2012090000MINISTERIO DE EDUCACIONP2012090900JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECASP2012090903BECAS Y ASISTENCIALIDAD ESTUDIANTILP0909031 INGRESOS170351731.00000.0000I P090903205 TRANSFERENCIAS CORRIENTES16470434.00000.0000I P090903305- 02
Del Gobierno Central16470434.00000.0000I P090903405- 02
003Corporación Nacional de Desarrollo Indígena 15569308.00000.0000I P090903505- 02
008Sistema Chile Solidario 901125.00000.0000I P090903605- 02
080Fondo de Educación 1.00000.0000I P090903708 OTROS INGRESOS CORRIENTES1269133.00000.0000I P090903808- 99
Otros1269133.00000.0000I P090903909 APORTE FISCAL152611164.00000.0000I P0909031009- 01
Libre152611164.00000.0000I P0909031115 SALDO INICIAL DE CAJA1000.00000.0000I P09090312 GASTOS170351731.00000.0000G P0909031324 TRANSFERENCIAS CORRIENTES156586479.00000.0000G P0909031424- 01
Al Sector Privado156296662.00000.0000G01 P0909031524- 01
189Programa de Becas Indígenas 17126238.00000.0000G02 P0909031624- 01
232Programa de Campamentos Recreativos para Escolares 871030.00000.0000G03 P0909031724- 01
235Programa Especial de Utiles Escolares 2967591.00000.0000G04 P0909031824- 01
236Residencia Familiar Estudiantil 5667601.00000.0000G05 P0909031924- 01
237Becas Pensión Alimentación 310726.00000.0000G P0909032024- 01
238Programa Especial de Becas Art.56 Ley N° 18.681 2569033.00000.0000G06 P0909032124- 01
250Programa de Becas Presidente de la República 17104039.00000.0000G07 P0909032224- 01
251Subsidio para la Prueba de Selección Universitaria 5021446.00000.0000G08 P0909032324- 01
252Becas de Mantención para Educación Superior 90110290.00000.0000G09 P0909032424- 01
257Tarjeta Nacional del Estudiante 7022012.00000.0000G10 P0909032524- 01
259Bonificación de Prácticas Profesionales, Educación Media Técnico Profesional 2965138.00000.0000G11 P0909032624- 01
260Becas de Apoyo y Retención Escolar 3609451.00000.0000G12 P0909032724- 01
266Asistencialidad Educación Superior Chaitén 952067.00000.0000G13 P0909032824- 03
A Otras Entidades Públicas289817.00000.0000G P0909032924- 03
174Hogares insulares V Región 289817.00000.0000G14 P0909033033 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL13763252.00000.0000G P0909033133- 01
Al Sector Privado13763252.00000.0000G P0909033233- 01
001Beca Acceso a TIC´s para Estudiantes 7° Básico con excelencia 13763252.00000.0000G15 P0909033334 SERVICIO DE LA DEUDA1000.00000.0000G P0909033434- 07
Deuda Flotante1000.00000.0000G P0909033535 SALDO FINAL DE CAJA1000.00000.0000G P0909031Se deberá informar trimestralmente a la Comisión Mixta de Presupuestos
tanto la nómina de beneficiarios como su metodología de elección.0909032El convenio del Servicio con la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
establecerá el número de becas por nivel educacional, el monto de recursos
asociados a cada nivel educacional y el monto de recursos que podrá destinar-
se a la colocación de alumnos en Residencia Estudiantil y a la administra-
ción de Hogares Indígenas.
La ejecución de este programa se hará conforme a lo establecido en el Decre-
to N° 52, de Educación, de 1995, y sus modificaciones.
En el primer semestre del año lectivo 2012, la Junta Nacional de Auxilio
Escolar y Becas deberá remitir a las Comisiones de Educación del Senado
y de la Cámara de Diputados el número efectivo de becas otorgadas por
nivel de educación en dicho período. Dicha información deberá entregarse
dentro del plazo de los 60 días siguientes a la fecha de cierre del respecti-
vo semestre.
