2017
21
00
00
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
P
2017
21
01
00
SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES
P
2017
21
01
05
INGRESO ÉTICO FAMILIAR Y SISTEMA CHILE SOLIDARIO (01,02,03,04)
01,02,03,04
P
210105
1
INGRESOS
251331646
0
I
P
210105
2
09
APORTE FISCAL
251330646
0
I
P
210105
3
09
- 01
Libre
251330646
0
I
P
210105
4
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
210105
5
GASTOS
251331646
0
G
P
210105
6
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
251330646
0
G
05,06
P
210105
7
24
- 01
Al Sector Privado
404762
0
G
P
210105
8
24
- 01
025
PRODEMU
404762
0
G
07
P
210105
9
24
- 02
Al Gobierno Central
133681188
0
G
P
210105
10
24
- 02
006
Habilidades para la Vida - JUNAEB
972294
0
G
P
210105
11
24
- 02
007
Programa de Salud Chile Solidario - Fondo Nacional de Salud
4039010
0
G
P
210105
12
24
- 02
010
Programa de Ayudas Técnicas - SENADIS
1782626
0
G
P
210105
13
24
- 02
012
Programas de Alimentación - JUNAEB
7637121
0
G
P
210105
14
24
- 02
014
Fondo de Solidaridad e Inversión Social
18052114
0
G
08
P
210105
15
24
- 02
015
INTEGRA - Subsecretaría de Educación
2316245
0
G
P
210105
16
24
- 02
016
Programa Salud Oral - JUNAEB
375712
0
G
P
210105
17
24
- 02
017
Proempleo - Subsecretaría del Trabajo
4396076
0
G
P
210105
18
24
- 02
018
Subvención Educacional Pro-Retención, Ley N° 19.873 - M. de Educación
16100597
0
G
P
210105
19
24
- 02
020
Programa de Educación Media - JUNAEB
1043566
0
G
P
210105
20
24
- 02
021
Subsidio Empleo a la Mujer, Ley N° 20.595 - SENCE
76965827
0
G
09
P
210105
21
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
117244696
0
G
10
P
210105
22
24
- 03
010
Programa Bonificación ley N° 20.595
49506799
0
G
11
P
210105
23
24
- 03
335
Programa de Habitabilidad Chile Solidario
11502842
0
G
P
210105
24
24
- 03
336
Programa de Identificación Chile Solidario
242375
0
G
12
P
210105
25
24
- 03
337
Bonos Art. 2° Transitorio, Ley N° 19.949
33367749
0
G
P
210105
26
24
- 03
340
Programa de Apoyo Integral al Adulto Mayor Chile Solidario
6390025
0
G
P
210105
27
24
- 03
343
Programa de Apoyo a Personas en Situación de Calle
4260193
0
G
13
P
210105
28
24
- 03
344
Programa de Apoyo a Familias para el Autoconsumo
3241661
0
G
14
P
210105
29
24
- 03
345
Programa Eje (Ley N° 20.595)
2546597
0
G
15
P
210105
30
24
- 03
986
Programa de Apoyo a Niños(as) y Adolescentes con un Adulto Significativo Privado de Libertad (Ley N° 20.595)
5333685
0
G
16
P
210105
31
24
- 03
997
Centros para Niños(as) con Cuidadores Principales Temporeras(os)
368601
0
G
P
210105
32
24
- 03
999
Programa de Generación de Microemprendimiento Indígena Urbano Chile Solidario - CONADI
484169
0
G
P
210105
33
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
210105
34
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
210105
01
Con la finalidad de mejorar significativamente el impacto del componente
empleo de este programa, todos los beneficiarios de la Ley N° 20.595
y Chile Solidario tendrán acceso preferente en todos los programas de ge-
neración de empleo previstos en esta Ley de Presupuestos.
210105
02
Estos recursos se podrán ejecutar respecto de la Ley N° 20.595 y/o res-
pecto del Subsistema Chile Solidario, en conformidad a la normativa
vigente.
210105
03
Dotación máxima de vehículos 17
210105
04
La Subsecretaría de Servicios Sociales deberá informar al 31 de marzo de
2017, las modificaciones en el enfoque de intervención en el Subsistema
de Seguridades y Oportunidades, de la Ley N° 20.595, que crea el Ingreso
Ético Familiar.
210105
05
La transferencia de estos recursos se efectuará sobre la base de los con-
venios que suscriba el Ministro de Desarrollo Social y los organismos
ejecutores, en las que se estipularán las acciones a desarrollar y los
demás procedimientos y modalidades que considere necesarias, los que po-
drán suscribirse una vez publicada la Ley de Presupuestos del año 2017.
Copia de dichos convenios se enviarán a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos a más tardar 30 días después de su total tramitación.
