LEY DE PRESUPUESTOS AÑO
2008
MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION (01)
|
Partida :
07
Capitulo :
06
Programa :
01
|
Subtitulo
|
Item
|
Denominaciones
|
Glosa N°
|
Moneda Nacional Miles de $
|
|
|
INGRESOS
|
|
555.614.606
|
05
|
|
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
|
|
14.825.906
|
|
02
|
Del Gobierno Central
|
|
14.825.906
|
|
002
|
De la Subsecretaría de Agricultura (Fomento)
|
|
4.689.000
|
|
005
|
De la Subsecretaría de Agricultura (Seguro Agrícola)
|
|
2.350.752
|
|
008
|
Préstamo K.F.W.
|
|
1.412.240
|
|
009
|
Fondo de Innovación para la Competividad
|
|
6.373.914
|
06
|
|
RENTAS DE LA PROPIEDAD
|
|
101.088.752
|
08
|
|
OTROS INGRESOS CORRIENTES
|
|
3.410.453
|
|
01
|
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
|
|
11.331
|
|
99
|
Otros
|
|
3.399.122
|
09
|
|
APORTE FISCAL
|
|
237.021.649
|
|
01
|
Libre
|
|
237.021.649
|
10
|
|
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
|
|
1.150.192
|
|
99
|
Otros Activos no Financieros
|
|
1.150.192
|
11
|
|
VENTA DE ACTIVOS FINANCIEROS
|
|
124.762.854
|
|
01
|
Venta o Rescate de Títulos y Valores
|
|
124.762.854
|
12
|
|
RECUPERACION DE PRESTAMOS
|
|
73.254.460
|
|
04
|
De Fomento
|
|
73.254.460
|
15
|
|
SALDO INICIAL DE CAJA
|
|
100.340
|
|
|
GASTOS
|
|
555.614.606
|
21
|
|
GASTOS EN PERSONAL
|
02
|
9.493.871
|
22
|
|
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
|
03
|
6.910.425
|
23
|
|
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
|
|
10
|
|
01
|
Prestaciones Previsionales
|
|
10
|
24
|
|
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
|
20
|
79.609.854
|
|
01
|
Al Sector Privado
|
21
|
39.767.120
|
|
002
|
Organismos Internacionales
|
|
6.210
|
|
003
|
Becas
|
|
1.238.611
|
|
005
|
Otras
|
|
10
|
|
087
|
Sociedad Agrícola y Servicios Isla de Pascua LTDA.
|
|
513.074
|
|
090
|
Programas de Fomento
|
04,05
|
16.940.779
|
|
095
|
Fomento Productivo Agropecuario
|
06
|
4.689.000
|
|
096
|
Promoción Inversiones Tecnológicas y Regionales
|
05,07
|
14.847.826
|
|
099
|
Programa Cooperación Sueca
|
|
458.350
|
|
101
|
Programa Patrimonio Cultural Valparaiso
|
|
448.060
|
|
107
|
Programa Cluster
|
08
|
625.200
|
|
02
|
Al Gobierno Central
|
|
33.080.617
|
|
001
|
SERCOTEC
|
09
|
13.988.359
|
|
009
|
Comité INNOVA CHILE
|
|
17.724.471
|
|
010
|
Chile Emprende
|
|
1.221.907
|
|
011
|
DIRECON
|
10
|
145.880
|
|
03
|
A Otras Entidades Públicas
|
|
6.762.117
|
|
067
|
Centro Nacional de la Productividad y Calidad
|
|
27.606
|
|
068
|
Aplicación Fondo Cobertura de Riesgos
|
11
|
11.443
|
|
069
|
Subvención Primas Seguro Agrícola
|
12
|
2.350.752
|
|
070
|
Comité Producción Limpia
|
|
539.235
|
|
392
|
Fondo Innovación Tecnológica BIO-BIO
|
|
2.352.205
|
|
395
|
Comité Proindustria
|
|
10
|
|
397
|
Comité Sistema Empresas (SEP)
|
13
|
1.480.866
|
25
|
|
INTEGROS AL FISCO
|
|
7.122.464
|
|
99
|
Otros Integros al Fisco
|
|
7.122.464
|
29
|
|
ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
|
|
1.341.888
|
|
02
|
Edificios
|
|
416.800
|
|
03
|
Vehículos
|
|
81.563
|
|
04
|
Mobiliario y Otros
|
|
90.775
|
|
06
|
Equipos Informáticos
|
|
62.520
|
|
07
|
Programas Informáticos
|
|
544.350
|
|
99
|
Otros Activos no Financieros
|
14
|
145.880
|
30
|
|
ADQUISICION DE ACTIVOS FINANCIEROS
|
|
132.246.014
|
|
01
|
Compra de Títulos y Valores
|
11,15
|
132.246.014
|
31
|
|
INICIATIVAS DE INVERSION
|
|
1.020.087
|
|
02
|
Proyectos
|
|
1.020.087
|
32
|
|
PRESTAMOS
|
16
|
309.643.898
|
|
04
|
De Fomento
|
|
309.643.898
|
|
001
|
Estudios Pre y Postgrado
|
|
41.680.000
|
|
002
|
Refinanciamiento Créditos PYMES
|
|
244.822.068
|
|
003
|
Fondos y Sociedades de Inversión
|
17
|
23.141.830
|
33
|
|
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
|
|
8.125.755
|
|
01
|
Al Sector Privado
|
|
8.125.755
|
|
004
|
Fundación Chile
|
18
|
1.529.270
|
|
005
|
Empresa Nacional del Carbón S.A.
