2019
07
00
00
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
P
2019
07
16
00
SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA
P
2019
07
16
01
SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA (01)
01
P
071601
1
INGRESOS
53793870
0
I
P
071601
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
32168957
0
I
P
071601
3
05
- 02
Del Gobierno Central
32168957
0
I
P
071601
4
05
- 02
004
Corporación de Fomento de la Producción
32168957
0
I
P
071601
5
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
117832
0
I
P
071601
6
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
86681
0
I
P
071601
7
08
- 99
Otros
31151
0
I
P
071601
8
09
APORTE FISCAL
21507081
0
I
P
071601
9
09
- 01
Libre
21507081
0
I
P
071601
10
GASTOS
53793870
0
G
P
071601
11
21
GASTOS EN PERSONAL
9089533
0
G
02
P
071601
12
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
2286387
0
G
03
P
071601
13
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
141347
0
G
P
071601
14
23
- 01
Prestaciones Previsionales
141347
0
G
P
071601
15
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
41852013
0
G
04
P
071601
16
24
- 01
Al Sector Privado
41852013
0
G
P
071601
17
24
- 01
131
Programa Mejoramiento Competitividad de la MIPE
14274106
0
G
05
P
071601
18
24
- 01
132
Programa Emprendedores
6117528
0
G
05
P
071601
19
24
- 01
133
Programa Dirigido a Grupos de Empresas Asociatividad
7637929
0
G
05,06,07
P
071601
20
24
- 01
134
Programa Desarrollo Empresarial en los Territorios
13822440
0
G
05
P
071601
21
24
- 01
152
Programas Especiales
10
0
G
08
P
071601
22
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
424590
0
G
P
071601
23
29
- 03
Vehículos
90080
0
G
P
071601
24
29
- 07
Programas Informáticos
334510
0
G
09
P
071601
01
Dotación Máxima de Vehículos 46
071601
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 314
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 136.123
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional, en Miles de $ 140.931
- En el exterior, en Miles de $ 11.390
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 22
- Miles de $ 351.302
071601
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N° 1-19.653, de 2001, Ministerio
Secretaría General de la Presidencia
- Miles de $ 73.742
071601
04
Del conjunto de estas asignaciones se podrá destinar un máximo de
$105.438 miles para gastos en personal, y hasta 6 personas a honorarios,
y en bienes y servicios de consumo hasta $ 898.197 miles, en este último
caso, no podrá considerarse al Programa Barrios Comerciales. El resto de
los recursos se deberá destinar exclusivamente al pago de los subsidios
cuando corresponda.
Previo a la ejecución del gasto, mediante Resolución del Servicio de
Cooperación Técnica, visada por la Dirección de Presupuestos, deberán
desglosarse las asignaciones presupuestarias de transferencias en cada uno
de los programas y/o instrumentos que las conforman, especificando montos y
coberturas para cada uno de ellos. Por igual mecanismo, durante el año
presupuestario podrán modificarse las distribuciones establecidas.
Con cargo a este subtítulo se podrán transferir recursos a entidades
públicas y/o privadas, denominadas Agentes Operadores Intermediarios y
Consultores, para el cofinanciamiento de programas o proyectos de empren-
dimiento o de fomento, respectivamente, y, en ambos casos, para la promo-
ción, captación de interesados, evaluación, supervisión, seguimiento y
administración de dichos programas y/o proyectos.
Todo nuevo Agente Operador Intermediario, asociado a Programas de Fomento,
deberá ser seleccionado mediante concurso público y deberá cumplir con los
requisitos generales que establezca SERCOTEC. Tratándose de Consultores,
éstos serán seleccionados de conformidad con las normas de contratación
pública que resulten aplicables.
071601
05
El Servicio de Cooperación Técnica deberá enviar trimestralmente a la Comi-
sión Especial Mixta de Presupuestos, un informe detallado sobre el
grado de cumplimiento de las metas propuestas y el estado de ejecución de
este programa.
La individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos, las
personas o entidades ejecutoras, los montos asignados y la modalidad de
asignación deberán ser publicados en forma regionalizada, trimestralmente,
en la página web del Servicio, dentro de los 30 días siguientes al término
del trimestre respectivo.
071601
06
Con cargo a esta asignación se podrán financiar el apoyo y fortalecimiento
de Cooperativas. El Servicio de Cooperación Técnica remitirá trimestralmen-
te, dentro de los treinta días siguientes al término del trimestre res-
pectivo, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, un informe que
contenga la individualización de los proyectos beneficiados con estos
recursos, las cooperativas beneficiarias y los montos asignados, desagrega-
dos regionalmente.
Se informará semestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupues-
tos acerca de los gastos realizados con cargo a estos recursos en pro-
gramas de Modernización de Ferias Libres, los montos de inversión apareja-
dos a cada uno y los resultados esperados.
071601
07
Tratándose del Programa Barrios Comerciales, podrá destinarse hasta
$ 121.346 miles para bienes y servicios de consumo. El resto de los
recursos se deberá destinar exclusivamente al pago de los subsidios cuando
corresponda.
071601
08
Se podrá financiar acciones de reconversión laboral o apoyo al micro-
emprendimiento, cuando se trate de un sector productivo (bienes o servi-
cios), o parte de él, que esté sujeto a procesos de modernización, o se
encuentre enfrentado a situaciones de emergencia, en este último caso
declaradas por la Autoridad competente en la forma prescrita en la norma-
tiva respectiva.
Para este efecto el Servicio de Cooperación Técnica podrá actuar directa-
mente o suscribir Convenios con las entidades participantes en los que
podrán considerarse montos máximos para financiar gastos operacionales,
incluyendo gastos en personal transitorio, y bienes y servicios de consumo.
071601
09
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.