2019
22
00
00
MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
P
2019
22
01
00
SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
P
2019
22
01
01
SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA (01,02)
01,02
P
220101
1
INGRESOS
9034139
0
I
P
220101
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
34910
0
I
P
220101
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
34910
0
I
P
220101
4
09
APORTE FISCAL
8998229
0
I
P
220101
5
09
- 01
Libre
8998229
0
I
P
220101
6
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
220101
7
GASTOS
9034139
0
G
P
220101
8
21
GASTOS EN PERSONAL
7729664
0
G
03
P
220101
9
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
1232557
0
G
04
P
220101
10
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
70888
0
G
P
220101
11
29
- 04
Mobiliario y Otros
515
0
G
P
220101
12
29
- 05
Máquinas y Equipos
2524
0
G
P
220101
13
29
- 06
Equipos Informáticos
32319
0
G
P
220101
14
29
- 07
Programas Informáticos
35530
0
G
P
220101
15
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1030
0
G
P
220101
16
34
- 07
Deuda Flotante
1030
0
G
P
220101
01
Dotación Máxima de Vehículos 9
220101
02
Trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del
respectivo trimestre, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia
de la República remitirá a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe consolidado que contenga un detalle de las actividades o acciones
ejecutadas o encomendadas por la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos,
la Comisión Asesora Ministerial para la Promoción y Respeto de los
Derechos de las Personas en la Administración del Estado y la Comisión
Asesora Ministerial para la Probidad Administrativa y la Transparencia de
la Función Pública, especificando los gastos en personal, en estudios e
investigaciones y en difusión que en cada caso corresponda.
El informe incluirá, además, los resultados de dichas actividades o
acciones, así como las estrategias emprendidas para garantizar adecuados
niveles de coordinación con otras instancias gubernamentales abocadas
a las mismas temáticas.
220101
03
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 170
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo
10 del D.F.L. N°29, de 2005, Ministerio de Hacienda, respecto de los
empleos a contrata incluidos en esta dotación.
El personal a contrata podrá desempeñar las funciones de carácter
directivo que se le asignen o deleguen, mediante Resolución fundada del
jefe de Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones.
Dicho personal no podrá exceder de 11 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 110.138
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 36.284
- En el Exterior en Miles de $ 9.188
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 116
- Miles de $ 2.707.140
Las personas que se contraten con cargo a estos recursos, podrán tener
la calidad de agentes públicos para todos los efectos legales,incluidas
la responsabilidad administrativa y penal que pudiera derivar del
ejercicio de tales funciones.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 28
- Miles de $ 609.551
220101
04
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N°1/19.653, de 2001, Ministerio
Secretaría General de la Presidencia.
- Miles de $ 26.448