|
19
|
6.596.485
|
35
|
|
SALDO FINAL DE CAJA
|
|
100.340
|
|
Glosas :
|
01
|
Dotación Máxima de Vehículos 61
|
02
|
Incluye : a) Dotación máxima de personal 438 (No incluye vigilantes privados ni dotación del Comité Centro Nacional
de la Productividad y la Calidad, Comité Producción Limpia, Comité Seguro Agrícola, Comité Proindustria, Comité Sistema Empresas, Comité
Fondo Innovación Tecnológica Bío-Bío, Comité Fondo de Cooperación Sueco). No regirán las limitaciones establecidas en el inciso 2° del articulo 10 de la Ley N°18.834, y en el artículo 9°del D.F.L. N°211,de 1960. b) Horas máximas extraordinarias año - Miles de $ 27.763 c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional - Miles de $ 142.953
d) Convenios con personas naturales - Hasta Miles de $ 166.778
Con cargo a estos recursos se podrá contratar, bajo la modalidad de honorarios, a profesionales abogados para prestar asesoría jurídica y defensa judicial en las Direcciones Regionales, en todos aquellos casos que les encomiende el Director Regional correspondiente. e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas: - N° de personas 8 - Miles de $ 27.211 f) Recursos para los Comités CORFO que se indican, con los siguientes montos máximos: Comité Fondo de Cooperación Sueco: $ 78.808 miles
Comité Centro Nacional de la Productividad y la Calidad: $302.247 miles
Comité Producción Limpia: $527.700 miles
Comité Fondo Innovación Tecnológica Bió- Bío: $215.000 miles
Comité Proindustria: $ 46.900 miles
|
03
|
Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley 18.575 - Hasta Miles de $ 61.096 Incluye recursos para financiar el gasto que demanda el almuerzo que la
Corporación proporciona conforme al artículo 17 del DFL N°211/60.
Incluye recursos para los Comités CORFO que se indican, con los siguientes montos máximos: Comité Fondo de Cooperación Sueco: $ 55.542 miles
Comité Centro Nacional de la Productividad y la Calidad: $ 54.630 miles
Comité Producción Limpia: $154.076 miles
Comité Fondo Innovación Tecnológica Bió- Bío: $ 83.867 miles
Comité Proindustria: $ 4.443 miles
|
04
|
Con cargo a esta asignación se podrán transferir recursos a entidades pú-
blicas o privadas, denominadas Agentes Operadores Intermediarios, Unida-
des Coordinadoras Empresariales y Operadores de Fomento de Microempresas
o Empresariales, para el cofinanciamiento de estos programas y proyectos,
así como para su evaluación, seguimiento o supervisión y administración.
Todo nuevo agente intermediario deberá ser seleccionado mediante concurso
público y deberá cumplir con los requisitos generales que establezca el
Consejo de la Corporación.
Se podrá comprometer además, un mayor monto de hasta $8.470.390 miles por
sobre el gasto autorizado en esta asignación. |
05
|
El conjunto de asignaciones asociadas a esta glosa incluye a lo menos
$2.541.469 miles para financiar programas, proyectos y acciones incluidas
en las Agendas Regionales de Desarrollo Productivo, en el ámbito de cada
Institución participante. A más tardar el 31 de marzo de 2008 se deberá
suscribir un Convenio entre el Intendente Regional, en su calidad de
Presidente del Consejo Estratégico de la Agencia, y el(los) Servicio(s)
participante(s),en el que se establecerán los proyectos y actividades a
ejecutar,los compromisos interanuales que se originan, un cronograma de
ejecución, y las acciones de seguimiento que se acuerden. Sin perjuicio de
lo anterior, podrán imputarse a dicho Convenio las asignaciones de recur-
sos formalizadas a partir del 1° de enero de 2008. |
06
|
Con cargo a esta asignación se podrán destinar recursos a programas de fo-
mento, también a través de las entidades indicadas en la glosa 04.
