LEY DE PRESUPUESTOS AÑO
2011
MINISTERIO DE AGRICULTURA
SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO Programa Gestión y Conservación de Recursos Naturales
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Partida :
13
Capitulo :
04
Programa :
08
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Subtitulo
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Item
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Denominaciones
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Glosa N°
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Moneda Nacional Miles de $
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INGRESOS
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15.995.002
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09
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APORTE FISCAL
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15.995.002
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01
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Libre
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15.995.002
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GASTOS
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15.995.002
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21
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GASTOS EN PERSONAL
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01
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3.500.828
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22
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BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
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04
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604.111
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24
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TRANSFERENCIAS CORRIENTES
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11.866.287
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01
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Al Sector Privado
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11.866.287
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404
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Sistema de Incentivos Ley N° 20.412
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02,03
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11.866.287
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29
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ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
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23.776
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04
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Mobiliario y Otros
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600
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05
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Máquinas y Equipos
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20.516
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06
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Equipos Informáticos
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2.660
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Glosas :
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01
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Incluye : a) Dotación máxima de personal 199
El personal a contrata profesional del servicio podrá ejercer funciones directivas que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe del Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho personal no podrá exceder de 5 funcionarios. b) Horas extraordinarias año - Miles de $ 33.522 c) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional en Miles de $ 193.339 - En el Exterior en Miles de $ 15.290 d) Convenios con personas naturales - Miles de $ 36.552
Incluye los recursos para contratar personal de apoyo operativo, técnico y/o
profesional, los que podrán tener la calidad de agentes públicos para los efectos
de lo dispuesto en el D.L. Nº 799 de 1974, para efectos de desempeñar labores de
fiscalización, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda
derivarse del ejercicio de sus funciones
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02
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a) Con cargo a estos recursos se podrá efectuar los gastos de operación que genere la ejecución de este programa, hasta por un monto de $ 474.651 miles, incluidos convenios con personas naturales, los que podrán tener la calidad de agentes públicos para los efectos de lo dispuesto en el decreto ley N°799, de 1974 y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales funciones. Podrán financiarse gastos asociados al monitoreo, control y evaluación del Programa, incluyendo gastos en personal.
b) Las tablas de costos que se apliquen en el Programa deberán contar con la visación de la Dirección de Presupuestos.
c) Incluye recursos para dar cumplimiento a los artículos 42 y 43 del Decreto N°59 de 2010 del Ministerio de Agricultura, o las normas que los reemplacen.
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03
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Se destinará, a lo menos, $1.105.933 miles para financiar programas, proyectos y acciones incluidas en las Agendas Regionales de Desarrollo Productivo y/o Programas de Mejoramiento de la Competitividad, aprobados por los respectivos Consejos Estratégicos de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, o los directorios de las Corporaciones, en los casos de las Agencias que ya se conformaron como tal, en el ámbito de cada Institución participante.
A más tardar el 31 de marzo de 2011 se deberá suscribir un Convenio entre el Intendente Regional, en su calidad de Presidente del Consejo Estratégico de la Agencia o del Director de la Corporación, en los casos de las Agencias que ya se conformaron como tal, y el(los) Servicio(s) participante(s), en el cual se establecerán las iniciativas, proyectos y actividades a ejecutar, los compromisos interanuales que se originan, un cronograma de ejecución, y las acciones de seguimiento que se acuerden.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrán imputar a dicho Convenio las asignaciones de recursos formalizadas a partir del 1° de enero de 2011 y que sean pertinentes con la Agenda Regional de Desarrollo Productivo y/o los Programas de Mejoramiento de la Competitividad.
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04
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Incluye : Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $ 20.000
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