Estos convenios podrán contener cláusulas que permitan su prórroga en
forma automática y sucesiva por periodos iguales, en la medida que los
Programas a ejecutar cuenten con la disponibilidad presupuestaria según la
Ley de Presupuestos del Sector Público del año respectivo. Mediante Reso-
lución del Ministro de Desarrollo Social se establecerá el monto a trans-
ferir.
Para el sólo efecto de la ejecución de los recursos transferidos a los
ejecutores, estos convenios podrán contener cláusulas que extiendan su
vigencia por un periodo que no exceda 6 meses del respectivo periodo
presupuestario.
De acuerdo a las características del programa a ejecutar, se podrán
efectuar todo tipo de gastos.
210105
06
La individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos y de
las personas o entidades ejecutoras, los montos asignados y la modalidad
de asignación deberán ser informados trimestralmente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos dentro de los treinta días siguientes al
término del respectivo trimestre.
210105
07
Estos recursos serán transferidos conforme al convenio suscrito entre la
institución y el organismo receptor, en el cual deberá estipularse, a lo
menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y forma de rendir
cuenta de su uso.
La institución deberá publicar en su página web el convenio y el organismo
receptor deberá incorporar en su página web información trimestral sobre
sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, inclu-
yendo su balance.
210105
08
Incluye:
a) $ 13.643.101 miles para la ejecución de líneas o programas de apoyo
al microemprendimiento.
b) $ 857.784 miles para el Programa Yo Trabajo Jóvenes.
c) $ 3.551.229 miles para el Programa "Yo Trabajo".
210105
09
La transferencia de estos recursos no se regirá por lo establecido en glo-
sa 05 del Programa 21.01.05 y se continuará su ejecución para el año 2017
conforme a lo dispuesto en el artículo décimo transitorio de la
Ley N° 20.595.
210105
10
Con cargo a estos recursos también se podrán celebrar convenios con
organismos del Gobierno Central, los que no se incorporarán en sus res-
pectivos presupuestos, e instituciones privadas sin fines de lucro.
210105
11
Del total de recursos incluidos en esta asignación , podrá destinarse has-
ta $ 1.889.977 miles, para gastos relacionados directamente con su admi-
nistración. Con todo, el gasto en personal, correspondiente a 23 personas,
será hasta $ 397.549 miles.
La totalidad del personal contratado a honorarios con cargo a este progra-
ma, se podrá asignar la calidad de agente público para todos los efectos
legales.
Para la ejecución de estos recursos el Ministerio de Desarrollo Social po-
drá celebrar convenios con organismos del Gobierno Central, los que no se
incorporarán en sus respectivos presupuestos.
210105
12
Con cargo a estos recursos se podrán financiar a usuarios de Programas de
la Subsecretaría de Servicios Sociales, aún cuando sus destinatarios no
sean usuarios de la Ley N°20.595 y Chile Solidario.
210105
13
De acuerdo a las características del programa se podrán efectuar todo tipo
de gastos. Con todo, el gasto en personal, correspondiente a 20 personas,
será hasta $ 144.770 miles.
210105
14
Incluye recursos para la Ley N° 20.670, que crea el Sistema Elige Vivir
Sano, destinados a personas y familias que pertenecen a la Ley N° 20.595
y Chile Solidario, que trabajen en acciones o estrategias de autoprovi-
sión de alimentos, tendientes a contribuir con la generación de hábitos
y estilos de vida saludables coincidentes con los objetivos del Sistema
Elige Vivir Sano.
Se contemplan recursos para el financiamiento de huertos en establecimien-
tos educacionales municipales o particulares subvencionados, jardines in-
fantiles y escuelas especiales de zonas urbanas o rurales, aún cuando sus
destinatarios no sean usuarios de la Ley N° 20.595 y Chile Solidario.
210105
15
Del total de recursos incluidos en esta asignación, podrá destinarse hasta
$1.052.111 miles, para gastos relacionados directamente con su administra-
ción, para la ejecución del programa Eje destinado a los usuarios del ar-
tículo 4° de la Ley N° 20.595, lo que incluye la contratación de 36 per-
sonas con un costo de $342.553 miles. Incluye además, $1.293.350 miles
para la contratación de 96 personas que trabajaran directamente con las
familias beneficiarias del programa. La totalidad del personal contratado
a honorarios con cargo a este programa podrá tener la calidad de agente
público para todos los efectos legales. Se podrán transferir los recursos
a las Municipalidades para ejecutar las actividades relacionadas con la
articulación de redes locales y socio comunitarias destinadas a los usua-
rios de la Ley N° 20.595.
210105
16
De acuerdo a las características del programa se podrán efectuar todo tipo
de gastos. Con todo, el gasto en personal, correspondiente a 24 personas,
será hasta $ 166.169 miles.