2017
01
00
00
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
P
2017
01
01
00
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
P
2017
01
01
01
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA (01)
01
P
010101
1
INGRESOS
19159513
0
I
P
010101
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
126199
0
I
P
010101
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
126199
0
I
P
010101
4
09
APORTE FISCAL
19032314
0
I
P
010101
5
09
- 01
Libre
19032314
0
I
P
010101
6
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
010101
7
GASTOS
19159513
0
G
P
010101
8
21
GASTOS EN PERSONAL
7056699
0
G
02
P
010101
9
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
7498734
0
G
03,04
P
010101
10
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
4215173
0
G
P
010101
11
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
4215173
0
G
P
010101
12
24
- 03
701
Apoyo Actividades Presidenciales
4215173
0
G
05
P
010101
13
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
387907
0
G
P
010101
14
29
- 04
Mobiliario y Otros
31420
0
G
P
010101
15
29
- 05
Máquinas y Equipos
114326
0
G
P
010101
16
29
- 06
Equipos Informáticos
61583
0
G
P
010101
17
29
- 07
Programas Informáticos
180578
0
G
06
P
010101
18
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
010101
01
La contratación de personal a honorarios se efectuará mediante
resoluciones del Director Administrativo de la Presidencia de la República,
quien efectuará las visaciones dispuestas en el artículo 5° de la Ley
N° 19.896.
010101
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 366
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo
10 de la Ley N°18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos
en esta dotación
El personal a contrata podrá desempeñar las funciones de carácter
directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada
del Director Administrativo de la Presidencia de la República, en la
que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no
podrá exceder de 18 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 757.313
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 43.546
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 9
- Miles de $ 197.670
010101
03
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 78.980
b) $ 1.719.383 miles para gastos reservados, Ley N° 19.863.
c) Recursos para financiar gastos de servicios de alimentación provistos por
el casino del Palacio de la Moneda, conforme a las normas establecidas
en el Decreto Supremo del Ministerio del Interior N°291, de 2003.
010101
04
Los contratos que se celebren para el suministro de bienes muebles y de los
servicios que se requieren para el desarrollo de funciones de la Presidencia
de la República, así como los actos aprobatorios de los mismos, serán
suscritos por el Director Administrativo de la Presidencia de la República,
con sujeción a lo dispuesto en la Ley N° 19.886, su reglamento, las
instrucciones presupuestarias respectivas y demás normas aplicables.
010101
05
Con cargo a este programa se podrá pagar los gastos de operación que requiera
la ejecución del mismo, incluidos los de personal. El gasto en personal será
de $4.215.173 miles para financiar un número de hasta 120 personas.
Mensualmente se informará en la página web www.gobiernodechile.cl los gastos
de personal y de otro tipo, que se efectúen con cargo a este ítem.
Asimismo, trimestralmente, se enviará un informe consolidado a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos que contenga una especificación de los gastos
en personal y de otro tipo que se haya incurrido con cargo a este ítem. La
precitada información se remitirá dentro de los treinta días siguientes al
término del respectivo trimestre.
Además, dicha información deberá remitirse electrónicamente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos, con igual periodicidad.
010101
06
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.