La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas informará del porcentaje de
deserción por nivel de educación de los alumnos beneficiados con estas
Becas.
Las becas serán incompatibles con otras de similar naturaleza y/o asignacio-
nes de libre disposición, entregadas por la Junta Nacional de Auxilio Esco-
lar y Becas.
A más tardar el 31 de marzo del año 2012, el Ministerio de Educación deberá
informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, a la Comisión de Edu-
cación, Deportes y Recreación de la Cámara de Diputados y a la Comisión de
Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Senado, sobre las líneas de
acción desarrolladas, el cronograma de implementación y los aspectos técni-
cos generales para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 del
Convenio N° 169 de la OIT.0909033La ejecución de este programa se efectuará mediante convenio con una o más
entidades públicas y privadas sin fines de lucro.
Incluye iniciativas de recreación integral para los estudiantes.
Antes del mes de Septiembre de cada año, deberá informarse a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos, el listado de los beneficiarios del progra-
ma y criterios de asignación.
0909034Recursos para útiles escolares destinados a enseñanza prebásica, básica y
media.0909035Recursos para ser traspasado a entidades públicas o privadas para la
ejecución del programa. El número de beneficiarios para el período lectivo
2012, las condiciones, montos de los beneficios o aportes, modalidades de
operación y número de beneficiarios de los diferentes niveles educativos
por región, serán fijados por Resolución del Servicio visada por la Direc-
ción de Presupuestos.0909036Para un cupo máximo de 2.608 becas al año.
Se informará semestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos de
la aplicación, en forma regionalizada y acerca de la beca Patagonia Aysén.
La beca será incompatible con otras de similar naturaleza y/o asignaciones
de libre disposición, entregadas por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y
Becas.
0909037Recursos destinados a financiar 26.266 becas mensuales para alumnos de
enseñanza media y 20.576 alumnos de educación superior, en conformidad al
Decreto N° 105, de 2011, del Ministerio de Educación y sus modificaciones.
Con cargo a estos recursos se financiarán 120 becas para alumnos de la
educación media, que se denominarán Beca Cámara de Diputados.
Con cargo a estos recursos se financiarán los beneficios educacionales esta-
blecidos en la Ley N° 19.123 y su modificación contenida en la Ley N° 19.980,
conocida como Beca Rettig.
Asimismo, se financiarán los beneficios establecidos en el Artículo 3°
Transitorio del Decreto N° 413, del año 2006, del Ministerio de Educación,
Beca Carbón III.
Mediante decreto del Ministerio de Educación, visada por la Dirección de
Presupuestos, se regulará la entrega de becas a los hijos de los ex trabaja-
dores de la Empresa Carbonífera Victoria de Lebu S.A. (Carvile).
Estos beneficios serán incompatibles con otros de similar naturaleza y/o
asignaciones de libre disposición, entregados por la Junta Nacional de
Auxilio Escolar y Becas.
0909038Recursos destinados al pago del arancel de la prueba de selección
universitaria, para alumnos egresados de establecimientos educacionales
regidos por el D.F.L. (Ed.) N°2, de 1998 y Decreto Ley N° 3.166, de 1980.
Además, podrán acceder a esta beca los estudiantes de establecimientos
privados que así lo requieran y que presenten alguna situación de
vulnerabilidad acreditada por la JUNAEB.0909039Mediante Resolución Exenta N° 118, de 2010, del Servicio y sus modifica-
ciones, se determinarán el número de beneficiarios, la forma en que serán
seleccionados, las condiciones y la modalidad de operación del programa y
el monto mensual del beneficio para cada becado.
Hasta $ 323.356 miles podrán entregarse directamente a universidades del
artículo 1° del D.F.L. (Ed) N° 4 de 1981, para proporcionar ayuda alimen-
ticia a estudiantes que recibían este beneficio el año 2011.09090310Considera recursos para contratar el diseño, distribución y atención de
usuarios de la Tarjeta Nacional del Estudiante, la cual incluye el beneficio
del Pase Escolar y Pase Educación Superior a que se refiere el Decreto N° 20
de 1982 de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, Economía y
Educación y en general, para asegurar la administración del programa.
