2012050000MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICAP2012056800GOBIERNO REGIONAL REGION VIII BIO BIOP2012056801GASTOS DE FUNCIONAMIENTO REGION VIII (01)P0568011 INGRESOS3464897.00000.0000I P056801208 OTROS INGRESOS CORRIENTES5210.00000.0000I P056801308- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas4200.00000.0000I P056801408- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias10.00000.0000I P056801508- 99
Otros1000.00000.0000I P056801609 APORTE FISCAL3458687.00000.0000I P056801709- 01
Libre3458687.00000.0000I P056801815 SALDO INICIAL DE CAJA1000.00000.0000I P0568019 GASTOS3464897.00000.0000G P0568011021 GASTOS EN PERSONAL2562429.00000.0000G02 P0568011122 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO493320.00000.0000G03 P0568011223 PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL10.00000.0000G P0568011323- 03
Prestaciones Sociales del Empleador10.00000.0000G P0568011424 TRANSFERENCIAS CORRIENTES323436.00000.0000G P0568011524- 01
Al Sector Privado323436.00000.0000G P0568011624- 01
050Pagos Art. 39 e Inciso Final Art. 72 Ley N° 19.175 323436.00000.0000G04 P0568011729 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS83702.00000.0000G P0568011829- 04
Mobiliario y Otros5140.00000.0000G P0568011929- 06
Equipos Informáticos47000.00000.0000G P0568012029- 07
Programas Informáticos31562.00000.0000G P0568012134 SERVICIO DE LA DEUDA1000.00000.0000G P0568012234- 07
Deuda Flotante1000.00000.0000G P0568012335 SALDO FINAL DE CAJA1000.00000.0000G P0568011Dotación Máxima de Vehículos 7
0568012Incluye:
a) Dotación máxima de personal 119
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 20.684
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 55.855
- En el Exterior en Miles de $ 4.248
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 372.376
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 2
- Miles de $ 28.806
0568013Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N°18.575
- Miles de $ 22.894
0568014A esta asignación se imputarán los gastos de los consejeros regio-
nales por concepto de: i)dietas (de acuerdo a la asistencia a sesiones
y comisiones, según lo estipula la Ley N°19.175 y sus modificaciones),
ii) pasajes y reembolsos de gastos para asistencia a sesiones del consejo
y de comisiones por concepto de traslado, alimentación y alojamiento
cuando ello signifique trasladarse fuera de su residencia habitual y
iii) pasajes y reembolsos por concepto de traslado, alimentación y aloja-
miento respecto de tareas encomendadas por el consejo regional a sus
miembros, incluidos los cometidos al extranjero, en la medida que exista
disponibilidad presupuestaria.
Para los fines de calcular el monto máximo de recursos que se pueda
disponer para cometidos al extranjero, se establece que el monto
autorizado para gastos reembolsables en este presupuesto asciende a
$152.849 miles.