LEY DE PRESUPUESTOS AÑO
2010
MINISTERIO DE AGRICULTURA
SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA INVESTIGACION E INNOVACION TECNOLOGICA SILVOAGROPECUARIA
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Partida :
13
Capitulo :
01
Programa :
02
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Subtitulo
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Item
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Denominaciones
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Glosa N°
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Moneda Nacional Miles de $
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INGRESOS
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22.425.137
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05
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TRANSFERENCIAS CORRIENTES
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1.933.633
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02
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Del Gobierno Central
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1.933.633
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002
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Programa Fondo de Innovación para la Competitividad
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1.933.633
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09
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APORTE FISCAL
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20.491.504
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01
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Libre
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20.491.504
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GASTOS
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22.425.137
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24
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TRANSFERENCIAS CORRIENTES
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22.425.137
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01
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Al Sector Privado
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22.425.137
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371
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Instituto de Investigaciones Agropecuarias
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01
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11.313.377
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372
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Fundación para la Innovación Agraria
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01
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7.666.977
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373
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Instituto Forestal
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1.505.815
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374
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Centro de Información de Recursos Naturales
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1.187.043
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375
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Fundación Chile
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02
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751.925
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Glosas :
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01
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El presupuesto de estos organismos se formará conforme a las instrucciones que imparta el Ministerio de Agricultura y será aprobado mediante resolución de ese Ministerio, visada por la Dirección de Presupuestos.
El Instituto de Investigaciones Agropecuarias sólo podrá contratar endeudamiento previa autorización del Ministerio de Hacienda.
En caso que las instituciones que reciben estos recursos realicen transferencias a privados, sean estas directas o a través de asignaciones concursales, se deberá indicar el monto, destinatario y objetivo de tales transferencias. Tal información deberá ser publicada y actualizada periódicamente en la página web del Ministerio.
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02
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Con cargo a esta asignación se transferirán recursos sujetos a la firma de Convenios entre esta Subsecretaría y la entidad receptora, con especificación de montos, plazos y objetivos específicos de los proyectos a financiar.
La entidad receptora enviará información mensual regionalizada al Ministerio de Agricultura, con copia a la Dirección de Presupuestos y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos del Congreso Nacional, respecto de la ejecución presupuestaria de los proyectos financiados con estos recursos e informes analíticos trimestrales y anuales con indicadores de desempeño que den cuenta del grado de avance en la gestión y cumplimiento de objetivos, los que deben ser coherentes con las metas definidas por la Subsecretaría de Agricultura.
Los gastos de administración no podrán superar el 5% del total de los gastos.
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