2018
07
00
00
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
P
2018
07
19
00
COMITÉ INNOVA CHILE
P
2018
07
19
01
COMITÉ INNOVA CHILE
P
071901
1
INGRESOS
44758093
0
I
P
071901
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
40175901
0
I
P
071901
3
05
- 02
Del Gobierno Central
40175901
0
I
P
071901
4
05
- 02
003
CORFO
2610110
0
I
P
071901
5
05
- 02
005
Fondo de Innovación para la Competitividad
36171228
0
I
P
071901
6
05
- 02
010
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño-FIE
1394563
0
I
P
071901
7
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
4582192
0
I
P
071901
8
08
- 99
Otros
4582192
0
I
P
071901
9
GASTOS
44758093
0
G
P
071901
10
21
GASTOS EN PERSONAL
2310608
0
G
01
P
071901
11
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
948631
0
G
02
P
071901
12
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
10
0
G
P
071901
13
23
- 01
Prestaciones Previsionales
10
0
G
P
071901
14
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
41498834
0
G
P
071901
15
24
- 01
Al Sector Privado
41498834
0
G
P
071901
16
24
- 01
004
Innovación Empresarial
41498834
0
G
03,04,05,06
P
071901
17
26
OTROS GASTOS CORRIENTES
10
0
G
P
071901
18
26
- 01
Devoluciones
10
0
G
P
071901
01
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 63
b) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional, en Miles de $ 20.041
- En el exterior, en Miles de $ 25.168
c) Convenios con personas naturales
- N° de personas 15
- Miles de $ 107.498
d) La Corporación de Fomento de la Producción podrá designar en
comisión de servicio a 9 funcionarios, los cuales no estarán
afectos a las limitaciones establecidas en el artículo 76 de
la Ley N° 18.834.
071901
02
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 31.788
071901
03
Con cargo a esta asignación se podrán transferir recursos a entidades
públicas y privadas. Las transferencias de recursos a organismos e institu-
ciones del sector público no se incorporarán a sus presupuestos.
Incluye hasta $ 146.258 miles para Gastos en Personal, y hasta 17 personas
a honorarios y/o Código del Trabajo, y hasta $ 205.612 miles en bienes y ser-
vicios de consumo, para el diseño, la evaluación y/o seguimiento de proyectos
y programas.
La contratación de expertos extranjeros, para los fines descritos en el
párrafo precedente, podrá realizarse en casos calificados, y mediante reso-
lución fundada del Director Ejecutivo del Comité, sin sujeción a las exigen-
cias del artículo 12 de la ley N° 18.834, del artículo 48 del D.L.N° 1.094,
de 1975 y del artículo 100 del decreto N°597 de 1984, del Ministerio del
Interior. A estos expertos, se les podrá financiar los gastos de traslado,
alojamiento, alimentación y otros que demanden las actividades.
Se podrá comprometer con cargo a futuros presupuestos hasta $20.971.887 miles
por sobre el monto autorizado en esta asignación.
Incluye hasta $513.000 miles para la contratación de entidades regionales que
realicen actividades de difusión y acompañamiento a potenciales beneficiarios
de la(s) región(es) respectiva(s), con la finalidad que formulen proyectos de
Innovación Empresarial e I+D, y hasta $ 143.640 miles para la contratación de
entidades que identifiquen desafíos de innovación social de determinada(s)
región(es) y gestionen, en su oportunidad, actividades en el territorio para
facilitar el desarrollo de ideas a soluciones y/o mejoras a las soluciones
propuestas. Las entidades ejecutoras serán seleccionadas de conformidad con
las normas de contratación pública que resulten aplicables.
Con cargo a estos recursos, el Comité InnovaChile podrá financiar programas
que contemplen la entrega de subsidios de carácter reembolsable, de modo tal
que, cumplidas condiciones objetivas, éstos se conviertan en un préstamo de
fomento, dando origen a un crédito a favor de dicho Comité. La(s)
condición(es) que debe(n) concurrir para configurar el devengamiento y
exigibilidad del préstamo, así como los demás aspectos operativos necesa-
rios para su debida implementación y cobro, serán establecidos por un
Reglamento, el que deberá ser dictado por el Director Ejecutivo del Comité.
071901
04
Tratándose de acciones incluidas y financiadas en convenios suscritos con la
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, en el marco de la
ejecución del Fondo de Innovación para la Competitividad y/o del Fondo de In-
versión Estratégica, se podrá imputar en esta asignación gastos asociados a
esas acciones con anterioridad a la total tramitación del (los) acto(s)
dministrativo(s) que los aprueben, en la medida que exista disponibilidad
presupuestaria en las mismas.
071901
05
Previo a la ejecución del gasto, mediante Resolución del Comité Innova
Chile, visada por la Dirección de Presupuestos, deberá desglosarse
la asignación presupuestaria en cada uno de los programas y/o instrumentos
que la conforman, especificando montos y coberturas para cada uno de
ellos. Por igual mecanismo, durante el año presupuestario podrán modi-
ficarse las distribuciones establecidas.
071901
06
Semestralmente el Comité Innova Chile informará a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos acerca del número de iniciativas y montos de financiamiento, que
con cargo a estos recursos, haya asignado a la iniciación o continuidad de
proyectos del Programa de Innovación, en el ámbito social o ambiental,
especialmente aquellos relativos a la identificación, georreferenciación y
construcción de mapas virtuales de humedales.