2020
15
00
00
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
P
2020
15
07
00
SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES
P
2020
15
07
01
SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES (01,05,06,08)
01,05,06,08
P
150701
1
INGRESOS
16607145
0
I
P
150701
2
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
121
0
I
P
150701
3
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
90403
0
I
P
150701
4
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
90403
0
I
P
150701
5
09
APORTE FISCAL
16515121
0
I
P
150701
6
09
- 01
Libre
16515121
0
I
P
150701
7
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1500
0
I
P
150701
8
GASTOS
16607145
0
G
P
150701
9
21
GASTOS EN PERSONAL
9999770
0
G
02
P
150701
10
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
1730170
0
G
03
P
150701
11
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
4685120
0
G
P
150701
12
24
- 01
Al Sector Privado
10568
0
G
P
150701
13
24
- 01
003
Peritajes Ley N° 19.404
10568
0
G
P
150701
14
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
4600662
0
G
P
150701
15
24
- 03
405
Comisiones Médicas, D.L. N° 3.500
4600662
0
G
04
P
150701
16
24
- 07
A Organismos Internacionales
73890
0
G
P
150701
17
24
- 07
001
Organismos Internacionales
73890
0
G
P
150701
18
25
INTEGROS AL FISCO
21
0
G
P
150701
19
25
- 01
Impuestos
21
0
G
P
150701
20
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
190564
0
G
P
150701
21
29
- 04
Mobiliario y Otros
1580
0
G
P
150701
22
29
- 05
Máquinas y Equipos
4697
0
G
P
150701
23
29
- 06
Equipos Informáticos
8434
0
G
P
150701
24
29
- 07
Programas Informáticos
175853
0
G
07
P
150701
25
34
SERVICIO DE LA DEUDA
500
0
G
P
150701
26
34
- 07
Deuda Flotante
500
0
G
P
150701
27
35
SALDO FINAL DE CAJA
1000
0
G
P
150701
01
Dotación Máxima de Vehículos 2
150701
02
Incluye:
a) Dotación máxima de personal 249
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
del D.F.L.N°29, de 2005, Ministerio de Hacienda, respecto de los empleos
a contrata incluidos en esta dotación.
El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo
que se asignen o deleguen mediante Resolución fundada del Jefe de
Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones.
Con todo, dicho personal no podrá exceder de 15 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 13.742
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional, en Miles de $ 19.129
- En el Exterior, en Miles de $ 18.749
d) Convenios con personas naturales
- N° de Personas 25
- Miles de $ 225.214
150701
03
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N°1-19.653, de 2001, Ministerio
Secretaría General de la Presidencia.
- Miles de $ 63.437
150701
04
Con cargo a estos recursos se podrá financiar honorarios médicos requeridos
para la calificación de invalidez de afiliados al Sistema Previsional
establecido en el D.L. N° 3.500 de 1980 y honorarios médicos para la
calificación de invalidez de las Pensiones Básicas Solidarias de Invalidez
establecidas según la Ley N° 20.255, considerando 263 personas a honorarios.
150701
05
La Superintendencia publicará en su página web institucional un informe
mensual, de fácil comprensión para los usuarios, sobre las características
de cada uno de los multifondos, explicitando con claridad las ventajas y
riesgos asociados a cada uno de ellos.
150701
06
Cada año la Superintendencia entregará un informe detallado y desagregado
regionalmente a las Comisiones de Trabajo de ambas Cámaras sobre el
funcionamiento de la Comisión Ergonómica Nacional, señalando de manera
especial el número de peticiones recibidas, aprobadas, en trámite o
rechazadas, así como los criterios técnicos utilizados para cada caso.
150701
07
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.
150701
08
Se deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos
y a las Comisiones de Hacienda de ambas Cámaras respecto de las gestiones
realizadas por la Superintendencia de Pensiones relativas a la tramitación del reconocimiento de trabajo pesado a las labores realizadas por los funcionarios
del Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios de tal repartición.