2020
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2020
16
33
00
SERVICIO DE SALUD BÍO-BÍO
P
2020
16
33
01
SERVICIO DE SALUD BÍO-BÍO (01)
01
P
163301
1
INGRESOS
165482170
0
I
P
163301
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
160095447
0
I
P
163301
3
05
- 02
Del Gobierno Central
160095447
0
I
P
163301
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
54148276
0
I
P
163301
5
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
23915037
0
I
P
163301
6
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
178543
0
I
P
163301
7
05
- 02
014
Hospital de los Ángeles
81853591
0
I
P
163301
8
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
701
0
I
P
163301
9
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
2667603
0
I
P
163301
10
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
2196172
0
I
P
163301
11
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
1967427
0
I
P
163301
12
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
61412
0
I
P
163301
13
08
- 99
Otros
167333
0
I
P
163301
14
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
521247
0
I
P
163301
15
12
- 10
Ingresos por Percibir
521247
0
I
P
163301
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
1000
0
I
P
163301
17
GASTOS
165482170
0
G
P
163301
18
21
GASTOS EN PERSONAL
82801182
0
G
02
P
163301
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
38633913
0
G
03
P
163301
20
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
43977244
0
G
P
163301
21
24
- 01
Al Sector Privado
129630
0
G
P
163301
22
24
- 01
395
Programa Especial de Salud de los Pueblos Indígenas
123608
0
G
P
163301
23
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
6022
0
G
P
163301
24
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
43847614
0
G
P
163301
25
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
43847614
0
G
P
163301
26
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
68831
0
G
P
163301
27
29
- 05
Máquinas y Equipos
68831
0
G
P
163301
28
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
163301
29
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
163301
01
Dotación máxima de vehículos 54
163301
02
Incluye:
a) Dotación máxima de personal
a1) Dotación máxima de personal D.F.L. N° 29 de 2005, Ministerio de
Hacienda.
- N° de cargos 3.034
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664 (personal diurno)
- N° de horas semanales 18.453
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076 (personal con 28 horas)
- N° de cargos 139
- N° de horas semanales 3.892
Incluye, en la dotación máxima de personal D.F.L. N° 29, de 2005, Minis-
terio de Hacienda, hasta 1 cargo que podrá desempeñarse indistintamente
de acuerdo al régimen de remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974,
o de la Ley N° 15.076 o Ley N° 19.664, con 33 horas semanales y 1 cargo
en el Programa de Enfermería Rural que se desempeñarán de acuerdo al
régimen de remuneraciones del citado decreto ley.
Durante el año 2020, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264
será de 743.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas Extraordinarias año
- Miles de $ 1.089.196
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del
D.F.L. N° 1, (S), de 2005.
- Miles de $ 4.606.240
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.291
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 69
c) Bonificación compensatoria de la asignación de turno establecida en el
artículo décimo tercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 166.896
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 213.865
e) Convenios con personas naturales
e1) Personas asimiladas al D.F.L. N° 29, de 2005, Ministerio de Hacienda:
- N° de personas 328
- Miles de $ 1.609.889
e2) Contratos con personal asimilado a las Leyes N°s 19.664 o 15.076:
- N° de contratos 115
- Miles de $ 3.404.881
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la
Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 10
- Miles de $ 64.884
g) Autorización máxima para cumplimiento del artículo 98 del D.F.L. N° 1,
(S), de 2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 74
- Miles de $ 62.840
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual anual
de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del Director
del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo establecido
en el inciso segundo del artículo 100 del D.F.L. N° 1, (S) de 2005.
h) Autorización máxima para la aplicación del artículo 35 de la
Ley N°19.664, Asignación de Estímulo:
- Miles de $ 3.433.389
Mediante Resolución fundada de los Directores de los Servicios de
Salud, se establecerán las causales y los porcentajes específicso asigna-
dos para cada uno de los conceptos que componen la Asignación de Es-
tímulo, de acuerdo con el reglamento contenido en el Decreto N° 847 de
2001, del Ministerio de Salud, con las necesidades de los establecimien-
tos de su dependencia y la disponibilidad presupuestaria establecida en
esta glosa.
163301
03
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N°1 - 19.653, de 2001, Ministerio
Secretaría General de la Presidencia y Leyes N°s 15.076 y 19.664
- Miles de $ 190.704