2017
08
00
00
MINISTERIO DE HACIENDA
P
2017
08
15
00
DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
P
2017
08
15
01
DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (01)
01
P
081501
1
INGRESOS
10487532
0
I
P
081501
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
57691
0
I
P
081501
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
57176
0
I
P
081501
4
08
- 99
Otros
515
0
I
P
081501
5
09
APORTE FISCAL
10421601
0
I
P
081501
6
09
- 01
Libre
10287175
0
I
P
081501
7
09
- 03
Servicio de la Deuda Externa
134426
0
I
P
081501
8
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
8240
0
I
P
081501
9
12
- 10
Ingresos por Percibir
8240
0
I
P
081501
10
GASTOS
10487532
0
G
P
081501
11
21
GASTOS EN PERSONAL
4549107
0
G
02,03,04
P
081501
12
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
5526409
0
G
03,04,05
P
081501
13
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
277590
0
G
P
081501
14
29
- 04
Mobiliario y Otros
10300
0
G
P
081501
15
29
- 06
Equipos Informáticos
40170
0
G
P
081501
16
29
- 07
Programas Informáticos
227120
0
G
03,06
P
081501
17
34
SERVICIO DE LA DEUDA
134426
0
G
P
081501
18
34
- 02
Amortización Deuda Externa
117369
0
G
P
081501
19
34
- 04
Intereses Deuda Externa
17057
0
G
P
081501
01
Dotación máxima de vehículos 1
081501
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 140
El personal a contrata del Servicio podrá desempeñar las funciones
de carácter directivo que se le asignen o deleguen mediante Reso-
lución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse
en cada caso, las referidas funciones.
Dicho personal no podrá exceder de 12 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 33.683
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional, en Miles de $ 25.680
- En el exterior, en Miles de $ 27.741
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 83
- Miles de $ 310.793
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 13
- Miles de $ 250.723
081501
03
Para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 31 bis, y
siguientes, del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, del Ministerio de
Educación, de 1997 (Estatuto Docente), incluye:
a) $620.769 miles, en Subtítulo 21, Gastos en Personal.
b) $357.072 miles, en Subtítulo 22, Bienes y Servicios de
Consumo.
c) $42.766 miles, en Subtítulo 29, Adquisición de Activos No
Financieros.
Del uso y ejecución de estos recursos, la Dirección Nacional del
Servicio Civil informará trimestralmente al Ministerio de
Educación.
081501
04
Para "Concurso Funciona!" se incluyen $181.113 miles destinados a la
ejecución y operación del concurso anual para destacar a los funcio-
narios de la Administración Central del Estado que logren mejora-
mientos exitosos en la gestión de sus servicios como fruto de innova-
ciones, distribuidos como se indica:
a) $ 54.167 miles, en Subtítulo 21, Gastos en Personal.
b) $126.946 miles, en Subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Los reconocimientos a los funcionarios ganadores podrán incluir,
entre otros, pasantías de conocimiento de experiencias en
entidades públicas o de alta experticia, que se destaquen a nivel
internacional y cuyas experiencias tengan relación con la labor de
los servicios de dichos funcionarios.
Para efectos de las pasantías mencionadas, se podrán pagar
pasajes aéreos y viáticos para los servidores públicos,
cualquiera que sea su calidad jurídica en los órganos de la
administración del Estado que participen en esta actividad, que se
entenderán de pleno derecho, para este efecto, en comisión de
servicios regida por las normas de la Ley N° 18.834, sobre
Estatuto Administrativo y el D.F.L. N° 1 de Hacienda de 1991,
cuando deban cumplirse en el extranjero.
081501
05
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 41.978
b) Para concursos públicos, Ley N° 19.882 incluye $ 4.379.742 miles.
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar gastos de traslado,
alimentación y permanencia tanto de candidatos como de consejeros o
sus representantes, para efectos de dar cumplimiento a los
principios de igualdad y no discriminación, aplicables en los
procesos de selección de cargos, así como el arriendo de salas de
reuniones, en este caso por hasta $ 93.936 miles anuales.
Asimismo, con estos recursos se podrá financiar el diseño e imple-
mentación de planes y programas de inducción, acompañamiento, for-
mación y desarrollo de los Altos Directivos Públicos, por $199.891
miles, conforme a la Ley y sus modificaciones.
La Dirección Nacional del Servicio Civil deberá informar
trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos del
conjunto de concursos llevados a cabo en el trimestre respectivo
y el acumulado del año, especificando cada uno de los cargos llama-
do a concurso durante el trimestre, el nivel jerárquico asocia-
do a los cargos concursados, el Ministerio o Servicio al que
corresponden dichos cargos, el resultado que tengan, su tiempo
promedio de duración y los costos asociados a ellos.
En el mismo informe indicado y con el mismo detalle o desglose que
sea aplicable en su caso, deberá remitir un calendario de los
concursos que se desarrollarán en el trimestre siguiente en función
de los cargos vacantes informados o los provistos provisoria y
transitoriamente cuyo plazo de duración expire en dicho semestre.
081501
06
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos
recursos.