2012090000MINISTERIO DE EDUCACIONP2012090100SUBSECRETARIA DE EDUCACIONP2012090103MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIONP0901031 INGRESOS28606585.00000.0000I P090103205 TRANSFERENCIAS CORRIENTES1.00000.0000I P090103305- 02
Del Gobierno Central1.00000.0000I P090103405- 02
080Fondo de Educación 1.00000.0000I P090103508 OTROS INGRESOS CORRIENTES10280.00000.0000I P090103608- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas5140.00000.0000I P090103708- 99
Otros5140.00000.0000I P090103809 APORTE FISCAL28594304.00000.0000I P090103909- 01
Libre28594304.00000.0000I P0901031015 SALDO INICIAL DE CAJA2000.00000.0000I P09010311 GASTOS28606585.00000.0000G P0901031221 GASTOS EN PERSONAL3353533.00000.0000G01 P0901031322 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO780139.00000.0000G P0901031424 TRANSFERENCIAS CORRIENTES24470913.00000.0000G P0901031524- 03
A Otras Entidades Públicas24470913.00000.0000G P0901031624- 03
093Programas de Educación Prebásica 694233.00000.0000G02 P0901031724- 03
149Programa para la Educación Especial Diferencial 186521.00000.0000G03 P0901031824- 03
382Honorarios de Exámenes y Actividades de Evaluación 278098.00000.0000G04 P0901031924- 03
385Programa de Educación Intercultural Bilingüe 1630338.00000.0000G05 P0901032024- 03
511Programa de Educación Básica 1456025.00000.0000G06 P0901032124- 03
512Programa de Educación Media 534520.00000.0000G07 P0901032224- 03
612Transversalidad Educativa 512613.00000.0000G08 P0901032324- 03
613Programa de Formación Continua 6520274.00000.0000G09 P0901032424- 03
614Transporte Rural 2125054.00000.0000G10 P0901032524- 03
615Reinserción Escolar 1592886.00000.0000G11 P0901032624- 03
616Convivencia Escolar y Prevención del Consumo de Drogas 689967.00000.0000G12 P0901032724- 03
617Programa de Educación Rural 320212.00000.0000G13 P0901032824- 03
618Desarrollo y Fortalecimiento de la Comunidad Educativa 4300740.00000.0000G14 P0901032924- 03
620Programa de Alianzas para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación y Fomento de la Participación 507832.00000.0000G15 P0901033024- 03
621Programa Educación Técnico Profesional 3121600.00000.0000G16 P0901033134 SERVICIO DE LA DEUDA1000.00000.0000G P0901033234- 07
Deuda Flotante1000.00000.0000G P0901033335 SALDO FINAL DE CAJA1000.00000.0000G P0901031Incluye :
a) Dotación máxima de personal 188
c) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 102.800
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 789.296
0901032Financiamiento para el apoyo pedagógico a los establecimientos educacio-
nales regidos por el DFL.(Ed.) Nº2 de 1998, que imparten Educación
Parvularia de primer y/o segundo nivel de transición.
El Programa se ejecutará conforme Decreto N°4,del Ministerio de Educación,
de 2007, y sus modificaciones.
El Ministerio de Educación deberá enviar trimestralmente a la Unidad de
Asesoría Presupuestaria del Congreso Nacional y a las Comisiones de Edu-
cación de la Cámara de Diputados y del Senado, un informe con los resul-
tados,indicando los establecimientos y niños beneficiados por comuna,
montos asignados a cada uno, así como su ejecución durante el período in-
formado.0901033Recursos destinados a los alumnos de educación especial referidos a los
artículos 9º y 9° bis, del D.F.L.(Ed.) N°2,de 1998, artículo 9°del Decre-
to Supremo de Educación Nº8.144,de 1980 y el Decreto Supremo de Educación
Nº 1, de 1998, y sus modificaciones. Se ejecutarán conforme al Decreto
Supremo de Educación N°161, de 2006 y sus modificaciones.
