2019
15
00
00
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
P
2019
15
02
00
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
P
2019
15
02
01
DIRECCIÓN DEL TRABAJO (01,06,07)
01,06,07
P
150201
1
INGRESOS
69809107
0
I
P
150201
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
577830
0
I
P
150201
3
05
- 02
Del Gobierno Central
577830
0
I
P
150201
4
05
- 02
006
Programa de Modernización del Estado-BID
577830
0
I
P
150201
5
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
262908
0
I
P
150201
6
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
1836016
0
I
P
150201
7
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
1583625
0
I
P
150201
8
08
- 99
Otros
252391
0
I
P
150201
9
09
APORTE FISCAL
67031771
0
I
P
150201
10
09
- 01
Libre
67031771
0
I
P
150201
11
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
52582
0
I
P
150201
12
10
- 03
Vehículos
52582
0
I
P
150201
13
15
SALDO INICIAL DE CAJA
48000
0
I
P
150201
14
GASTOS
69809107
0
G
P
150201
15
21
GASTOS EN PERSONAL
54744409
0
G
02
P
150201
16
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
13034135
0
G
03
P
150201
17
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
581652
0
G
P
150201
18
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
577830
0
G
P
150201
19
24
- 03
001
Programa de Modernización del Estado-BID
577830
0
G
05
P
150201
20
24
- 07
A Organismos Internacionales
3822
0
G
P
150201
21
24
- 07
001
Organismos Internacionales
3822
0
G
P
150201
22
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
1396911
0
G
P
150201
23
29
- 03
Vehículos
353949
0
G
P
150201
24
29
- 04
Mobiliario y Otros
141878
0
G
P
150201
25
29
- 05
Máquinas y Equipos
146115
0
G
P
150201
26
29
- 06
Equipos Informáticos
250269
0
G
P
150201
27
29
- 07
Programas Informáticos
504700
0
G
04
P
150201
28
34
SERVICIO DE LA DEUDA
4000
0
G
P
150201
29
34
- 07
Deuda Flotante
4000
0
G
P
150201
30
35
SALDO FINAL DE CAJA
48000
0
G
P
150201
01
Dotación Máxima de Vehículos 167
150201
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 2.359
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
del D.F.L N° 29, de 2005, Ministerio de Hacienda, respecto de los empleos
a contrata incluidos en esta dotación.
El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que
se asignen o deleguen mediante Resolución fundada del Jefe de Servicio, en
la que deberá precisarse las referidas funciones.
Con todo, dicho personal no podrá exceder de 73 funcionarios.
Las nuevas contrataciones destinadas a aumentar la dotación máxima deberán
ser seleccionadas mediante concurso público.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 713.895
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional, en Miles de $ 496.247
- En el Exterior, en Miles de $ 10.029
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 24
- Miles de $ 451.159
Incluye $ 188.107 miles para el pago de árbitros de la Ley N° 20.940.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 133
- Miles de $ 901.048
150201
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L N°1-19.653, de 2001, Ministerio Secre-
taría General de la Presidencia.
- Miles de $ 662.386
150201
04
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un infor-
me detallado respecto del uso de estos recursos.
150201
05
Con cargo a estos recursos se podrán financiar todo tipo de gastos necesarios
para la ejecución del Programa, incluyendo gastos en personal hasta $ 117.126
miles con un número máximo de 2 honorarios, que podrán tener la calidad de
Agentes Públicos, para todos los efectos administrativos y penales.
El uso de estos recursos se hará en estricto cumplimiento de lo dispuesto en
el Manual Operativo del Programa de Mejora de la Gestión Pública y de los
Servicios al Ciudadano.
150201
06
La Dirección del Trabajo informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta
de Presupuestos, a la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado y a la
Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, acerca de la
cantidad de huelgas y su duración; las denuncias por prácticas antisindicales
y desleales y las denuncias por determinación de servicios mínimos y equipos
de emergencia.
150201
07
La Dirección informará trimestralmente a la Comisión especial encargada
de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la
mujer y la igualdad de género del Senado, acerca de las denuncias y san-
ciones realizadas en virtud del artículo 62 bis del Código del Trabajo,
relacionado con el principio de igualdad de remuneraciones entre hombres
y mujeres, con detalle del empleador involucrado.