LEY DE PRESUPUESTOS AÑO
2011
MINISTERIO DE PLANIFICACION Y COOPERACION
SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER (01)
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Partida :
21
Capitulo :
04
Programa :
01
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Subtitulo
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Item
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Denominaciones
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Glosa N°
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Moneda Nacional Miles de $
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INGRESOS
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20.907.641
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05
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TRANSFERENCIAS CORRIENTES
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743.514
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02
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Del Gobierno Central
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743.514
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006
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Servicio Nacional de la Mujer - Programa 06
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743.514
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08
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OTROS INGRESOS CORRIENTES
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25.752
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01
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Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
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14.617
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99
|
Otros
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11.135
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09
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APORTE FISCAL
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20.131.177
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01
|
Libre
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20.131.177
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10
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VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
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6.198
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03
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Vehículos
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6.198
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15
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SALDO INICIAL DE CAJA
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1.000
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GASTOS
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20.907.641
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21
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GASTOS EN PERSONAL
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02
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7.016.438
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22
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BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
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03
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2.548.817
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24
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TRANSFERENCIAS CORRIENTES
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04
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11.239.732
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01
|
Al Sector Privado
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05
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11.239.732
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025
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PRODEMU
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06
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7.094.459
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028
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Fundación de la Familia
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06
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1.661.461
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629
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Programa Comprometidos con la Vida
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07
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1.366.244
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630
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Programa "4 a 7"
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07
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1.117.568
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29
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ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
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101.654
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04
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Mobiliario y Otros
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15.495
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05
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Máquinas y Equipos
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10.330
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06
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Equipos Informáticos
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48.971
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07
|
Programas Informáticos
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26.858
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34
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SERVICIO DE LA DEUDA
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1.000
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07
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Deuda Flotante
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1.000
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Glosas :
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01
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Dotación máxima de vehículos : 18
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02
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Incluye: a) Dotación máxima de personal : 391
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10 de la Ley N° 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación. Por resolución de la Ministra Directora del Servicio, podrá disponerse funciones de carácter directivo a funcionarios (as) a contrata que, por razones que se incluirán en dicha resolución, deberán ejercer la subrogancia de la Directora Regional respectiva. Así como también, en el nivel central para la funcionaria/o que deberá asumir el rol de jefatura del Programa Mujer, Trabajo y Participación. b) Horas extraordinarias año - Miles de $ : 56.073 c) Autorización máxima para gastos en viáticos - En Territorio Nacional, en Miles de $ : 121.829 - En el Exterior, en Miles de $ : 26.213 d) Convenios con personas naturales - Miles de $ : 390.772 e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas: - N° de personas 10 - Miles de $ : 112.871
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03
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Incluye : a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575 - Miles de $ : 33.071
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04
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La individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos y de
las personas o entidades ejecutoras, los montos asignados y la modalidad
de asignación deberán ser informados trimestralmente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos dentro de los treinta días siguientes al
término del respectivo trimestre.
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05
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Con cargo a estos recursos también se podrá celebrar convenios con entida-
des públicas.
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06
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Estos recursos serán transferidos conforme al convenio suscrito entre la
institución y el organismo receptor, en el cual deberá estipularse, a lo
menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y forma de rendir
cuenta de su uso.
La institución deberá publicar en su página web el convenio y el organismo
receptor deberá incorporar en su página web información trimestral sobre
sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo
su balance.
No podrá efectuarse traspaso de estos recursos para otros gastos.
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07
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La transferencia de estos recursos se efectuará sobre la base de los conve-
nios que suscriba el servicio Nacional de la Mujer y los organismos ejecuto-
res, en las que se estipularán las acciones a desarrollar y los demás proce-
dimientos y modalidades que considere necesarias.
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