Antes del mes de septiembre, deberá informarse a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos el resultado de este programa,indicando la cantidad
de establecimientos y niños beneficiados por región.
En base a estos recursos, se podrán financiar talleres con fines educati-
vos para personas discapacitadas mayores de 24 años.0901034Recursos para pagar los honorarios de exámenes y actividades de evalua-
ción, incluidas las correspondientes a la temporada del año anterior, sin
sujeción a las exigencias del decreto de Hacienda N°98, de 1991, ni a las
del artículo 11 de la Ley N° 18.834.
El Ministerio deberá informar a la Comisión Especial Mixta de Presupues-
tos, a más tardar el 30 de septiembre de 2012, sobre el resultado de las
examinaciones y actividades de evaluación y, asimismo, entregar los res-
pectivos informes de ejecución presupuestaria.
0901035Recursos destinados al reconocimiento, respeto y protección de las
culturas e idiomas indígenas, mediante convenios con personas naturales
y/o jurídicas pertinentes.
Contempla gastos de traslado y estadía de alumnos, profesores y represen-
tantes de las comunidades indígenas, que participan en actividades de
capacitación y desarrollo de la Unidad. Incluye $12.447 miles para gas-
tos en personal.
Incluye $161.678 miles para financiar actividades señaladas en la Reso-
lución Nº 5242 (Ed.) de 2008.
Considera fondos para financiar proyectos de iniciativas curriculares de
apoyo al subsector de lengua indígena presentados por los establecimien-
tos focalizados del Programa.
Semestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del se-
mestre respectivo, el Ministerio de Educación informará a la Comisión Es-
pecial Mixta de Presupuestos sobre las acciones, iniciativas y proyectos
financiados con cargo a este ítem, identificando los beneficiarios y mon-
tos asignados en cada caso.
El Ministerio de Educación deberá entregar trimestralmente a la Unidad de
Asesoría Presupuestaria del Congreso Nacional, a la Comisión de Educación
de la Cámara de Diputados y el Senado un informe con los programas que
se financien con cargo a esta asignación, los montos destinados a cada
uno de ellos, sus objetivos, beneficiarios y los procesos de evaluación
periódica que se llevan a cabo para analizar su impacto.0901036Programa destinado a apoyar el proceso de enseñanza y aprendizaje de las
escuelas básicas regidas por el DFL.(Ed.)Nº2, de 1998, utilizando como
criterios para identificar las escuelas, la vulnerabilidad, los bajos re-
sultados de aprendizaje y las condiciones de ruralidad, que se ejecutará
de acuerdo al decreto del Ministerio de Educación Nº311, de 2002 y sus
modificaciones.
Antes del mes de Septiembre de cada año deberán informarse a la Comisión
Permanente de Presupuestos los programas que se financien con cargo a
esta asignación, los montos destinados a cada uno de ellos, sus objetivos,
beneficiarios y los procesos de evaluación periódica que se lleven a cabo
para analizar su impacto.
0901037Recursos destinados a apoyar a los establecimientos educacionales de ense-
ñanza media regidos por el DFL.(Ed.)Nº2, de 1998 y por el Decreto Ley Nº
3.166 de 1980, priorizando los procesos institucionales de mayor inciden-
cia en los resultados educativos de los estudiantes,con atención preferen-
te en los sectores socioeconómicos más vulnerables.
El programa se ejecutará conforme al Decreto del Ministerio de Educación
Nº312, de 2002 y sus modificaciones.
Antes del mes de Septiembre de cada año deberán informarse a la Comisión
Permanente de Presupuestos los programas que se financien con cargo a
esta asignación, los montos destinados a cada uno de ellos,sus objetivos,
beneficiarios y los procesos de evaluación periódica que se lleven a cabo
para analizar su impacto. Este informe deberá indicar, además, la metodo-
logía aplicada en la determinación de la mayor vulnerabilidad social y
educacional, detallando los procesos y las actividades tendientes a aumen-
tar la retención escolar.0901038Recursos destinados a financiar todo tipo de gastos, incluido personal,
que demanda el apoyo de la gestión curricular de la transversalidad edu-
cativa, para garantizar la implementación integral del curriculum en los
niveles de enseñanza prebásica, básica y media, y sus modalidades, que se
ejecutarán de acuerdo al Decreto N° 31, del Ministerio de Educación, de
2011 y sus modificaciones.