Estos recursos deberán ser asignados mediante licitación pública.
En aquellas localidades que no existan oferentes privados, podrán participar
las Municipalidades.
La exigencia establecida en este inciso no será aplicable en aquellas zonas
donde operen sistemas de transporte público licitados.09090311Estos recursos se ejecutarán en conformidad a lo establecido en el Decreto
N° 408, de 2006, de Educación, y sus modificaciones. Considera recursos para
pilotos de certificación profesional.
Se asignará esta bonificación mediante Resolución emitida por el Servicio
con la visación de la Dirección de Presupuestos, que deberá dictarse antes
del 31 de marzo de 2012.
09090312Estos recursos se ejecutarán conforme a lo establecido en el Decreto N° 312
de Educación, de 2002 y sus modificaciones.
Se asignará esta bonificación mediante Resolución emitida por el Servicio
con la visación de la Dirección de Presupuestos, que deberá dictarse antes
del 31 de marzo de 2012.
La beca será incompatible con otras de similar naturaleza y/o asignación de
libre disposición, entregadas por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y
Becas.09090313Estos recursos serán destinados a beneficiar a los estudiantes de educación
superior pertenecientes a las familias desplazadas de la comuna de Chaitén,
por la erupción del volcán de esa localidad durante el año 2008. Dichos
beneficios consistirán en: a) becas de arancel para los estudiantes de
instituciones de educación superior, b) becas de mantención para todos los
estudiantes señalados en la letra anterior, c) apoyo monetario para pago de
alojamiento y traslado, en el caso de aquellos alumnos de educación superior
que estudian en instituciones que están en ciudades distantes a más de 30
kilómetros del lugar de residencia de sus padres o familias.
Mediante Decreto del Ministerio de Educación, visado por la Dirección de
Presupuestos, el que podrá dictarse a contar de la fecha de publicación de
esta ley, se establecerán las características, condiciones y montos de cada
uno de estos beneficios, y todo otro elemento necesario para el funcionamien-
to de los mismos.
Durante el mes de enero de 2012, mediante resolución de la Junta Nacional de
Auxilio Escolar y Becas, visada por la Dirección de Presupuestos, se identi-
ficarán los alumnos que podrán acceder a estos beneficios.
Todos estos beneficios serán incompatibles con otros de similar naturaleza
entregados por el Estado, en especial por la Junta Nacional de Auxilio
Escolar y Becas y el Programa de Becas de Educación Superior del Ministerio
de Educación.09090314Recursos para el funcionamiento y la administración de dos hogares en la
Región de Valparaíso, para alumnos provenientes de Isla de Pascua y Juan
Fernández, de Educación Media y Superior, o la ubicación de ellos en resi-
dencias familiares estudiantiles. Incluye hasta $ 48.101 miles para gastos
en personal, que podrá ser contratado directamente o a través de terceros.
Asimismo, se podrá contribuir a los gastos del traslado de dichos estu-
diantes, desde o hacia sus respectivos hogares.
Se deberá entregar trimestralmente a la Comisión Mixta de Presupuesto la
información relativa al número de beneficiarios de los diferentes niveles
educativo, las condiciones, montos de los beneficios o aportes y modalida-
des de operación.09090315Recursos destinados para completar la adquisición, distribución y asignación
de 60.000 computadores para los estudiantes de séptimo año básico matricula-
dos en el mes de marzo del año 2013.
Estos computadores se asignarán al 30% de los mejores alumnos que se
encuentren dentro del 40% de los alumnos más vulnerables determinados por la
Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas.
Mediante Resolución de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, visada
por la Dirección de Presupuestos, se establecerán las características bajo
las que se ejecutarán estos recursos.