2019
09
00
00
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
P
2019
09
21
00
SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN HUASCO
P
2019
09
21
02
SERVICIO EDUCATIVO (01)
01
P
092102
1
INGRESOS
36222371
0
I
P
092102
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
32945645
0
I
P
092102
3
05
- 02
Del Gobierno Central
32945645
0
I
P
092102
4
05
- 02
001
Subvenciones a los Establecimientos Educacionales
28331482
0
I
P
092102
5
05
- 02
002
Junta Nacional de Jardines Infantiles
894380
0
I
02
P
092102
6
05
- 02
004
Dirección de Educación Pública Programa 02
3719783
0
I
P
092102
7
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
3091
0
I
P
092102
8
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
1545
0
I
P
092102
9
08
- 99
Otros
1546
0
I
P
092102
10
13
TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL
3273635
0
I
P
092102
11
13
- 02
Del Gobierno Central
3273635
0
I
P
092102
12
13
- 02
001
Subvenciones a los Establecimientos Educacionales
183635
0
I
P
092102
13
13
- 02
002
Dirección de Educación Pública
3090000
0
I
P
092102
14
GASTOS
36222371
0
G
P
092102
15
21
GASTOS EN PERSONAL
23896064
0
G
03
P
092102
16
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
9049583
0
G
04,05
P
092102
17
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
3090
0
G
P
092102
18
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
3090
0
G
P
092102
19
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
183634
0
G
P
092102
20
29
- 04
Mobiliario y Otros
78011
0
G
P
092102
21
29
- 05
Máquinas y Equipos
40242
0
G
P
092102
22
29
- 06
Equipos Informáticos
51967
0
G
P
092102
23
29
- 07
Programas Informáticos
13414
0
G
P
092102
24
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
3090000
0
G
06
P
092102
25
31
- 02
Proyectos
3090000
0
G
07
P
092102
01
Dotación Máxima de Vehículos 12
092102
02
Conforme al Decreto Supremo Nº67 de Educación , de 2010 y sus Modificaciones
092102
03
Incluye :
a) Dotación máxima de personal :
a.1 Dotación Docente,Nºde horas Docentes Establecimientos Educacionales 36.012
a.2 Dotación en Jardines Infantiles:
- Educadoras de Párvulos 31
- Técnicos en Educación Parvularia 65
- Otros Asistentes de la Educación 30
b) Dotación máxima de Asistentes de la Educación Establecimientos Educacio-
nales Escolares:
Nº de Asistentes de la Educación 992
c) Horas extraordinarias año:
- Miles de $ 15.450
d) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional, en Miles de $ 5.150
e) Se podrá contratar personal de reemplazo en los Jardines Infantiles, en
aquellos casos en que por cualquier razón, funcionarios de planta o
contrata que se desempeñen en el Servicio Local de Educación se
encuentren imposibilitados para desempeñar sus cargos por un período
superior a 7 días. Dichas contrataciones no se imputarán a la dotación
máxima de personal establecida en su glosa.
f) Convenios con Personas Naturales (Subvención Escolar Preferencial y Pro-
gramas de Integración Educacional)
-Nº de personas 70
-En Miles de $ 51.500
Por decreto del Ministerio de Educación, el que deberá llevar la firma del
Ministro de Hacienda, podrán incrementarse las dotaciones máximas de perso-
nal consideradas en esta Glosa, sin que les sea aplicable lo dispuesto por
el artículo 11° de esta ley.
092102
04
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L.N°1-19.653, de 2001, Ministerio
Secretaría General de la Presidencia
- Miles de $ 238.961
092102
05
Deberán destinarse al menos $309.000 miles para el desarrollo de un plan
anual de gestión de redes de establecimientos educativos y su fortaleci-
miento. Este plan incorporará proyectos e iniciativas de trabajo en red
entre los establecimientos educacionales dependientes del servicio local,
las comunidades educativas o sus miembros, en ámbitos tales como el
mejoramiento directivo, técnico pedagógico, participación ciudadana, o
fomento deportivo, cultural o de cualquier otra índole.
092102
06
Incluye recursos para infraestructura transitoria,como aulas de emergencia,
inmuebles no construidos para uso educacional, entre otros, para suplir establecimientos educacionales en construcción o reparación o cuando
exista riesgo para la prestación del servicio educacional, lo que será
determinado mediante acto administrativo fundado de la Dirección de Educa-
ción Pública, identificando el establecimiento educacional beneficiario.
Los bienes que se adquieran o construyan serán de propiedad del Servicio
Local de Educación respectivo.
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07
Considera recursos para gastos para proyectos de inversión en los estable-
cimientos educativos. La Dirección de Educación Pública podrá actuar de
Unidad Técnica en dichos proyectos.