2018
19
00
00
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
P
2018
19
01
00
SECRETARÍA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
P
2018
19
01
06
SUBSIDIO NACIONAL AL TRANSPORTE PÚBLICO
P
190106
1
INGRESOS
797428558
0
I
P
190106
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
31593
0
I
P
190106
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
31593
0
I
P
190106
4
09
APORTE FISCAL
797395965
0
I
P
190106
5
09
- 01
Libre
797395965
0
I
P
190106
6
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
190106
7
GASTOS
797428558
0
G
P
190106
8
21
GASTOS EN PERSONAL
2458736
0
G
01
P
190106
9
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
191769
0
G
02
P
190106
10
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
726475934
0
G
P
190106
11
24
- 01
Al Sector Privado
726475934
0
G
P
190106
12
24
- 01
511
Subsidios al Transporte Regional
15726198
0
G
03,04
P
190106
13
24
- 01
512
Subsidio Nacional al Transporte Público
152941513
0
G
05,06
P
190106
14
24
- 01
520
Subsidio Transitorio - Transantiiago
209473406
0
G
P
190106
15
24
- 01
521
Subsidio Transporte Público - Transantiago
221110817
0
G
06
P
190106
16
24
- 01
522
Subsidio Especial Adicional - Transantiago
127224000
0
G
P
190106
17
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
130815
0
G
P
190106
18
29
- 05
Máquinas y Equipos
5130
0
G
P
190106
19
29
- 06
Equipos Informáticos
12825
0
G
P
190106
20
29
- 07
Programas Informáticos
112860
0
G
P
190106
21
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
5643000
0
G
P
190106
22
31
- 02
Proyectos
5643000
0
G
07
P
190106
23
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
62526304
0
G
P
190106
24
33
- 01
Al Sector Privado
6703421
0
G
P
190106
25
33
- 01
001
Metro Regional de Valparaíso S.A
1967358
0
G
P
190106
26
33
- 01
002
Trenes Metropolitanos S.A
983416
0
G
P
190106
27
33
- 01
003
FESUB Concepción S.A
3752647
0
G
P
190106
28
33
- 02
Al Gobierno Central
55822883
0
G
P
190106
29
33
- 02
003
Fondo de Apoyo Regional
55822883
0
G
P
190106
30
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
190106
31
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
190106
32
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
190106
01
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 47
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 10
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 26.454
- En el Exterior en Miles de $ 10
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 43
- Miles de $ 959.732
La contratación de 24 personas naturales que tendrán la calidad de
agentes públicos para todos los efectos legales.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 1
- Miles de $ 11.690
190106
02
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 13.541
190106
03
Subsidios comprometidos al transporte regional, los que podrán ser
traspasados a las correspondientes Intendencias y al Ministerio de
Obras Públicas, los cuales se encargarán de los procesos de licitación
de las subvenciones a los servicios de transporte que determine el
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Estas Entidades podrán
asimismo ejecutar todos los actos y contratos conducentes al uso de
estos fondos para los fines que se otorgan.
Los contratos que se liciten podrán tener como plazo máximo de
vigencia hasta cinco años. En aquellos casos en que estos contratos
se convengan a un plazo superior a 36 meses, requerirán la autorización
previa del Ministerio de Hacienda.
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones informará
trimestralmente a la Comisión de Transportes del Senado acerca del
número de pasajeros que hace uso de los Subsidios al transporte
regional desglosado por comuna e incorporando una evaluación del
impacto de los insumos en las tarifas de los medios de transportes
subvencionados.
El informe a que se refiere el párrafo anterior deberá contener además
un detalle sobre el subsidio al transporte marítimo mediante
transbordadores, así como la solución de los servicios de transporte
con naves de carga, pasajeros y vehículos otorgados por operadores
privados subsidiados.
Con cargo a este ítem el Ministerio, de manera proporcional a la
población de cada una de las regiones, podrá destinar recursos para
subsidiar el transporte médico de emergencia, hasta por un máximo de
5% del presupuesto anual de los fondos.
Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos acerca de los montos de los subsidios al transporte
aéreo, terrestre, marítimo y lacustre, desagregados por región, con
indicadores de calidad de los servicios.
Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos acerca de los programas conjuntos de los Ministerios de
Transportes y Telecomunicaciones y de Obras Públicas respecto de la
adquisición de transbordadores y catamaranes nuevos o reacondicionados
para servicio público de carga y pasajeros.
190106
04
Asimismo dicho subsidio podrá considerar los servicios de transporte
de carga de combustibles y de transporte marítimo de camiones de carga
que se realicen en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
y/o Provincia de Palena de la Región de Los Lagos. Los términos y
condiciones de implementación de este subsidio, los cuales podrán
contemplar su entrega tanto a las entidades demandantes del servicio de
transporte como a los operadores del mismo, serán determinadas mediante
Decreto del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones expedido "Por
Orden del Presidente de la República", el que deberá llevar además la
firma del Ministerio de Hacienda. Dichos términos y condiciones deberán
considerar la entrega del Subsidio preferentemente a las Entidades
demandantes.
190106
05
Prorrógase para el año 2018, lo establecido en la letra a) del Artículo
4° de la Ley N° 20.378, conforme lo dispuesto en el Artículo Primero
Transitorio de la Ley N° 20.696. Los términos y condiciones de su
implementación se ajustarán a lo establecido en el D.S. N°1, de 2010, del
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones suscrito además por el
Ministro de Hacienda.
Con cargo a estos recursos, para la administración y funcionamiento de
los programas de subsidios regionales, se podrán considerar hasta
$1.729.610 miles, que incluye la contratación de 74 personas por
un máximo de $1.516.740 miles, estudios propios del programa por
$133.380 miles y otros gastos de operación.
Su distribución entre los ítems de gastos será aprobado por Decreto del
Ministerio de Hacienda de conformidad al artículo 70 del Decreto Ley
1.263 de 1975, y su ejecución presupuestaria se informará mensualmente a
la Dirección de Presupuestos.
En los contratos de trabajo que deberán suscribirse con los conductores,
las partes deberán convenir la forma en que la entrega del subsidio que
implique una rebaja tarifaria se vea reflejada en la remuneración que
perciba el trabajador que se desempeñe como conductor, a fin de garanti-
zar que la disminución de tarifas que se produzca como consecuencia de lo
anterior, en caso alguno signifique un menoscabo en el monto total de la
remuneración percibida por la misma jornada de trabajo por los
trabajadores.
190106
06
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones enviará trimestralmente
a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe de ejecución del
Subsidio Nacional al Transporte Público y Subsidio Transporte Público -
Transantiago.
190106
07
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones enviará trimestralmente
a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, un informe detallado
sobre el grado de cumplimiento de los proyectos propuestos y de la
ejecución y destino de los recursos.