El Ministerio de Educación deberá entregar trimestralmente a la Unidad de
Asesoría Presupuestaria del Congreso Nacional y a las Comisiones de Edu-
cación de la Cámara de Diputados y del Senado un informe con los progra-
mas que se financien con cargo a esta asignación, los montos destinados a
cada uno de ellos, sus objetivos, beneficiarios y los procesos de evalua-
ción periódica que se llevan a cabo para analizar su impacto, así como
los objetivos y metas alcanzados en materia de implementación integral
del currículo.0901039Incluye, financiamiento para la Modalidad Flexible de Educación de Adul-
tos.Dicha Modalidad Flexible se ejecutará de acuerdo al Decreto N°211,del
Ministerio de Educación, del año 2009 y sus modificaciones.
Las entidades ejecutoras que presten servicios de nivelación de estudios
básicos y medios de adultos de modalidad flexible,deberán reunir los mis-
mos requisitos exigidos por el artículo 2 del decreto con fuerza de ley
N°2, de 1998, del Ministerio de Educación, para ser sostenedores de esta-
blecimientos educacionales.Excepcionalmente el Subsecretario de Educación
podrá eximir a alguno de los socios de la entidad ejecutora,del requisito
establecido en la letra a) de dicho artículo.
Con cargo a estos recursos se financiaran las actividades que requiere el
Sistema Nacional de Evaluación y Certificación de Estudios, en sus proce-
sos de elaboración de ítems, evaluación y certificación de estudios, de
acuerdo a las normas que establecen el marco curricular vigente.
Considera recursos destinados al mejoramiento de la gestión en educación
de adultos regular de los establecimientos regido por el D.F.L.(Ed.)N° 2,
de 1998 y Decreto Ley 3166, del año 1980.
Incluye todos los gastos de operación que demanda el desarrollo de este
Programa, tales como: elaboración, diseño,diagramación, impresión, adqui-
sición de textos y material educativo, distribución, difusión, set de
material fungible, seguimiento y coordinación de las actividades.
Semestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del se-
mestre respectivo, el Ministerio de Educación informará a la Comisión Es-
pecial Mixta de Presupuestos sobre los gastos asociados a este programa,
identificando el gasto en personal así como los adultos beneficiarios de
la modalidad flexible de educación y las entidades ejecutoras, todo ello
desglosado por comuna.09010310Recursos destinados a financiar proyectos,en zonas rurales, que permitan
el transporte de alumnos entre el hogar y el establecimiento educacional
donde se encuentren matriculados, los que se ejecutarán de acuerdo al De-
creto N° 0118, del Ministerio de Educación, del año 2011 y sus modifica-
ciones.
Semestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del se-
mestre respectivo, el Ministerio de Educación informará a la Comisión Es-
pecial Mixta de Presupuestos sobre los gastos asociados a este programa,
identificando el gasto en personal así como los alumnos beneficiarios y
las entidades ejecutoras, todo ello desglosado por comuna.09010311Fondos destinados a apoyar iniciativas orientadas a la retención escolar
de niños,niñas y jóvenes de la población escolar y a financiar propuestas
pedagógicas que presenten instituciones de carácter educacional, que ten-
gan por finalidad la reinserción educativa de la población escolar que no
asiste al sistema educacional,los que se ejecutarán de acuerdo al Decreto
N°32, del Ministerio de Educación, de 2011 y sus modificaciones.
Semestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del se-
mestre respectivo, el Ministerio de Educación informará a la Comisión Es-
pecial Mixta de Presupuestos sobre los gastos asociados a este programa,
identificando el gasto en personal así como los alumnos retenidos, in-
dicando el nivel escolar, el establecimiento educacional y la comuna en
que se encuentra.09010312Recursos destinados a financiar todo tipo de gastos de operación,incluido
personal, para el desarrollo de estrategias, actividades y acciones sobre
formación de valores y prevención al consumo de drogas, en concordancia
con los planes y programas de estudios de los establecimientos educaciona-
les, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N°91, del Ministerio de
Educación, de 2011 y sus modificaciones.
El Ministerio de Educación deberá entregar trimestralmente a la Unidad de
Asesoría Presupuestaria del Congreso Nacional, la Comisión de Educación
de la Cámara de Diputados y del Senado un informe con los programas que
se financien con cargo a esta asignación, los montos destinados a cada
uno de ellos, sus objetivos,beneficiarios de las intervenciones preventi-
vas y de formación, indicando el nivel escolar, el establecimiento educa-
cional y la comuna en que se encuentra y los procesos de evaluación pe-
riódica que se llevan a cabo para analizar su impacto.09010313Considera recursos para todo tipo de gastos, destinados a otorgar apoyo
a los establecimientos educacionales del sector rural, conforme lo esta-
blecido en el Decreto N°33, del Ministerio de Educación, de 2011 y sus
modificaciones.
El Ministerio de Educación deberá entregar trimestralmente a la Unidad de
Asesoría Presupuestaria del Congreso Nacional, la Comisión de Educación
de la Cámara de Diputados y del Senado un informe con los programas que
se financien con cargo a esta asignación, los montos destinados a cada
uno de ellos, sus objetivos, beneficiarios y los procesos de evaluación
periódica que se llevan a cabo para analizar su impacto.09010314Recursos destinados a la ejecución de Planes de Apoyo de hasta 1.500 es-
tablecimientos educacionales que hayan obtenido los más bajos logros de
desempeño educacional, los que se implementarán a través del Programa de
Apoyo Compartido conforme lo dispuesto en el Decreto N° 114, de 2011, del
Ministerio de Educación y sus modificaciones.
El Ministerio de Educación deberá entregar trimestralmente a la Unidad de
Asesoría Presupuestaria del Congreso Nacional, la Comisión de Educación
de la Cámara de Diputados y del Senado un informe con los programas que
se financien con cargo a esta asignación, los montos destinados a cada
uno de ellos, sus objetivos, beneficiarios y los procesos de evaluación
periódica que se llevan a cabo para analizar su impacto.
09010315Este Programa consistirá en la generación de Alianzas con Instituciones Pú-
blicas o Privadas, mediante convenios, para el mejoramiento de la calidad
de la educación en todos sus niveles, y también el fomento de la partici-
pación estudiantil, de apoderados, docentes y otros miembros de la comuni-
dad escolar. Para la ejecución de estos recursos se dictará un Decreto del
Ministerio de Educación, con la visación de la Dirección de Presupuestos.
Copia de dicho Decreto será remitida a las Comisiones de Educación de la
Cámara de Diputados y del Senado.
El Ministerio de Educación deberá entregar trimestralmente a la Unidad de
Asesoría Presupuestaria del Congreso Nacional y a las Comisiones de Educa-
ción de la Cámara de Diputados y del Senado un informe con los programas
que se financien con cargo a esta asignación, las metas y calendario de
implementación de los mismos, los montos destinados a cada uno de ellos,sus
objetivos, beneficiarios, indicando la comuna donde se encuentran y los
procesos de evaluación periódica que se llevan a cabo para analizar su im-
pacto.09010316Programa destinado al fortalecimiento y articulación de la Formación Técni-
co Profesional, de acuerdo a lo establecido en los Decretos N°261 de 2007
y N°302 de 2011,ambos del Ministerio de Educación,y sus modificaciones.Con-
sidera $61.680 miles para gastos en personal.
Semestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del semes-
tre respectivo, el Ministerio de Educación informará a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos sobre los resultados del programa y sus beneficiarios
desglosados por establecimiento educacional y comuna.