2018
08
00
00
MINISTERIO DE HACIENDA
P
2018
08
11
00
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS
P
2018
08
11
01
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS (01)
01
P
081101
1
INGRESOS
67930394
0
I
P
081101
2
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
395446
0
I
P
081101
3
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
106
0
I
P
081101
4
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
67532468
0
I
P
081101
5
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
77970
0
I
P
081101
6
08
- 99
Otros
67454498
0
I
P
081101
7
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
2374
0
I
P
081101
8
10
- 04
Mobiliario y Otros
2374
0
I
P
081101
9
GASTOS
67930394
0
G
P
081101
10
21
GASTOS EN PERSONAL
13516816
0
G
02
P
081101
11
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
4895342
0
G
03
P
081101
12
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
38783
0
G
P
081101
13
24
- 01
Al Sector Privado
3616
0
G
P
081101
14
24
- 01
175
Instituto de Estudios Bancarios
3616
0
G
P
081101
15
24
- 07
A Organismos Internacionales
35167
0
G
P
081101
16
24
- 07
001
Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas
30370
0
G
P
081101
17
24
- 07
002
Red Internacional de Educación Financiera - OCDE
4797
0
G
P
081101
18
25
INTEGROS AL FISCO
49454624
0
G
P
081101
19
25
- 01
Impuestos
70
0
G
P
081101
20
25
- 03
Excedentes de Caja
49454554
0
G
04
P
081101
21
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
24829
0
G
P
081101
22
29
- 06
Equipos Informáticos
9439
0
G
P
081101
23
29
- 07
Programas Informáticos
15390
0
G
05
P
081101
01
Dotación Máxima de Vehículos 1
081101
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 280
El personal a contrata del Servicio podrá desempeñar las
funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen
mediante Resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que
deberá precisarse en cada caso, las referidas funciones.
Dicho personal no podrá exceder de 13 funcionarios
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 42.058
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 43.938
- En el Exterior en Miles de $ 73.578
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 24
- Miles de $ 382.806
081101
03
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 209.820
b) Incluye $290.371 miles para financiar el gasto correspondiente al
inciso final del artículo 15 del DFL N° 1383, de 1975 del
Ministerio de Hacienda
081101
04
Para efectos de lo señalado en el artículo 29 bis del D.L. N° 1.263
de 1975, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras
deberá transferir al Servicio de Tesorerías la totalidad de los
excedentes de caja de que disponga, en la primera quincena de los
meses de marzo, septiembre y diciembre de 2018, salvo los
estrictamente necesarios para su operación entre cada uno de dichos
períodos.
081101
05
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos un informe detallado respecto del uso de estos
recursos.