2019
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2019
16
25
00
SERVICIO DE SALUD VALPARAÍSO - SAN ANTONIO
P
2019
16
25
01
SERVICIO DE SALUD VALPARAÍSO - SAN ANTONIO (01)
01
P
162501
1
INGRESOS
171226529
0
I
P
162501
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
165514542
0
I
P
162501
3
05
- 02
Del Gobierno Central
165514542
0
I
P
162501
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
46566198
0
I
P
162501
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
62033049
0
I
P
162501
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
56600713
0
I
P
162501
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
314582
0
I
P
162501
8
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
68334
0
I
P
162501
9
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
2706470
0
I
P
162501
10
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
2538493
0
I
P
162501
11
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
2289890
0
I
P
162501
12
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
9204
0
I
P
162501
13
08
- 99
Otros
239399
0
I
P
162501
14
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
378620
0
I
P
162501
15
12
- 10
Ingresos por Percibir
378620
0
I
P
162501
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
20070
0
I
P
162501
17
GASTOS
171226529
0
G
P
162501
18
21
GASTOS EN PERSONAL
91505543
0
G
02
P
162501
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
39197964
0
G
03
P
162501
20
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
5676
0
G
P
162501
21
23
- 02
Prestaciones de Asistencia Social
5676
0
G
P
162501
22
23
- 02
004
Ayudas Económicas y Otros Pagos Preventivos
5676
0
G
P
162501
23
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
40497263
0
G
P
162501
24
24
- 01
Al Sector Privado
49188
0
G
P
162501
25
24
- 01
395
Programa Especial de Salud de los Pueblos Indígenas
42867
0
G
P
162501
26
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
6321
0
G
P
162501
27
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
40448075
0
G
P
162501
28
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
40448075
0
G
P
162501
29
35
SALDO FINAL DE CAJA
20083
0
G
P
162501
01
Dotación Máxima de Vehículos 72
162501
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal D.F.L. N° 29, de 2005, Ministerio de Hacienda
- N° de cargos 3.502
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 20.981
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 212
- N° de horas semanales 5.936
Incluye, en la dotación máxima de personal D.F.L. N° 29, de 2005,
Ministerio de Hacienda, hasta 3 cargos que podrán desempeñarse
indistintamente de acuerdo al régimen de remuneraciones del D.L. N° 249,
de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N° 19.664, con 33 horas semanales
y 5 cargos en el Programa de Enfermería Rural que se desempeñarán de
acuerdo al régimen de remuneraciones del citado decreto ley.
Durante el año 2019, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
789.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 1.976.122
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 3.933.586
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.131
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 270
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 286.746
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 110.286
e) Convenios con personas naturales
e1) Personas asimiladas al D.F.L. N° 29, de 2005, Ministerio de Hacienda
- N° de personas 245
- Miles de $ 684.117
e2) Contratos con personal asimilado de conformidad a
las Leyes N°s 19.664 o 15.076
- N° de contratos 94
- Miles de $ 1.708.855
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 12
- Miles de $ 106.265
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N° 1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 104
- Miles de $ 112.240
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
h) Autorización máxima para la aplicación del Art. 35 de la Ley N°19.664,
Asignacion de Estímulo:
- Miles de $ 3.138.879
Mediante Resolución fundada de los directores de los Servicios de Salud,
se establecerán las causales y los porcentajes específicos asignados
para cada uno de los conceptos que componen la Asignacion de Estímulo,
de acuerdo con el reglamento contenido en el Decreto N°847 de 2001, del
Ministerio de Salud, con las necesidades de los establecimientos de su
dependencia y las disponibilidad presupuestaria establecida en la glosa.
162501
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, D.F.L.N°1-19.653,de 2001,Ministerio
Secretaría General de la Presidencia y Leyes N°s 15.076 y 19.664
- Miles de $ 268.774