2019
05
00
00
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
P
2019
05
09
00
SERVICIO NACIONAL PARA PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL
P
2019
05
09
01
SERVICIO NACIONAL PARA PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL (01,02)
01,02
P
050901
1
INGRESOS
69605742
0
I
P
050901
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
2286190
0
I
P
050901
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
17665
0
I
P
050901
4
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
181486
0
I
P
050901
5
08
- 99
Otros
2087039
0
I
P
050901
6
09
APORTE FISCAL
67319552
0
I
P
050901
7
09
- 01
Libre
67319552
0
I
P
050901
8
GASTOS
69605742
0
G
P
050901
9
21
GASTOS EN PERSONAL
8615103
0
G
03,12
P
050901
10
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
3450943
0
G
04
P
050901
11
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
57507296
0
G
P
050901
12
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
57507296
0
G
P
050901
13
24
- 03
001
Programa de Tratamiento y Rehabilitación
44160317
0
G
05
P
050901
14
24
- 03
003
Otros Programas de Prevención
3252393
0
G
06
P
050901
15
24
- 03
005
Programas de Capacitación
1292898
0
G
07
P
050901
16
24
- 03
012
Municipalidades - Programa PREVIENE
5992803
0
G
08
P
050901
17
24
- 03
013
Programa Control Cero Alcohol
1099497
0
G
09,11
P
050901
18
24
- 03
014
Programa de Parentalidad
1709388
0
G
10
P
050901
19
26
OTROS GASTOS CORRIENTES
10014
0
G
P
050901
20
26
- 01
Devoluciones
10014
0
G
P
050901
21
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
22386
0
G
P
050901
22
29
- 04
Mobiliario y Otros
5549
0
G
P
050901
23
29
- 05
Máquinas y Equipos
1306
0
G
P
050901
24
29
- 06
Equipos Informáticos
10367
0
G
P
050901
25
29
- 07
Programas Informáticos
5164
0
G
P
050901
01
Dotación máxima de vehículos 18
050901
02
Parte de estos fondos se podrá transferir a organismos y/o entidades del Sector
Público. En este caso la transferencia no se incorporará al presupuesto del
organismo receptor de los fondos, sin perjuicio de la obligación de las entidades
receptoras de rendir cuenta a la Contraloría General de la República.
050901
03
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 329
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
del D.F.L N°29, de 2005, Ministerio de Hacienda, respecto de los empleos
a contrata incluidos en la dotación.
Se podrá contratar a un número máximo de 9 profesionales a honorarios en
calidad de agente público para todos los efectos administrativos y pena-
les.
El personal a contrata podrá desempeñar las funciones de carácter
directivo que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del
Jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones.
Con todo, dicho personal no podrá exceder de 28 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 11.286
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional, en Miles de $ 61.445
- En el exterior, en Miles de $ 5.735
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 108
- Miles de $ 1.363.420
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 5
- Miles de $ 53.780
050901
04
Incluye :
a) Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L N°1-19.653, de 2001, Ministerio
Secretaría General de la Presidencia.
- Miles de $ 44.880
b) Al menos $261.957 miles para ser destinados a material educativo preventivo.
050901
05
Estos recursos podrán ser destinados a gasto para actividades de capacitación y a la
contratación de planes, programas, desarrollar actividades de tratamiento, rehabilita-
ción y/o integración social, con entidades públicas o privadas, destinados a personas
afectadas por el consumo de alcohol o drogas estupefacientes o sicotrópicas; y a
desarrollar actividades de supervisión, asesoría especializada y convenios de colabora-
ción.
Se podrá contratar planes de tratamiento y/o rehabilitación hasta por 24 meses, sujeto
a la disponibilidad presupuestaria del año siguiente.
El Servicio deberá informar, en el mes de marzo de 2019, los resultados finales y la
evaluación de los planes de tratamiento ejecutados durante el 2018 a las Comisiones de
Salud y de Educación de ambas Cámaras del Congreso Nacional. Dichos informes estarán
disponibles en el mismo plazo en la página web del Servicio.
En el mismo informe deberá acompañar los lineamientos definidos para la asignación
de los recursos de este Programa, adjuntando copia de los convenios que se hayan
celebrado para su ejecución.
Incluye gastos en personal hasta por $24.651 miles, con un máximo de 2 personas a
honorarios.
Trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del período
respectivo, se deberá enviar la misma información actualizada.
El Servicio deberá informar los resultados de las intervenciones y las entidades
contratadas, en forma semestral, a las Comisiones de Salud de ambas cámaras, y a la
Comisión de Educación, Deporte y Recreación de la Cámara de Diputados y a la Comisión
de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Senado. Dichos informes deberán estar
disponibles en la página web del Servicio.
Incluye $1.166.298 miles para el tratamiento de 559 cupos de adultos infractores de
ley, en el marco de la Ley N° 18.216, y sus modificaciones.
El Servicio deberá informar trimestralmente a la Comisión de Constitución, Legislación,
Justicia y Reglamento del Senado, a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia
de la Cámara de Diputados y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, la cobertura
total de los niños dependientes directa o indirectamente del Servicio Nacional de
Menores, que son atendidos en el Programa de Tratamiento y Rehabilitación, su
distribución regional y los resultados obtenidos. Asimismo, informará los niños que,
estando en condiciones de acceder al Programa de Tratamiento y Rehabilitación, no
fueron atendidos.
Los convenios que se firmen entre SENDA y los Servicios de Salud para programas de tratamiento y rehabilitación en el consumo de drogas, podrán incluir la contratación
de enfermeros.
050901
06
Estos recursos se aplicarán de acuerdo a los convenios que se suscriban con entidades
públicas o privadas, los que deberán contener, a lo menos, los objetivos de las
actividades y/o programas a desarrollar.
Incluye gastos en personal hasta por $38.884 miles, con un máximo de 8 personas a
honorarios.
Antes del 31 de marzo de 2019 el Servicio deberá enviar a la Comisión Especial Mixta
de Presupuestos un informe en el que se dé cuenta de los lineamientos definidos para
la asignación de los recursos de este Programa, adjuntando copia de los convenios
que se hayan celebrado en el primer trimestre e indicando los plazos y metas para el
resto del período.
050901
07
Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos destinados a
actividades de capacitación y jornadas de trabajo en materias relacionadas con la
prevención o recuperación (tratamiento, rehabilitación, integración social y gestión),
del consumo de alcohol o drogas estupefacientes o psicotrópicas, las que se podrán
convenir con entidades públicas o privadas.
050901
08
Los convenios para la transferencia de recursos a las municipalidades y/o Corporacio-
nes Municipales se suscribirán sobre la base de los programas comunales de prevención
del consumo de drogas estupefacientes o psicotrópicas y alcohol. Estos convenios
podrán contemplar aportes municipales para su ejecución.
Con cargo a estos recursos se podrán realizar estudios y asesorías en el ámbito terri-
torial.
La incorporación de nuevas comunas a este programa y la distribución de recursos entre
comunas de cada región deberá ser informada al Gobierno Regional respectivo.
Se deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos el
desglose por municipio de los montos transferidos y el criterio bajo el cual éstos
fueron distribuidos.
Asimismo, remitirá copia del informe a la Dirección de Presupuestos en el mismo plazo.
La información antes señalada, deberá estar disponible en el sitio web del Servicio,
debiendo ser acompañada, en el plazo que corresponda, por la ejecución trimestral de
los recursos señalados.
050901
09
Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos, incluso en
personal hasta por $147.484 miles con un máximo de 23 personas a honorarios, para
los fines y actividades que contemple el programa.
El Servicio informara a la Comisión de Salud del Senado, a más tardar el 1 de marzo de
2019, los objetivos de esta asignación y sus criterios de distribución. Asimismo, le informará semestralmente su distribución, teniendo presente los fundamentos, proyectos financiados, distribuidos por comuna y región.
050901
10
Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos, incluso en
personal hasta por $217.536 miles con un máximo de 11 personas a honorarios, para
los fines y actividades que contemple el programa.
050901
11
Se informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre la
cantidad de controles efectuados, la cantidad de conductores sorprendidos bajo estado
de ebriedad, bajo la influencia del alcohol y en condiciones deficientes, todo lo
anterior desglosado por región.
050901
12
El Servicio Nacional para Prevención y Rehabilitación Consumo de Drogas y Alcohol
informará semestralmente, 60 días después de terminado el semestre respectivo, a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos, acerca de los gastos realizados con cargo
a estos recursos en el pago de remuneraciones de personal, identificando la totalidad
de los trabajadores y la calidad jurídica de las contrataciones.