2013
07
00
00
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
P
2013
07
16
00
SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA
P
2013
07
16
01
SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA (01)
01
P
071601
1
INGRESOS
35563938
0
I
P
071601
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
13392342
0
I
P
071601
3
05
- 02
Del Gobierno Central
13392342
0
I
P
071601
4
05
- 02
004
Corporación de Fomento de la Producción
13392342
0
I
P
071601
5
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
61731
0
I
P
071601
6
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
50651
0
I
P
071601
7
08
- 99
Otros
11080
0
I
P
071601
8
09
APORTE FISCAL
22109855
0
I
P
071601
9
09
- 01
Libre
22109855
0
I
P
071601
10
15
SALDO INICIAL DE CAJA
10
0
I
P
071601
11
GASTOS
35563938
0
G
P
071601
12
21
GASTOS EN PERSONAL
6758113
0
G
02
P
071601
13
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
1803206
0
G
03
P
071601
14
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
10
0
G
P
071601
15
23
- 01
Prestaciones Previsionales
10
0
G
P
071601
16
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
13800590
0
G
04
P
071601
17
24
- 01
Al Sector Privado
13800590
0
G
P
071601
18
24
- 01
137
Programas de Desarrollo Empresarial
2248403
0
G
P
071601
19
24
- 01
138
Asesorías Técnicas Empresariales
897447
0
G
05
P
071601
20
24
- 01
139
Iniciativas de Desarrollo de Mercado
1480937
0
G
05
P
071601
21
24
- 01
140
Programa Modernización de Ferias Libres
1057812
0
G
P
071601
22
24
- 01
142
Capital Semilla Emprendimiento
8115981
0
G
08
P
071601
23
24
- 01
152
Programas Especiales
10
0
G
06
P
071601
24
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
444455
0
G
P
071601
25
29
- 03
Vehículos
25677
0
G
P
071601
26
29
- 04
Mobiliario y Otros
21156
0
G
P
071601
27
29
- 05
Máquinas y Equipos
8462
0
G
P
071601
28
29
- 06
Equipos Informáticos
60197
0
G
P
071601
29
29
- 07
Programas Informáticos
328963
0
G
07
P
071601
30
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
12757544
0
G
P
071601
31
33
- 01
Al Sector Privado
12757544
0
G
P
071601
32
33
- 01
001
Capital Semilla
12757544
0
G
04,08
P
071601
33
34
SERVICIO DE LA DEUDA
10
0
G
P
071601
34
34
- 07
Deuda Flotante
10
0
G
P
071601
35
35
SALDO FINAL DE CAJA
10
0
G
P
071601
01
Dotación Máxima de Vehículos 44
071601
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 306
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 119.302
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional en Miles de $ 148.305
- En el exterior en Miles de $ 6.082
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 115.667
071601
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 61.521
071601
04
Del conjunto de estas asignaciones se podrá destinar un máximo de
$1.053.303 miles para gastos de operación y de personal. El resto de los
recursos se deberá destinar exclusivamente al pago de los subsidios cuando
corresponda.
071601
05
Antes del 31 de marzo de 2013 el Servicio de Cooperación Técnica deberá
informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre las metas,
objetivos, mecanismos de evaluación y perfil de los potenciales beneficia-
rios de este Programa. Trimestralmente, dentro de los treinta días siguien-
tes al término del trimestre respectivo, remitirá a dicha Comisión un
informe que contenga la individualización de los proyectos beneficiados
con estos recursos, las personas o entidades beneciarias y los montos
asignados, desagregados regionalmente.
071601
06
Se podrá financiar acciones de reconversión laboral o apoyo al micro
emprendimiento, cuando se trate de un sector productivo, o parte de él,
que esté sujeto a procesos de modernización, o se encuentre enfrentado a
situaciones de emergencia, en este último caso declaradas por la Autoridad
competente en la forma prescrita en la normativa respectiva.
Para este efecto el Servicio de Cooperación Técnica suscribirá Convenios
con las entidades participantes en los que se establecerán los montos
máximos para el financiamiento de gastos operacionales y de personal.
071601
07
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.
071601
08
La individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos, las
personas o entidades ejecutoras, los montos asignados y la modalidad de
asignación deberán ser publicadas en forma regionalizada, trimestralmente
en la página web del Servicio, dentro de los treinta días siguientes al
término del respectivo trimestre.