2020
28
00
00
SERVICIO ELECTORAL
P
2020
28
01
00
SERVICIO ELECTORAL
P
2020
28
01
01
SERVICIO ELECTORAL (01,05,06)
01,05,06
P
280101
1
INGRESOS
16156268
0
I
P
280101
2
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
76
0
I
P
280101
3
07
- 01
Venta de Bienes
76
0
I
P
280101
4
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
92097
0
I
P
280101
5
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
86461
0
I
P
280101
6
08
- 99
Otros
5636
0
I
P
280101
7
09
APORTE FISCAL
16062085
0
I
P
280101
8
09
- 01
Libre
16062085
0
I
P
280101
9
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
2010
0
I
P
280101
10
10
- 03
Vehículos
10
0
I
P
280101
11
10
- 04
Mobiliario y Otros
2000
0
I
P
280101
12
GASTOS
16156268
0
G
P
280101
13
21
GASTOS EN PERSONAL
11536429
0
G
02
P
280101
14
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
4528698
0
G
03,04
P
280101
15
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
91141
0
G
P
280101
16
29
- 04
Mobiliario y Otros
11416
0
G
P
280101
17
29
- 05
Máquinas y Equipos
52285
0
G
P
280101
18
29
- 06
Equipos Informáticos
12050
0
G
P
280101
19
29
- 07
Programas Informáticos
15390
0
G
P
280101
01
Dotación máxima de vehículos 18
280101
02
Incluye:
a) Dotación máxima de personal 420
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
del D.F.L. Nº 29, de 2005, Ministerio de Hacienda respecto de los empleos
a contrata incluidos en la dotación.
El personal a contrata del Servicio podrá desempeñar funciones de carácter
directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe
del Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 140.247
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional, en Miles de $ 23.299
- En el Exterior, en Miles de $ 1.793
d) Convenios con personas naturales
- N° de Personas 15
- Miles de $ 164.336
Las personas que se contraten con estos recursos podrán tener la calidad
de Agente Público, para todos los efectos legales, incluidas la
responsabilidad administrativa y penal que pudiera derivar del ejercicio
de tales funciones.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de Personas 7
- Miles de $ 82.886
280101
03
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N°1-19.653, de 2001, Ministerio
Secretaría General de la Presidencia
- Miles de $ 28.072
- $ 28.492 miles para gastos que demanden las funciones propias del
Consejo Directivo del Servicio Electoral
280101
04
Monto máximo para gastos en el ítem de publicidad $ 40.739 miles
280101
05
Noventa días antes de una elección popular o plebiscito, el Servicio Electoral
debe informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, acerca del desarrollo
de una campaña de promoción e incentivar para aumentar la participación de los
electores en los respectivos escrutinios.
280101
06
Trimestralmente el Servicio Electoral remitirá un informe a las Comisiones
de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado y Especial Mixta
de Presupuestos, que contengan el padrón electoral actualizado, detallando
en él la comuna, región, grupos etarios, no videntes, analfabetos, así como
todo dato relevante del electorado nacional.