2020
17
00
00
MINISTERIO DE MINERÍA
P
2020
17
01
00
SECRETARÍA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL
P
2020
17
01
02
FOMENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA MINERÍA (05)
05
P
170102
1
INGRESOS
8358914
0
I
P
170102
2
09
APORTE FISCAL
8358914
0
I
P
170102
3
09
- 01
Libre
8358914
0
I
P
170102
4
GASTOS
8358914
0
G
P
170102
5
21
GASTOS EN PERSONAL
99112
0
G
01
P
170102
6
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
112009
0
G
P
170102
7
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
7921000
0
G
P
170102
8
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
2565000
0
G
P
170102
9
24
- 03
485
Programa Capacitación y Transferencia Tecnológica Pequeña Minería Artesanal
2565000
0
G
02
P
170102
10
24
- 04
A Empresas Públicas no Financieras
5356000
0
G
P
170102
11
24
- 04
001
Empresa Nacional de Minería
5356000
0
G
04
P
170102
12
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
21593
0
G
P
170102
13
29
- 07
Programas Informáticos
21593
0
G
P
170102
14
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
205200
0
G
P
170102
15
33
- 01
Al Sector Privado
205200
0
G
P
170102
16
33
- 01
001
Equipamiento para Pequeña Minería
205200
0
G
03
P
170102
01
Incluye:
Convenios con personas naturales
- N° de Personas 8
- Miles de $ 99.112
170102
02
Se podrá ejecutar directamente por el propio Servicio, transferir recursos
al Sector Privado, y/o a Organismos e Instituciones del Sector Público, y
a ENAMI, los que no ingresarán a sus presupuestos tratándose de
Instituciones incluidas en esta Ley.
170102
03
Considera los recursos para la adquisición de equipamiento para faenas de la
pequeña minería metálica y no metálica. Mediante Resolución de la
Subsecretaría de Minería se establecerán las bases del consurso público,
a través del cual se asignarán estos recursos.
170102
04
Comprende los recursos necesarios para financiar el Programa de Fomento
Minero para la Pequeña Minería que ejecuta la Empresa Nacional de Minería
(ENAMI). Incluye $1.950.000 miles para desarrollar las actividades de
reconocimiento de recursos y/o reservas mineras.
Sólo serán beneficiarios del Programa de Fomento aquellos productores
mineros que vendan o procesen hasta 2.000 TMS de mineral al mes o su
equivalente en productos para fundición.
Se publicarán trimestralmente en el sitio web de ENAMI las actividades
desarrolladas por la empresa, los objetivos alcanzados, la individualización
de los proyectos beneficiados, la nómina de beneficiarios por región y los
montos asignados a cada uno, la metodología de elección de éstos, las
personas o entidades ejecutoras de los recursos y la modalidad de
asignación.
Los recursos de esta asignación sólo podrán incrementarse mediante
autorización expresa otorgada por ley.
Antes del 31 de marzo de 2020 el Ministerio informará a DIPRES, a las
Comisiones de Minería y Energía de la Cámara de Diputados y del Senado, como
también a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, la política de largo
plazo de Fomento de la Pequeña y Mediana Minería, de las metas, mecanismos y
cobertura proyectada de este Programa, así como un informe trimestral de
ejecución de dicha política, desglosado por regiones y provincias.
170102
05
El Ministerio de Minería informará, al 31 de marzo de 2020, a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Minería del Senado,
sobre las acciones que se encuentra implementando para el traslado de la
Casa Matriz de la Empresa Nacional de Minería a la comuna de Copiapó,
Región de Atacama, tal como lo dispone el artículo 1º de la ley que crea
la Empresa Nacional de Minería, decreto con fuerza de ley Nº 153, del
Ministerio de Hacienda.