuda Externa
129520
0
I
P
081501
11
12
RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS
8553
0
I
P
081501
12
12
- 10
Ingresos por Percibir
8553
0
I
P
081501
13
15
SALDO INICIAL DE CAJA
10
0
I
P
081501
14
GASTOS
10419476
0
G
P
081501
15
21
GASTOS EN PERSONAL
4430774
0
G
02,03,04
P
081501
16
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
5607598
0
G
03,04,05
P
081501
17
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
1069
0
G
P
081501
18
24
- 01
Al Sector Privado
1069
0
G
P
081501
19
24
- 01
003
Fondo de Becas Ley N° 19.882
1069
0
G
P
081501
20
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
250505
0
G
P
081501
21
29
- 06
Equipos Informáticos
4972
0
G
P
081501
22
29
- 07
Programas Informáticos
245533
0
G
03,06
P
081501
23
34
SERVICIO DE LA DEUDA
129530
0
G
P
081501
24
34
- 02
Amortización Deuda Externa
117358
0
G
P
081501
25
34
- 04
Intereses Deuda Externa
12162
0
G
P
081501
26
34
- 07
Deuda Flotante
10
0
G
P
081501
01
Dotación máxima de vehículos 1
081501
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 136
El personal a contrata del Servicio podrá desempeñar las funciones
de carácter directivo que se le asignen o deleguen mediante
Resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá
precisarse en cada caso, las referidas funciones.
Dicho personal no podrá exceder de 12 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 33.963
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 25.893
- En el Exterior en Miles de $ 26.933
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 86
- Miles de $ 362.692
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 13
- Miles de $ 252.799
081501
03
Para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 31 bis, y
siguientes, del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, del Ministerio de
Educación, de 1997 (Estatuto Docente), incluye:
a) $600.945 miles, en Subtítulo 21, Gastos en Personal.
b) $357.394 miles, en Subtítulo 22, Bienes y Servicios de
Consumo.
c) $41.520 miles, en Subtítulo 29, Adquisición de Activos No
Financieros.
Del uso y ejecución de estos recursos, la Dirección Nacional del
Servicio Civil informará trimestralmente al Ministerio de
Educación.
081501
04
Para el Programa Desafío Innovación para Funcionarios Públicos se
incluyen $179.498 miles destinados a la ejecución y operación del
concurso anual para destacar a los funcionarios de la Administración
Central del Estado que logren mejoramientos exitosos en la gestión
de sus servicios como fruto de innovaciones, distribuidos como se in-
dica:
a) $ 52.437 miles, en Subtítulo 21, Gastos en Personal.
b) $127.061 miles, en Subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Los reconocimientos a los funcionarios ganadores podrán incluir,
entre otros, pasantías de conocimiento de experiencias en
entidades públicas o de alta experticia, que se destaquen a nivel
internacional y cuyas experiencias tengan relación con la labor de
los servicios de dichos funcionarios.
Para efectos de las pasantías mencionadas, se podrán pagar
pasajes aéreos y viáticos para los servidores públicos,
cualquiera que sea su calidad jurídica en los órganos de la
administración del Estado que participen en esta actividad, que se
entenderán de pleno derecho, para este efecto, en comisión de
servicios regida por las normas de la Ley N° 18.834, sobre
Estatuto Administrativo y el D.F.L. N° 1 de Hacienda de 1991,
cuando deban cumplirse en el extranjero.
081501
05
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 40.755
b) Para concursos públicos, Ley N° 19.882 incluye $ 4.252.177 miles.
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar gastos de traslado,
alimentación y permanencia tanto de candidatos como de consejeros o
sus representantes, para efectos de dar cumplimiento a los
principios de igualdad y no discriminación, aplicables en los
procesos de selección de cargos, conforme a la Ley N° 19.882.
La Dirección Nacional del Servicio Civil deberá informar
trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos del
conjunto de concursos llevados a cabo en el trimestre respectivo y
el acumulado del año, especificando cada uno de los cargos
llamado a concurso durante el trimestre, el nivel jerárquico
asociado a los cargos concursados, el Ministerio o Servicio al que
corresponden dichos cargos, el resultado que tengan, su tiempo
promedio de duración y los costos asociados a ellos.
En el mismo informe indicado y con el mismo detalle o desglose que
sea aplicable en su caso, deberá remitir un calendario de los
concursos que se desarrollarán en el trimestre siguiente en función
de los cargos vacantes informados o los provistos provioria y
transitoriamente cuyo plazo de duración expire en dicho semestre.
081501
06
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos
recursos.