LEY DE PRESUPUESTOS AÑO
2007
MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR (01)
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Partida :
22
Capitulo :
03
Programa :
01
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Subtitulo
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Item
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Denominaciones
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Glosa N°
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Moneda Nacional Miles de $
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INGRESOS
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5.724.378
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08
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OTROS INGRESOS CORRIENTES
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15.991
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01
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Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
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10.661
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99
|
Otros
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5.330
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09
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APORTE FISCAL
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4.654.372
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01
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Libre
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4.524.333
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03
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Servicio de la Deuda Externa
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130.039
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14
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ENDEUDAMIENTO
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1.050.284
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02
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Endeudamiento Externo
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1.050.284
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15
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SALDO INICIAL DE CAJA
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3.731
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GASTOS
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5.724.378
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21
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GASTOS EN PERSONAL
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02
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854.076
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22
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BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
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03
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203.002
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24
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TRANSFERENCIAS CORRIENTES
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4.473.298
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01
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Al Sector Privado
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573.727
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597
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Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad
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04
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518.815
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598
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Convenio Metro para el Adulto Mayor
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54.912
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03
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A Otras Entidades Públicas
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3.896.983
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700
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Fondo Nacional del Adulto Mayor
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05
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2.070.621
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701
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Programa Adulto Mayor Pensionado
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06
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75.889
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706
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Programa BID Intervenciones Innovadoras Adulto Mayor
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07,08
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1.750.473
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07
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A Organismos Internacionales
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2.588
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002
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Organización Iberoamericana de Seguridad Social
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2.588
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29
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ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
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63.963
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04
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Mobiliario y Otros
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15.991
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06
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Equipos Informáticos
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26.651
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07
|
Programas Informáticos
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21.321
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34
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SERVICIO DE LA DEUDA
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130.039
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04
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Intereses Deuda Externa
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130.039
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Glosas :
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01
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Dotación Máxima de Vehículos 1
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02
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Incluye : a) Dotación máxima de personal 58
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
de la Ley N°18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta
dotación. b) Horas extraordinarias año - Miles de $ 4.828 c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional - Miles de $ 21.996 d) Convenios con personas naturales - Miles de $ 115.451 e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas: - N° de personas 4 - Miles de $ 26.030
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03
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Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N°18.575 - Miles de $ 6.721
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04
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Por resolución del Director del Servicio Nacional del Adulto Mayor,
visada por la Dirección de Presupuestos, se dispondrán los recursos
de esta asignación, mediante un convenio con la institución respec-
tiva, el que deberá contener,a lo menos,las actividades y programas
a desarrollar,de conformidad a las políticas en beneficio del adulto
mayor, y los mecanismos de evaluación de ellos,debiendo el Servicio
informar a la Dirección de Presupuestos de su cumplimiento dentro de
los treinta días siguientes al término de cada semestre.
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05
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Con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos, inclui-
dos los de personal externo al Servicio.
Del total de recursos incluidos en este Fondo,podrá destinarse hasta un 5%
para gastos relacionados directamente con su administración.
Incluye $103.500 miles, para un fondo concursable nacional de iniciativas de-
sarrolladas por ejecutores intermedios que trabajan con adultos mayores.
El Servicio deberá efectuar una evaluación de los resultados del Fondo al
primer semestre y su proyección para el resto del año,tanto en términos
cualitativos como cuantitativos, la que será enviada a la Dirección de Pre-
supuestos.
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06
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La asignación de estos recursos se establecerá mediante convenio con
la institución respectiva, sancionado por resolución del Director del
Servicio Nacional del Adulto Mayor y visado por la Dirección de Pre-
supuestos,el cual contendrá, entre otros,las actividades a desarrollar
en beneficio del Adulto Mayor Pensionado y los gastos asociados a las
mismas.
Los recursos que se transfieran no se incorporarán al presupuesto del
organismo receptor. |
07
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Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos,
incluso de personal que irroguen los fines y actividades que
contempla el Contrato de Aprobación del Préstamo N°1574/OC-CH,
SENAMA-BID. |
08
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Previo a cualquier transferencia que se efectúe con fondos de este programa
deberán hacerse públicos, a lo menos por la página web institucional del
organismo público que efectúa esta transferencia, los objetivos específicos
del programa, haciendo especial referencia a las acciones programadas para alcanzarlos,los recursos humanos y materiales que involucra, los indicadores
de avance y su periodicidad, existiendo al menos uno anual, los indicadores
de evaluación cuantitativa del período presupuestario respectivo y los indi-
cadores de evaluación cualitativa, en especial la concordancia existente
entre fines y medios.
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