LEY DE PRESUPUESTOS AÑO
2006
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
SUBSECRETARIA DE VIVIENDA Y URBANISMO CHILE BARRIO
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Partida :
18
Capitulo :
01
Programa :
02
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Subtitulo
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Item
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Denominaciones
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Glosa N°
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Moneda Nacional Miles de $
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INGRESOS
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47.783.017
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09
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APORTE FISCAL
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47.763.017
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01
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Libre
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47.763.017
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15
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SALDO INICIAL DE CAJA
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20.000
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GASTOS
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47.783.017
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21
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GASTOS EN PERSONAL
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01,02
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580.681
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22
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BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
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03
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254.663
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24
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TRANSFERENCIAS CORRIENTES
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2.130.042
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02
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Al Gobierno Central
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867.221
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001
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Un Barrio para mi Familia - FOSIS
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867.221
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03
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A Otras Entidades Públicas
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1.262.821
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033
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Chile Barrio a Gobierno Regional y/o Municipal
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04
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1.262.821
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31
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INICIATIVAS DE INVERSION
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12.904.111
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02
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Proyectos
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05
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12.904.111
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33
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TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
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31.913.520
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02
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Al Gobierno Central
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31.913.520
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300
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A Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
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06
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31.913.520
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Glosas :
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01
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Incluye : a) Dotación máxima de personal 22 b) Horas extraordinarias año - Miles de $ 7.389 c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional - Miles de $ 17.169 d) Convenios con personas naturales - Miles de $ 270.239 e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas: - N° de personas 1 - Miles de $ 10.517
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02
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Los Secretarios Técnicos Regionales deberán ser profesionales titulados que
acrediten experiencia en las tareas requeridas.
Las contrataciones respectivas serán efectuadas mediante resolución fundada
del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con copia en el mismo mes de dicta-
ción a la Dirección de Presupuestos. En dicha resolución podrá otorgárseles
la calidad de Agente Público, en un número que no podrá exceder de once.
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03
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Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley 18.575 - Miles de $ 34.462
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04
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Para gastos asociados a la contratación de personal para la administración
y fiscalización del Programa. Incluye M$ 46.350 para gastos de operación.
Estos recursos no ingresarán al presupuesto de los organismos
receptores, debiendo informar mensualmente sobre el gasto efectivo.
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05
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Incluye:
a) M$ 12.771.620 que serán distribuidos en los distintos ítem y
asignaciones de los presupuestos de los SERVIU que corresponda , una
vez que el Directorio Nacional del programa defina las líneas de acción correspondientes, teniendo presente las proposiciones que hubieren
formulado al efecto los Gobiernos Regionales y las Municipalidades.
No será necesaria dicha definición para ajustar los arrastres del programa de años anteriores. Asimismo, y hasta el monto señalado precedentemente, se podrán destinar y
transferir recursos a instituciones públicas y organismos del sector pú-
blico que ejecuten y/o financien proyectos comprendidos en este programa,
los que no ingresarán a sus presupuestos, debiendo informar mensualmente
sobre el gasto efectivo, compromisos generados y el avance físico del pro-
yecto. La Dirección del Programa Chile Barrio deberá remitir a las Comisiones de
Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados, con copia a la Dirección
de Presupuestos, a más tardar el 31 de julio del año 2006, el gasto efecti-
vo, los compromisos generados, el avance físico del proyecto y los objeti
vos logrados y esperados con el programa, indicando en este último caso los
proyectos a ejecutar, las fechas en que se llevarán a cabo, y un listado
de las familias por egresar a nivel regional para el año 2006.
b)M$ 132.491 para Desarrollo Urbano.
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06
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Con estos recursos se financiará exclusivamente proyectos Chile Barrio,
del Programa de Mejoramiento de Barrios (PMB), iniciados el año 2003,
2004, 2005 y 2006. En la ejecución de estos proyectos, y en base a
la suscripción de un convenio con el Gobierno Regional respectivo, los
SERVIU podrán actuar como unidad técnica.
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