Se podrá comprometer además, un mayor monto de hasta $2.344.500 miles por
sobre el gasto autorizado en esta asignación. |
07
|
Con cargo a esta asignación se podrá destinar un máximo de $1.105.047 mi-
les para Gastos de Personal que preste servicios en programas financiados
con estos recursos, y que no afectarán la dotación máxima de personal au-
torizado para la institución y de $785.703 miles para Bienes y Servicios
de Consumo, de los cuales hasta $150.000 miles se podrán destinar para estu-
diar el procesamiento e industrialización de residuos sólidos en las princi-
pales ciudades del país. |
08
|
Con cargo a estos recursos se podrán financiar hasta $188.000 miles para gastos
de personal los que no afectarán la dotación máxima autorizada a la insti-
tución y $20.000 miles para gastos operacionales. |
09
|
CORFO suscribirá con SERCOTEC, un Convenio de Gestión que incluya objeti-
vos y cobertura del Programa, así como metas cualitativas y cuantitativas
para el año 2008, las que deberán establecerse en términos semestrales. |
10
|
CORFO suscribirá con DIRECON, un Convenio en el cual se especificarán, en-
tre otros, las áreas de trabajo, cobertura, periodicidad y requisitos que
deberán cumplir las rendiciones de cuentas que el organismo receptor efec-
túe.
Se podrán ejecutar los gastos de Personal y de Bienes y Servicios que de-
mande el Convenio, hasta el monto máximo de esta asignación.
La aplicación de esta glosa no afectará la dotación máxima de personal de
DIRECON. |
11
|
Con cargo al Fondo Cobertura de Riesgos, a que se refiere el D.H. N°793 de
2004 y sus modificaciones, CORFO podrá contraer obligaciones indirectas,
especialmente coberturas y subsidios contingentes, hasta por el equivalente
a diez veces el monto del Fondo. Además, podrá financiar gastos y consulto-
rías, relacionados con la evaluación de riesgo y el seguimiento de las ope-
raciones. El Fondo se incrementará con el producto de las inversiones, las
comisiones que se perciban y las recuperaciones que se obtengan. |
12
|
Con cargo a esta asignación se podrá destinar un máximo de $227.940 miles
para Gasto de Personal y de $56.000 miles para gasto de Bienes y Servicios. |
13
|
Incluye: $752.026 miles "Gasto en Personal", $254.840 miles "Bienes y Ser-
vicios de Consumo", $10.000 miles "Prestaciones de Seguridad Social",
$3.000 miles "Requisitos de Inversión para Funcionamiento", $14.000 miles
"Inversión en Informática", y $447.000 miles "Gastos de Normalización de
Empresas y Activos".
En caso que los recursos se empleen para la contratación de estudios y
asesorías jurídicas, la contratación de personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras deberá llevarse a cabo previa licitación pública,
sin perjuicio de que, respecto de actuaciones en juicio, de necesidad de
especialistas y en casos de urgencia, calificadas mediante resolución fun-
dada, pueda recurrirse a la licitación privada o trato directo, según sea
el caso. |
14
|
Corresponde a gastos de administración de empresas y activos. |
15
|
Con cargo a esta asignación, CORFO podrá adquirir a bancos, las carteras
de préstamos de educación superior de pregrado, correspondientes a pro-
grama piloto auspiciado por el Ministerio de Educación.
Asimismo, podrá destinar hasta la suma de $5.000.000 miles para suscribir
y pagar cuotas emitidas por fondos de inversión creados al amparo de la
ley N°18.815 y administrados por sociedades anónimas sometidas a fiscali-
zación de la Superintendencia de Valores y Seguros, en virtud del artí-
culo 19 de la Ley N°20.190, que autoriza a CORFO para tal fin. |
16
|
Con cargo a este ítem, se podrá comprometer además un mayor monto de has-
ta $154.821.949 miles por sobre el gasto autorizado en este ítem. |
17
|
Con cargo a esta asignación, se podrán otorgar préstamos a fondos de in-
versión creados al amparo de las Leyes N°18.815 y N°18.567 y sus modifica-
ciones, condicionados a que se destinen a capital de riesgo, entendiéndose
como tal el financiamiento de PYMES y de empresas de base tecnológica, vía
aportes de capital o préstamos. |
18
|
Aporte a Fundación Chile destinado a la creación y mantención de capaci-
dades tecnológicas en sectores de recursos naturales e incubación de
negocios tecnológicos y a su funcionamiento. La rendición de cuentas de
estos recursos será verificada por la entrega oportuna y periódica de
los estados financieros debidamente auditados de la Fundación. |
19
|
Con cargo a esta asignación se podrá destinar la suma de $3.261.772 miles
para cubrir posibles déficits operacionales, incluidos hasta $3.164.554
miles para CARVILE S.A. suma que sólo podrá incrementarse mediante auto-
rización expresa otorgada por ley.
Considera, además, $3.334.713 miles para pagos de indemnizaciones y otros. |
20
|
La individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos y de las personas o entidades ejecutoras, los montos asignados y la modalidad de asignación deberán ser informados trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos dentro de los treinta días siguientes al término del respectivo trimestre. |
21
|
Con cargo a estos fondos se podrá financiar iniciativas y proyectos presentados por Cooperativas y Comités de Agua Potable Rural. |