LEY DE PRESUPUESTOS AÑO
2010
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
SUBSECRETARIA DE VIVIENDA Y URBANISMO CHILE BARRIO (01)
|
Partida :
18
Capitulo :
01
Programa :
02
|
Subtitulo
|
Item
|
Denominaciones
|
Glosa N°
|
Moneda Nacional Miles de $
|
|
|
INGRESOS
|
|
103.998.306
|
09
|
|
APORTE FISCAL
|
|
103.977.996
|
|
01
|
Libre
|
|
103.977.996
|
13
|
|
TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL
|
|
10
|
|
02
|
Del Gobierno Central
|
|
10
|
|
001
|
Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
|
|
10
|
15
|
|
SALDO INICIAL DE CAJA
|
|
20.300
|
|
|
GASTOS
|
|
103.998.306
|
21
|
|
GASTOS EN PERSONAL
|
02,03
|
760.033
|
22
|
|
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
|
04
|
166.944
|
29
|
|
ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
|
|
10
|
|
01
|
Terrenos
|
|
10
|
33
|
|
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
|
|
103.071.319
|
|
01
|
Al Sector Privado
|
|
103.071.319
|
|
023
|
Subsidios Fondo Solidario de Vivienda
|
|
103.071.319
|
|
Glosas :
|
01
|
La Dirección del Programa Chile Barrio deberá remitir a las Comisiones de
Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados, a más tardar al 31 de ju-
lio del año 2010, el gasto efectivo, los compromisos generados, el avance
físico del proyecto y los objetivos logrados y esperados con el programa,
indicando en este último caso los proyectos a ejecutar, las fechas en que
se llevarán a cabo, y un listado de las familias por egresar a nivel re-
gional para el año 2010.
|
02
|
Incluye : a) Dotación máxima de personal 10 b) Horas extraordinarias año - Miles de $ 5.024 c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional - Miles de $ 6.699 d) Convenios con personas naturales - Miles de $ 447.906
|
03
|
Los Secretarios Técnicos Regionales deberán ser profesionales o expertos
que acrediten experiencia en las tareas requeridas.
Las contrataciones respectivas serán efectuadas mediante resolución
fundada del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con copia, en el mismo mes
de dictación, a la Dirección de Presupuestos. En dicha resolución podrá
otorgárseles la calidad de Agente Público, en un número que no podrá
exceder de 17. Los Secretarios Técnicos Regionales dependerán del Director
del SERVIU en coordinación con la Dirección del Programa Chile Barrio.
|
04
|
Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley 18.575 - Miles de $ 4.853
|