2018
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2018
16
44
00
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR
P
2018
16
44
01
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR (01)
01
P
164401
1
INGRESOS
318064913
0
I
P
164401
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
308584921
0
I
P
164401
3
05
- 02
Del Gobierno Central
308584921
0
I
P
164401
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
110148838
0
I
P
164401
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
114771095
0
I
P
164401
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
83202891
0
I
P
164401
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
462097
0
I
P
164401
8
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
5230239
0
I
P
164401
9
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
3898543
0
I
P
164401
10
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
2973260
0
I
P
164401
11
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
168410
0
I
P
164401
12
08
- 99
Otros
756873
0
I
P
164401
13
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
314299
0
I
P
164401
14
12
- 10
Ingresos por Percibir
314299
0
I
P
164401
15
15
SALDO INICIAL DE CAJA
36911
0
I
P
164401
16
GASTOS
318064913
0
G
P
164401
17
21
GASTOS EN PERSONAL
119829754
0
G
02
P
164401
18
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
96087448
0
G
03
P
164401
19
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
19778
0
G
P
164401
20
23
- 02
Prestaciones de Asistencia Social
19778
0
G
P
164401
21
23
- 02
004
Ayudas Económicas y Otros Pagos Preventivos
19778
0
G
P
164401
22
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
101667051
0
G
P
164401
23
24
- 01
Al Sector Privado
71741
0
G
P
164401
24
24
- 01
395
Programa Especial de Salud de los Pueblos Indígenas
59407
0
G
P
164401
25
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
12334
0
G
P
164401
26
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
101595310
0
G
P
164401
27
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
101595310
0
G
P
164401
28
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
423960
0
G
P
164401
29
29
- 05
Máquinas y Equipos
423960
0
G
P
164401
30
35
SALDO FINAL DE CAJA
36922
0
G
P
164401
01
Dotación Máxima de Vehículos 86
164401
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal Ley N° 18.834
- N° de cargos 4.869
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 27.620
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 329
- N° de horas semanales 8.876
Incluye, en la dotación máxima de personal Ley N° 18.834, hasta 1
cargo que podrá desempeñarse indistintamente de acuerdo al régimen de
remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N°
19.664, con 33 horas semanales.
Durante el año 2018, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
1.172.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 3.842.359
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 7.316.751
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.033
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 1.180
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 574.828
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 26.110
e) Convenios con personas naturales
e1) Personas asimiladas a la Ley N° 18.834
- N° de personas 567
- Miles de $ 2.191.689
e2) Contratos con personal asimilado a las Leyes N°s 19.664 o 15.076
- N° de contratos 976
- Miles de $ 5.487.074
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 17
- Miles de $ 139.867
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N° 1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 114
- Miles de $ 124.711
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
h) Autorización máxima para la aplicación del Art. 35 de la Ley N°19.664,
Asignación de Estímulo:
- Miles de $ 3.463.126
Mediante Resolución fundada de los directores de los Servicios de Salud,
se establecerán las causales y los porcentajes específicos asignados
para cada uno de los conceptos que componen la Asignación de Estímulo,
de acuerdo con el reglamento contenido en el Decreto N°847 de 2001, del
Ministerio de Salud, con las necesidades de los establecimientos de su
dependencia y la disponibilidad presupuestaria establecida en la glosa.
164401
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, Leyes N°s 18.575, 15.076 y 19.664
- Miles de $ 362.421