2020
08
00
00
MINISTERIO DE HACIENDA
P
2020
08
02
00
DIRECCIÓN DE PRESUPUESTOS
P
2020
08
02
01
DIRECCIÓN DE PRESUPUESTOS (01,02,03)
01,02,03
P
080201
1
INGRESOS
16630720
0
I
P
080201
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
218156
0
I
P
080201
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
208602
0
I
P
080201
4
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
4777
0
I
P
080201
5
08
- 99
Otros
4777
0
I
P
080201
6
09
APORTE FISCAL
16412564
0
I
P
080201
7
09
- 01
Libre
16412564
0
I
P
080201
8
GASTOS
16630720
0
G
P
080201
9
21
GASTOS EN PERSONAL
13738444
0
G
04
P
080201
10
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
2469167
0
G
05
P
080201
11
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
192526
0
G
P
080201
12
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
192526
0
G
P
080201
13
24
- 03
001
Evaluación de Programas de los Servicios Públicos
192526
0
G
06
P
080201
14
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
230583
0
G
P
080201
15
29
- 04
Mobiliario y Otros
12540
0
G
P
080201
16
29
- 06
Equipos Informáticos
118111
0
G
P
080201
17
29
- 07
Programas Informáticos
99932
0
G
P
080201
01
Dotación máxima de vehículos 2
080201
02
La información que la Dirección de Presupuestos recaba en virtud de la Evaluación de
Programas Gubernamentales (EPG), de acuerdo a lo establecido en el Artículo 52 del
Decreto Ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado y al
Reglamento fijado a través del Decreto N° 1177, del 5 de febrero de 2004, del Ministerio
de Hacienda,y sus modificaciones,deberá estar publicada en su página web y ser enviada a
la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, 15 días antes de que comience la discusión
presupuestaria del año siguiente.
Lo mismo tendrá lugar respecto de cualquier diagnóstico, análisis, evaluación, estimación
o estudio de cualquier naturaleza que se realice respecto del gasto tributario, sea en
general o referido a cualquiera de sus ítems.
080201
03
El visto bueno que deba otorgar la Dirección de Presupuestos a los decretos que
contengan modificaciones e identificaciones presupuestarias se someterá a las
disposiciones de la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y
servicios de certificación de dicha firma, y no le será aplicable para tener los efectos
propios de un instrumento público, el inciso segundo del artículo 7° de dicha ley.
080201
04
Incluye
a) Dotación máxima de personal 319
Hasta 34 funcionarios a contrata podrán desempeñar las funciones de carácter directivo
que se le asignen o deleguen, mediante resolución del Jefe de Servicio, en la que deb
erá precisarse las referidas funciones.
b) Horas extraordinarias añ
- Miles de $ 511.869
c) Autorización máxima para gastos en viático
- En Territorio Nacional, en Miles de $ 26.386
- En el Exterior, en Miles de $ 5.223
d) Convenios con personas naturale
- N° de Personas 63
- Miles de $ 1.908.900
Hasta 18 honorarios podrán tener la calidad de Agente Público para todos los efectos l
egales,incluidas la responsabilidad administrativa y penal que pudieran derivar del ej
ercicio de tales funciones.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley N° 19
.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 29
- Miles de $ 390.466
f) Convenios con personas naturales para la realización de evaluacione
- N° de Personas$ 63
- Miles de $ 407.630
080201
05
Incluye:
a) Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N°1-19.653, de 2001, Ministerio Secretaría General de la Presidencia
- Miles de $ 89.228
b) El servicio podrá proporcionar con cargo a estos recursos, durante el proceso
presupuestario en el período de julio a diciembre, refrigerios en los días
sábados,domingos y festivos, y en horario a continuación de la jornada ordinaria, y en
las Comisiones Técnicas. Asimismo,podrá proporcionar traslados desde Santiago hacia el
Congreso Nacional en Valparaíso, y viceversa, y en esa región alojamiento y traslados
hacia y desde el Congreso Nacional, sin restricción horaria.
c) Incluye $ 474.012 miles para financiar Evaluaciones de Programas e Instituciones en
el Sector Público. Se podrá licitar y adjudicar hasta $ 430.920 miles en nuevas
Evaluaciones de Programas e Instituciones en el Sector Público.
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06
Se podrán adjudicar Evaluaciones por hasta $ 317.034 miles, a través de concursos, y de
acuerdo a las instrucciones y procedimientos que al efecto imparta la Dirección de
Presupuestos. Con cargo a estos recursos podrán ejecutarse todo tipo de gastos, incluidos
gastos en personal cuando la ejecución así lo demande. La entidad receptora de recursos
tendrá la obligación de rendir cuenta del uso de éstos, en las formas y plazos
establecidos por la Dirección de Presupuestos, reintegrando los excedentes que
resultaren. Estos recursos concursables podrán ser asignados a personas naturales y
jurídicas, públicas y/o privadas.